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Peru-Fuerzas armadas o policiales no podrán trabajar en seguridad privada Empty Peru-Fuerzas armadas o policiales no podrán trabajar en seguridad privada

Vie 25 Sep 2015 - 22:11
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El gobierno del presidente peruano, Ollanta Humala, promulgó ocho decretos legislativos referidos a seguridad ciudadana para combatir el robo de vehículos y autopartes, de teléfonos móviles, y contra la tala ilegal, entre otros temas.

Los decretos son publicados hoy en la gaceta oficial del diario El Peruano y forman parte del paquete de normas anunciado por el gobierno en uso de las facultades legislativas otorgadas por el Parlamento para combatir la acción de la delincuencia organizada.

El decreto legislativo 1213 regula los servicios de seguridad privada que ofrecen vigilancia y protección personal, custodia y transporte de dinero, seguridad patrimonial y tecnología de seguridad, entre otras modalidades.

El decreto establece que los integrantes de las fuerzas armadas o policiales, en actividad o disponibilidad, son incompatibles para prestar este servicio.


Entre las prohibiciones establecidas figuran además realizar actividades que pongan en riesgo el orden interno o vulneren la intimidad personal, desempeñar funciones que competen a las fuerzas armadas o policiales, usar información de clientes para fines distintos, contratar a mercenarios, o almacenar armas sin autorización.

En tanto, el decreto legislativo 1214 dicta medidas de prevención para combatir los delitos patrimoniales relacionados con vehículos y autopartes.

La norma establece que las autoridades de tránsito deben dar las medidas para proteger la confidencialidad de los números telefónicos de los propietarios de vehículos para evitar su uso por la delincuencia.

Asimismo, encarga a la Policía Nacional los operativos para erradicar los mercados ilícitos de autopartes y la disposición de los vehículos en abandono y siniestrados.

El decreto legislativo 1215 ofrece facilidades a los ciudadanos para la recuperación de bienes perdidos o sustraídos por la ejecución de diversos delitos, mediante la publicación de un listado de artículos recuperados por la Policía.

El decreto 1216 fortalece la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte, mientras que el decreto 1217 establece prohibiciones para quienes alteren y comercialicen teléfonos móviles de dudosa procedencia.

En tal sentido, las empresas concesionarias del servicio de telefonía móvil quedan prohibidas de habilitar líneas en terminales que hayan sido reportados como robados, perdidos o clonados, bajo responsabilidad civil y penal.

El decreto 1218 que regula el uso de cámaras de videovigilancia afirma que es un deber de los propietarios de las cámaras informar a la Policía Nacional o al Ministerio Público sobre la comisión de un delito que haya sido registrado en imágenes o audios.

Los últimos dos decretos promulgados se refieren al fortalecimiento de la función criminalística policial (1219) y el que establece medidas para la lucha contra la tala ilegal (1220), entre las cuales figuran la interdicción y el decomiso de los recursos forestales extraídos ilícitamente.

EFE


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Peru-Fuerzas armadas o policiales no podrán trabajar en seguridad privada Empty Re: Peru-Fuerzas armadas o policiales no podrán trabajar en seguridad privada

Vie 25 Sep 2015 - 22:13
Igualito que en España que mete todo el mundo el ocico en el pastel

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Peru-Fuerzas armadas o policiales no podrán trabajar en seguridad privada Empty Re: Peru-Fuerzas armadas o policiales no podrán trabajar en seguridad privada

Vie 25 Sep 2015 - 22:45
La mayoría de las políticas y leyes son copiadas de otros países, pero como copien el modelo de siria la vamos a tener clara.

Un saludo.
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