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**.Ultraactividad: FeS-UGT gana en los... Empty **.Ultraactividad: FeS-UGT gana en los...

Mar 22 Dic 2015, 16:49
21/12/15


Ultraactividad: FeS-UGT gana en los tribunales lo que las patronales de la prevención y el gobierno pretendían eliminar


En el día de hoy, nos ha llegado la Sentencia del Tribunal Supremo que se redactó en fecha 11 de Noviembre pasado, en referencia al conflicto colectivo promovido contra las Patronales de los Servicios de Prevención ASPA, ANEPA Y ASPREN como consecuencia de su decisión de dar finalización a la aplicación del Convenio Sectorial, alegando haber decaído por aplicación de la Reforma Laboral.

En esta Sentencia del Tribunal Supremo contraria a las pretensiones de las patronales recurrentes de los Servicios de Prevención ASPREM, ANEPA y ASPA) se avala el criterio de FeS-UGT de que el Convenio Sectorial incluye una cláusula en el artículo 4, donde se establece claramente que el convenio mantendrá su vigencia en tanto no se logre un acuerdo expreso que lo sustituya:

“…aplicando la anterior doctrina al supuesto examinado, procede la desestimación de los recursos formulados. En efecto, tal y como ha quedado anteriormente consignado, el I Convenio Colectivo Nacional de los Servicios de Prevención Ajenos entró en vigor el 1 de Julio de 2008, con duración hasta el 31 de Diciembre de 2011, fue denunciado el 29 de Septiembre de 2011, celebrándose diversas reuniones, hasta 23, para negociar un nuevo convenio colectivo con resultado infructuoso, a fecha 28 de julio de 2013 no se ha alcanzado un acuerdo. El Convenio contiene una cláusula en la que se dispone que: “La denuncia del convenio se realizará por cualquiera de las partes, por escrito, y con una antelación mínima de tres meses a su fecha de expiración, entendiéndose prorrogado su contenido normativo por periodos anuales de no producirse ésta. Denunciado el Convenio y basta que no se logre acuerdo expreso, a los efectos previstos en el art. 86.3 y 4 del Estatuto de los Trabajadores, se entenderá que se mantiene la vigencia de su contenido normativo en los términos que se desprenden de su propia regulación”. Por lo tanto el Convenio litigioso contiene una cláusula, artículo 4, que prevé la permanencia de las cláusulas normativas del Convenio hasta que se logre un acuerdo expreso, lo que ha sido interpretado por la Sala en el sentido que ha quedado anteriormente consignado…”.

Por tanto, desde FeS-UGT informamos a todos los trabajadores, que el I Convenio Colectivo Nacional de los Servicios de Prevención Ajenos, mantiene su vigencia normativa en todo el sector de los Servicios de Prevención del país, hasta que se pacte un nuevo Convenio Colectivo aplicable.

Desde FeS-UGT esperamos que esta resolución judicial sirva de referente para el resto de sectores productivos de nuestro país donde por parte de las patronales se ha dilatado intencionadamente y con mala fe en el tiempo las negociaciones colectivas abiertas.

La única pretensión de FeS-UGT desde el inicio de las negociaciones en los Servicios de Prevención, es poder alcanzar un acuerdo que dote al sector de un Convenio Sectorial que lo regule, como así ha venido siendo durante los últimos años.



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