- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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La detencion en seguridad privada
Dom 11 Mar 2018, 12:49
Cuáles son las medidas que se deberán tener
en cuenta para garantizar el éxito de la detección?, es decir, el cacheo
y el engrilletamiento, qué son y en qué consisten. En este apartado
conoceremos los diferentes tipos de técnicas de cacheo y
engrilletamiento que pueden tener que utilizar los Vigilantes de
Seguridad, y en que situaciones y circunstancias deben hacer uso de
ellos
Por último veremos en qué casos y cómo se debe conducir a un
detenido, y dónde se le debe custodiar para preservar su honor e
intimidad.
¿Quereis que hagamos un post de este tema y pero antes, me gustaria saber como lo hariais vosotros, a ver como queda el asunto y despues lo desarollaremos
en cuenta para garantizar el éxito de la detección?, es decir, el cacheo
y el engrilletamiento, qué son y en qué consisten. En este apartado
conoceremos los diferentes tipos de técnicas de cacheo y
engrilletamiento que pueden tener que utilizar los Vigilantes de
Seguridad, y en que situaciones y circunstancias deben hacer uso de
ellos
Por último veremos en qué casos y cómo se debe conducir a un
detenido, y dónde se le debe custodiar para preservar su honor e
intimidad.
¿Quereis que hagamos un post de este tema y pero antes, me gustaria saber como lo hariais vosotros, a ver como queda el asunto y despues lo desarollaremos
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- CAIMANnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: La detencion en seguridad privada
Dom 11 Mar 2018, 14:34
Deberíamos efectuar la detención sobre estas dos premisas:
Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
Al delincuente "in fraganti".
Quedando claro, que al impedir la libre circulación deambulatoria de una persona; ya estamos efectuando una detención.
Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
Al delincuente "in fraganti".
Quedando claro, que al impedir la libre circulación deambulatoria de una persona; ya estamos efectuando una detención.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: La detencion en seguridad privada
Dom 11 Mar 2018, 16:38
Totalmente de acuerdo [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], esas son las bases de toda detencion pero una vez sabemos eso y lo tenemos claro, sabriamos distinguir cuando existe el delito?, detendriamos por un delito leve?, como lo hariamos?.
Teniendo en cuenta lo que comentas de que al impedir la libertad deambulante de una persona ya es una detencion y asi es, y tambien que hoy en dia desaparecieron las faltas del codigo penal , mi conclusion es que siempre hay que detener en cuanto detectamos un delito flagrante y los demas supuestos en nuestro servicio y entrega las ffccss en cuanto se personen ahi despues de nuestra llamada.
Ahora , me gustaria que alguien que siguiera este post nos explicara como lo haria , el , desde que se detecta el delito................
Espero respuestas jejeje, este tema es muy importante mas de lo que la gente cree puesto que en una detencion ilegal nos puede ir hasta la carcel
Teniendo en cuenta lo que comentas de que al impedir la libertad deambulante de una persona ya es una detencion y asi es, y tambien que hoy en dia desaparecieron las faltas del codigo penal , mi conclusion es que siempre hay que detener en cuanto detectamos un delito flagrante y los demas supuestos en nuestro servicio y entrega las ffccss en cuanto se personen ahi despues de nuestra llamada.
Ahora , me gustaria que alguien que siguiera este post nos explicara como lo haria , el , desde que se detecta el delito................
Espero respuestas jejeje, este tema es muy importante mas de lo que la gente cree puesto que en una detencion ilegal nos puede ir hasta la carcel
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- joomPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: La detencion en seguridad privada
Dom 11 Mar 2018, 17:21
CAIMAN escribió:
Quedando claro, que al impedir la libre circulación deambulatoria de una persona; ya estamos efectuando una detención.
cosa que te piden que hagas incluso muchos clientes
tu puedes en un control de acceso , impedir la entrada por cualquier motivo (porque hay
derecho de admision) , porque lleven zapatillas blancas , porque sean menores de edad ,
.....o a todos los que vayan vestidos de amarillo , cualquier motivo , el que sea , aunque
sea peregrino
pero una cosa que te piden muchos clientes es que hagas control a la salida (que registres
por ejemplo a los empleados al salir , que registres bolsas a clientes a la salida) y eso es
denunciable , tu puedes impedir el acceso a un sitio privado pero no lo contrario, si impides
la salida de alguien de un sitio privado a la calle , le impides el libre albedrio , y te puede
denunciar
....yo lo que suelo hacer , para no entrar en discusiones y conflictos con los clientes es
informar de ello a quien te piden que registres , es decir , les digo: " me han pedido que
le registre sus pertenencias pero usted tiene derecho a negarse"
...ojo con esto , que te lo piden mucho (muchos robos pequeños son los propios empleados
quienes los cometen , y tampoco puedes retener , ni registrar a nadie solo por sospechas ,
tienes que haber visto a alguien cometer un delito para hacer algo , muchas veces los
clientes te piden registra a ese....sin pruebas ni haber visto nada
hay que actuar solo cuando estes seguro , cuando tu lo hayas visto
- VS76ColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Localización : Zaragoza
Re: La detencion en seguridad privada
Jue 15 Mar 2018, 23:35
Hola recordemos las funciones de los vigilantes de seguridad:
Ejercer la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como públicos, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos, llevando a cabo las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.
Efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido el interior de éstos, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades donde presten servicio, sin que, en ningún caso, puedan retener la documentación personal, pero sí impedir el acceso a dichos inmuebles o propiedades. La negativa a exhibir la identificación o a permitir el control de los objetos personales, de paquetería, mercancía o del vehículo facultará para impedir a los particulares el acceso o para ordenarles el abandono del inmueble o propiedad objeto de su protección.
Podemos registrar las pertenencias de todos aquellos que se encuentren en el interior de las instalaciones.
Ejercer la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como públicos, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos, llevando a cabo las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.
Efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido el interior de éstos, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades donde presten servicio, sin que, en ningún caso, puedan retener la documentación personal, pero sí impedir el acceso a dichos inmuebles o propiedades. La negativa a exhibir la identificación o a permitir el control de los objetos personales, de paquetería, mercancía o del vehículo facultará para impedir a los particulares el acceso o para ordenarles el abandono del inmueble o propiedad objeto de su protección.
Podemos registrar las pertenencias de todos aquellos que se encuentren en el interior de las instalaciones.
- VS76ColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Localización : Zaragoza
Re: La detencion en seguridad privada
Jue 15 Mar 2018, 23:39
¿Qué hacer en caso de que un empleado se niegue?
Pues depende de cada caso y las instrucciones del cliente.
Si no tenemos la certeza de que haya robado algo lo dejaremos marchar e informaremos al cliente.
Si tenemos la certeza que lleva objetos robados si podemos detenerlo y ponerlo a disposición de la policía.
Pues depende de cada caso y las instrucciones del cliente.
Si no tenemos la certeza de que haya robado algo lo dejaremos marchar e informaremos al cliente.
Si tenemos la certeza que lleva objetos robados si podemos detenerlo y ponerlo a disposición de la policía.
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