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Aprueban nueva Ley de Seguridad Privada para Guanajuato. Empty Aprueban nueva Ley de Seguridad Privada para Guanajuato.

Vie 26 Mar 2021, 12:30
paginacentral.com.mx
Gamaliel Reyes Ramírez.
23/03/2021.

Gracias a la nueva ley, las empresas de seguridad privada estarán obligadas a contratar personal con pruebas de control y confianza aprobadas.

El pleno del Congreso de Guanajuato aprobó la nueva Ley de Seguridad Privada del Estado que, entre otras cosas, contempla que las empresas que ofrezcan este tipo de servicios estén obligadas a contratar personal con pruebas de control y confianza aprobadas.

La iniciativa, presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) fue previamente revisada en tres mesas de trabajo, antes de su dictaminación en la Comisión de Seguridad y Comunicaciones.

Esta ley contempla la creación del Registro de los Prestadores de Servicios de Seguridad Privada, del Personal Operativo y del Equipo, a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, para medir el cumplimiento de las empresas y sus trabajadores.

En ese sentido, los prestadores de este tipo de servicios habrán de informar mensualmente a la dependencia sobre el número de contratos firmados o concluidos, altas y bajas de personal, así como equipamiento y armamento.

Auxiliares de seguridad pública.
Con esta nueva normativa, los elementos de seguridad privada estarán obligados a apoyar a las autoridades en casos de emergencia o desastre.

Sin embargo tienen prohibido el uso del escudo nacional, estado y municipios, así como logotipo, lemas, luces, sirenas, torretas, uniformes, insignias y demás implementos de uso exclusivo de las instituciones policiales de la federación, del estado o de los municipios.

En los casos de detención realizada en flagrante delito durante el ejercicio de sus funciones, deberá poner sin demora a disposición de la autoridad competente al probable responsable y a sus copartícipes.

“Por ello es de suma importancia que las empresas que prestan los servicios de seguridad privada en cualquiera de las modalidades antes mencionadas cuenten con personal certificado y calificado, mediante una adecuada profesionalización en todos los temas que tengan que ver con seguridad”, comentó Rolando Alcantar, presidente de la comisión.

Sanciones.
Las empresas que no cumplan con las disposiciones establecidas en la ley podrán ser acreedoras a sanciones que van de los 8 mil 962 hasta 896 mil 200 pesos, correspondientes a un valor de 100 a 10 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, que actualmente es de 89.62 pesos.

Pero también existe la posibilidad de que las actividades de los infractores sean clausuradas o suspendidas hasta por un año con difusión pública en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios con mayor circulación.

La gravedad de la infracción en que se incurre y la conveniencia de suprimir prácticas que infrinjan, en cualquier forma, las disposiciones de la ley o las que se dicten con base en ella.


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