- jose berrionovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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baja voluntaria
Vie 10 Ago 2018, 08:08
con un contrato de 3 meses tengo obligacion de dar los 15 dias para darme de baja voluntaria en la empresa....?
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: baja voluntaria
Vie 10 Ago 2018, 10:41
Hola Jose, bienvenido al foro.
La legislación española contempla la obligatoriedad de avisar de la finalización de una relación laboral con 15 días de antelación. Es un requisito que han de cumplir tanto los trabajadores que deseen abandonar su puesto como las empresas que hagan un despido. El preaviso de 15 días se mantiene en prácticamente todos los contratos temporales, indefinidos o de formación que son superiores a un año.
El preaviso en los contratos temporales
En los contratos temporales se indica claramente la finalización de la relación laboral, por eso, cuando son inferiores a un año no se exige el preaviso de 15 días de antelación para su extinción. En el caso que se superen los doce meses, las partes están obligadas a realizar la comunicación.
Al hilo de ello, conviene señalar que los contratos temporales se pueden renovar automáticamente si vencido el plazo ninguna de las partes indica lo contrario, siempre y cuando no se supere el tiempo máximo establecido para la temporalidad de una relación laboral. Cuando se haya superado ese plazo, se entiende que el contrato pasa a ser indefinido.
Tanto el empresario como el trabajador han de comunicar su voluntad de extinguir la relación laboral con un preaviso de 15 días de antelación cuando se supere el año. Ahora bien, las consecuencias son diferentes.
Si es la empresa quien decide realizar la extinción del contrato laboral, el trabajador tendrá derecho a la indemnización que le corresponde y a solicitar la prestación por desempleo. En cambio, la voluntad de no continuar por parte del empleado se entiende como una baja voluntaria, por la que no se percibe ni prestación por desempleo ni tampoco tiene derecho a indemnización.
Tipos de contratos temporales: obra y servicio, eventuales o de interinidad
Existen diferentes tipos de contratos que son temporales. Los contratos de obra y servicio están regulados por el Real Decreto 2720/1998. En la norma legal se explicita que, en las contrataciones que superen el año, el solicitante de la baja de la relación laboral ha de notificar su deseo y las causas con 15 días de antelación.
En los eventuales, como no pueden ser superiores a los 12 meses, no existe tal obligación. Y en el caso de los interinos depende de lo pactado.
Esta informacion la he sacado de aqui que aunque ya lo sabia he querido estar seguro antes de informarte.
Saludos
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La legislación española contempla la obligatoriedad de avisar de la finalización de una relación laboral con 15 días de antelación. Es un requisito que han de cumplir tanto los trabajadores que deseen abandonar su puesto como las empresas que hagan un despido. El preaviso de 15 días se mantiene en prácticamente todos los contratos temporales, indefinidos o de formación que son superiores a un año.
El preaviso en los contratos temporales
En los contratos temporales se indica claramente la finalización de la relación laboral, por eso, cuando son inferiores a un año no se exige el preaviso de 15 días de antelación para su extinción. En el caso que se superen los doce meses, las partes están obligadas a realizar la comunicación.
Al hilo de ello, conviene señalar que los contratos temporales se pueden renovar automáticamente si vencido el plazo ninguna de las partes indica lo contrario, siempre y cuando no se supere el tiempo máximo establecido para la temporalidad de una relación laboral. Cuando se haya superado ese plazo, se entiende que el contrato pasa a ser indefinido.
Tanto el empresario como el trabajador han de comunicar su voluntad de extinguir la relación laboral con un preaviso de 15 días de antelación cuando se supere el año. Ahora bien, las consecuencias son diferentes.
Si es la empresa quien decide realizar la extinción del contrato laboral, el trabajador tendrá derecho a la indemnización que le corresponde y a solicitar la prestación por desempleo. En cambio, la voluntad de no continuar por parte del empleado se entiende como una baja voluntaria, por la que no se percibe ni prestación por desempleo ni tampoco tiene derecho a indemnización.
Tipos de contratos temporales: obra y servicio, eventuales o de interinidad
Existen diferentes tipos de contratos que son temporales. Los contratos de obra y servicio están regulados por el Real Decreto 2720/1998. En la norma legal se explicita que, en las contrataciones que superen el año, el solicitante de la baja de la relación laboral ha de notificar su deseo y las causas con 15 días de antelación.
En los eventuales, como no pueden ser superiores a los 12 meses, no existe tal obligación. Y en el caso de los interinos depende de lo pactado.
Esta informacion la he sacado de aqui que aunque ya lo sabia he querido estar seguro antes de informarte.
Saludos
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- ECOColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foro
- Como nos has conocido? : mirando por internet.
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Re: baja voluntaria
Vie 10 Ago 2018, 11:48
Buenas.
Un pequeño matiz a lo que perfectamente ha expuesto Josepmarti. Mira tu contrato de trabajo por si tuvieras alguna cláusula al respecto sobre este tema. En algunos contrato suelen ponerla.
Un saludo.
Un pequeño matiz a lo que perfectamente ha expuesto Josepmarti. Mira tu contrato de trabajo por si tuvieras alguna cláusula al respecto sobre este tema. En algunos contrato suelen ponerla.
Un saludo.
- InvitadoInvitadoPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
Re: baja voluntaria
Vie 10 Ago 2018, 16:52
si se renuncia al finiquito no, te puedes ir al momento
- ValkyriaExperto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: baja voluntaria
Vie 10 Ago 2018, 17:50
maquiavelo escribió:si se renuncia al finiquito no, te puedes ir al momento
Pero lo que pasa es que si no se da el preaviso de 15 días, tanto por parte del empresario como por parte del currante, se descuentan esos 15 días de SUELDO.
Si es el currante el que no da el preaviso de 15 días se encontrará en su nómina 15 días menos pagados (habiéndolos currado).
Y si es el empresario tendrá que pagar 15 días más de salario gratis al currante.
Ejemplo:
- yo le digo ahora a mi jefe: ta luego lucarrrr, mañana no curro.
Pues me descontará de mi salario los últimos 15 días que ya he currado. 15 días gratis de currele que se ahorra de pagarme.
- mi jefe me dice: ta luego lucarrrr, mañana no vengas ya.
Pues me tendrá que pagar 15 días de sueldo gratis, que no he currado.
Si en vez de 15 días de preaviso, cualquiera de las partes da un preaviso de 10 días (o los que sean), pues sólo se tendrán que pagar de más o de menos los otros 5.
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Ya han respondido a la consulta. Confirmo: el preaviso de 15 días es para los contratos de más de un año de duración. Pero debes mirar las cláusulas de tu contrato a ver si dice algo.
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TU TRABAJO CUESTA ESFUERZO Y DEDICACION
Un trabajo de fin de curso de director de seguridad es complejo puesto que hay que adaptar los conocimientos a los de la universidad donde se realiza, hay que seguir su índice y además su ambientación para demostrar los conocimientos adquiridos durante el curso, conocimientos de normativa, conocimientos de medios técnicos, conocimientos del departamento de seguridad, de la figura del director de seguridad , sus funciones dentro de la organización, la dispensa de vigilantes de seguridad, que numero de ellos será el adecuado y que puestos cubriremos , que puntos serán mas vulnerables de la empresa, como los protegeremos, que metodología de análisis de riesgo utilizaremos, que medidas correctoras aplicaremos una vez realizado el análisis y vistas las conclusiones de este, que partes del proyecto desarrollaremos mas que otras, que modelo de planimetría utilizaremos, que simbología será la apropiada para representar los distintos subsistemas en los planos, que presupuesto saldrá de los gastos que apliquemos al proyecto, muchas veces estarán limitados y no podremos excedernos de lo pactado con gerencia o dirección.En resumen, un proyecto de seguridad integral TFC del curso de director de seguridad cuesta mucho tiempo , esfuerzo y dedicación. Nosotros se lo dedicamos, nos esforzamos y conseguimos resultados excelentes.