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albert99
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Contrataciones  Empty Contrataciones

Jue 02 Nov 2017, 23:52
Buenas noches, espero podáis resolver mi duda.

¿Una empresa puede puede contratar directamente a un Vigilante de Seguridad en plantilla?, tengo entendido que solo es viable a través de empresas de seguridad, ¿es así?

Muchas gracias :cheers:
Valkyria
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Contrataciones  Empty Re: Contrataciones

Vie 03 Nov 2017, 01:05
Una empresa cualquiera no puede contratar a un vigilante por su cuenta. Siempre tiene que venir de una empresa de seguridad.

REGLAMENTO SEGURIDAD PRIVADA:

Artículo 38. Prestación de los servicios de seguridad privada.

1. Los servicios de seguridad privada se prestarán de conformidad con lo dispuesto en esta ley, en particular en sus artículos 8 y 30, y en sus normas de desarrollo, con arreglo a las estipulaciones del contrato, así como, en su caso, con la autorización concedida o declaración responsable presentada.

2. Los servicios de seguridad privada se prestarán únicamente por empresas de seguridad privada, despachos de detectives y personal de seguridad privada.

3. Reglamentariamente se establecerán las condiciones y requisitos para la subcontratación de servicios de seguridad privada.

4. Los vigilantes de seguridad, vigilantes de explosivos, escoltas privados y jefes de seguridad desempeñarán sus funciones profesionales integrados en las empresas de seguridad que les tengan contratados.

5. Los directores de seguridad de las empresas de seguridad privada y de las entidades obligadas a disponer de esta figura, conforme a lo dispuesto en el artículo 36, desempeñarán sus funciones integrados en las plantillas de dichas empresas.

6. Los guardas rurales podrán desarrollar sus funciones sin necesidad de constituir o estar integrados en empresas de seguridad, prestando sus servicios directamente a los titulares de bienes y derechos que les puedan contratar, conforme a lo que se establezca reglamentariamente, cuando se trate de servicios de vigilancia y protección de explotaciones agrícolas, fincas de caza, en cuanto a los distintos aspectos del régimen cinegético, y zonas marítimas protegidas con fines pesqueros.

7. Los detectives privados ejercerán sus funciones profesionales a través de los despachos de detectives para los que presten sus servicios.

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Como ves, solo los guardas rurales pueden ejercer sin estar en una empresa de seguridad.
josepmarti
josepmarti
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Localización : Tarragona

Contrataciones  Empty Re: Contrataciones

Vie 03 Nov 2017, 18:00
Bienvenido al foro Albert, tal y como ya te ha contestado amablemente la compañera Valkyria asi es , solo puedes realizar servcios en una empresa de seguridad , nunca por tu cuenta y nunca directamente para el cliente, pero que vamos que si eres vigilante esto ya lo deberias saber.

Saludos


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