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josepmarti
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Confirmado el despido del vigilante que paró a por agua y le robarón 41.000 euros Empty Confirmado el despido del vigilante que paró a por agua y le robarón 41.000 euros

Miér 4 Mayo 2016 - 10:44
La Audiencia de Palma ha confirmado el despido de un vigilante de seguridad a quien robaron del coche 41.000 euros que había descargado de dos cajeros automáticos, cuando se detuvo en un comercio a comprar agua, al considerar que cometió una negligencia grave por dejar el vehículo fuera de su vista.


La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado el recurso de súplica interpuesto por el vigilante y ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Palma que declaró procedente el despido y absolvió a la empresa de seguridad que lo había echado.

El vigilante trabajaba en el operativo de cajeros automáticos de entidades financieras de Mallorca de una empresa de seguridad y fue despedido en el verano de 2011 con carácter disciplinario por infracción laboral muy grave, nueve días después de que le robaran el dinero que llevaba en un vehículo rotulado de la compañía.

Según la empresa, el guardia de seguridad tenía que acompañar a un vehículo blindado que debía cargar y descargar un cajero automático de Can Picafort, pero se puso de acuerdo con el vigilante del furgón para hacer él dicho servicio y llevar el dinero a la base.

El vigilante vació dos cajeros automáticos y posteriormente paró en un centro comercial para comprar una botella de agua. Cuando estaba en el comercio, una mujer le dijo que le estaban robando y al salir al aparcamiento encontró la luna trasera del vehículo rota, nadie en los alrededores y habían desaparecido tres de los cuatro cajetines de dinero que llevaba y una bolsa.

Aunque la compañía tenía contratado un seguro, perdió una franquicia de 7.000 euros que tuvo que aportar porque el dinero del robo no se recuperó. Despidió al guardia de seguridad y además suspendió de empleo y sueldo dos meses al trabajador del furgón.

El vigilante recurrió la sentencia que declaró procedente el despido alegando infracción del principio constitucional de igualdad por entender que fue discriminado por la empresa, ya que la sanción a su compañero por los mismos hechos fue muy inferior a la suya.

La sala de lo Social del TSJIB desestima el recurso porque considera que los incumplimientos de los dos trabajadores no son los mismos y la sanción está ajustada a la gravedad de la falta.

El tribunal confirma la procedencia del despido porque considera que el vigilante cometió “una grave negligencia” que “contraviene los más elementales principios de profesionalidad y diligencia” al detenerse en un centro comercial para comprar una botella de agua y perder de vista el vehículo que llevaba el dinero.


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Confirmado el despido del vigilante que paró a por agua y le robarón 41.000 euros Empty Re: Confirmado el despido del vigilante que paró a por agua y le robarón 41.000 euros

Miér 4 Mayo 2016 - 10:52
Prefiero no hacer comentarios hasta que los haga cualquiera de vosotros y principalmente nuestro amigo [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] experto en transporte y que nos puede aportar mucha claridad al tema ya que el sabe si se ha pasado con el vigilante de los hechos o si esta bien la sentencia, para mi este vigilante es un inepto en todos los sentidos, si nosotros los de vigilancia , no podemos ni movernos del servicio ni un instante , no se porque el que transportaba ese dinero en un vehiculo no habilitado para ello tendria que pararse .

Aunque legalmente creo que puede transportarse dinero si no supera los 150.000 euros en un vehiculo no blindado , fue negligente la parada del vigilante de seguridad en un centro comercial a por agua perdiendo de vista el vehiculo.

aqui os dejo texto legal referente al transporte de fondos con vehiculos no blindados.

Saludos


1. El transporte de fondos o valores por empresas de seguridad no será obligatorio efectuarlo en vehículos blindados, pudiendo efectuarse en vehículos de la empresa, con un vigilante, al menos, en los siguientes casos:  
- cuando el valor de lo transportado no exceda de 60.101 euros, siempre que el transporte se efectúe de forma regular o con una periodicidad inferior a seis días (es decir, todos los días, cada dos, cada tres, etc., como norma general).  
- cuando el valor de lo transportado no exceda de 150.253 euros, siempre que se trate de transportes no regulares (ocasionales o esporádicos) o de periodicidad igual o superior a seis días.  
2. El transporte de fondos o valores podrá realizarse en vehículos de la empresa –no blindados-, pero con dos vigilantes al menos, cuando, en cualquiera de los supuestos antes indicados, deban efectuarse entregas y recogidas múltiples, siendo indiferente que las mismas tengan lugar en la misma o en distintas localidades.  
En los dos casos contemplados en el apartado 1 anterior de este informe, de conformidad con lo prevenido en el artículo 32.1, párrafo segundo, del Reglamento de Seguridad Privada, se entiende que no es
2
   
MINISTERIO  DEL INTERIOR  
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA  
necesario realizar el transporte de tales fondos o valores en vehículos blindados, sino que puede efectuarse en vehículos de la empresa, con la vigilancia y protección que se establece en cada caso.  
3. Consecuentemente con lo anterior, y de acuerdo con lo previsto en el número 2 del apartado vigésimo segundo de la Orden de 23 de abril de 1997, el transporte deberá efectuarse en vehículos blindados en los siguientes casos:  
- transportes regulares o de periodicidad inferior a seis días, cuando el valor de lo transportado supere los 60.101 euros.  
- cuando el valor de lo transportado supere los 150.253 euros, sean cuales fueren las condiciones de regularidad y periodicidad del transporte.  
Ahora bien, todo lo anteriormente expuesto únicamente sirve para delimitar los supuestos en que el transporte debe realizarse en vehículo blindado y aquellos otros en que dicho transporte puede efectuarse en vehículos de la empresa de seguridad sin necesidad de que sean blindados. Nada se dice de la posibilidad de que el transporte pueda realizarse por otros medios que no sean los vehículos –blindados o no- de empresas de seguridad.  
Sin embargo, tal posibilidad debe extraerse –contrario sensu- de la redacción del apartado primero de la Orden de 23 de abril de 1997, sobre medidas de seguridad, según el cual “los establecimientos e instalaciones industriales, comerciales y de servicios efectuarán el transporte de monedas, billetes, títulosvalores y objetos preciosos, cuando su valor exceda de las cantidades a que se refiere el apartado vigésimo segundo.1 de la Orden por la que se concretan determinados aspectos en materia de empresas de seguridad en cumplimiento de la Ley y el Reglamento de Seguridad Privada, a través de empresas de seguridad autorizadas para tal actividad”.  
Por tanto, debe entenderse que, cuando el valor de lo transportado no exceda de las cantidades fijadas en el citado apartado vigésimo segundo de la Orden de empresas de seguridad, las empresas industriales, comerciales y de servicios podrán realizar directamente el transporte de su propio dinero; o, lo que es lo mismo, que tales establecimientos podrán efectuar el transporte de dinero, títulos-valores, etc., sin necesidad de contratar a una empresa de seguridad, esto es, sin necesidad de que el vehículo utilizado para el transporte esté dotado de las medidas de seguridad o de los vigilantes de seguridad reglamentados,
3
   
MINISTERIO  DEL INTERIOR  
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA  
cuando el valor de lo transportado sea inferior a 60.101,21 euros en cada entrega y el transporte no se efectúe de forma periódica.  
Sobre este particular, esta Secretaría General Técnica ha mantenido en algunos de sus informes que las empresas industriales, comerciales y de servicios –en este caso las entidades bancarias- podrán realizar directamente el transporte de su propio dinero cuando no superen las cantidades a que se refiere el apartado vigésimo segundo de la Orden de 23 de abril de 1997, sobre empresas de seguridad, pero si contratan dicho transporte con un tercero, éste deberá tener la condición de empresa de seguridad.  
Tal es lo que se deduce de la normativa reguladora, no obstante lo cual esta Secretaría General Técnica coincide con el criterio puesto de manifiesto por la Unidad Central de Seguridad Privada en que lo deseable sería que el transporte de fondos lo realizase siempre una empresa habilitada para ello, a fin de dotar a dicha actividad de las máximas garantías de seguridad para las personas que lo realizan y para los bienes objeto de protección.    En definitiva, a la vista de lo establecido en la normativa de seguridad privada, cabe concluir que no existen argumentos jurídicos suficientes para exigir a las entidades de crédito que efectúen el transporte de fondos y valores siempre a través de empresas de seguridad, aún cuando el valor de lo transportado no supere los límites reglamentariamente establecidos.  
Ello no obstante, desde esta Secretaría General Técnica se es consciente del riesgo que entraña para el personal de las entidades de crédito –que no sea personal de seguridad- el tener que efectuar dichos transportes sin contar con la debida protección, por lo que se considera que la realización de los mismos debería suponer una excepción y estar limitados en cuanto a su número y regularidad, con el fin de salvaguardar la seguridad ciudadana.    En cualquier caso, el hecho de que la normativa de seguridad privada establezca las previsiones recogidas en el presente informe en cuanto a la actividad de transporte de fondos y valores como actividad propia de las empresas de seguridad, no es óbice para que puedan resultar de aplicación otras normativas generales o sectoriales –especialmente del ámbito laboral- que garanticen adecuadamente la protección de los trabajadores.


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Miér 4 Mayo 2016 - 12:59
Pues, tanta ineptitud, habiendo tanto dinero por medio, como mínimo, para mi es sospechosa, pero claro, yo es que soy muy desconfiado, y es que, ¿tanta sed tenía el compañero como para no poder esperar llegar al destino?.
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Miér 4 Mayo 2016 - 16:37
Gracias por mencionarme José. Os voy a dar mi opinión veréis es cierto que hay una negligencia por parte del compañero el vehículo nunca debe ser abandonado.

Pero creo que un despido es una medida demasiado drástica sobre todo cuando se ve que no hay intencionalidad.
Creo que con un par de meses de empleo y sueldo y la reposición del dinero del seguro sería suficiente castigo para el trabajador

Desgraciadamente en transporte de fondos no solo corremos peligro físico tenemos una responsabilidad muy alta .

Muchos compañeros creen que los de blindados somos unos privilegiados pero nadie nos regala nada esmas es un trabajo poco remunerado para todo el peligro y el riesgo que conlleva.

Saludos
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Miér 4 Mayo 2016 - 17:36
Me imagino que el despido no sólo por negligencia, que la hay, sino más bien por la sospecha evidente de que hubiese sido cómplice del robo, o tal vez incluso el único autor, pues como ya he comentado, es muy sospechoso que parase a comprar agua en un centro comercial, perdiendo de vista el vehículo, cuando si tanta sed tenía, la podría haber comprado en un kiosco o tienda, que parase un momento , dejando el vehículo al lado y siempre a la vista. Estoy totalmente de acuerdo con [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] en que el sueldo de los vigilantes de transporte de fondos es muy bajo para la responsabilidad que tienen, y lo hago extensible también a los demás vigilantes, aunque hay servicios más tranquilos que otros, pero lo cierto es que el sueldo no acompaña para nada al riesgo y a la responsabilidad que tenemos los vigilantes. Un saludo.
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Miér 4 Mayo 2016 - 21:39
Desgraciadamente Jaime, estos descuidos, estos errores humanos suceden más de lo que pensamos.

Hace un año a un compañero mio perdió un bulto de 10000 euros y le despidieron.

Lo mismo ocurrió hace dos meses con otro de la noche y también lo echaron.

Siempre que se demuestre que no se trata de un acto malicioso, opino que el despido es una medida desproporcionada si es la única vez que le sucede.

Saludos amigo
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Miér 4 Mayo 2016 - 22:23
palopiedra escribió:Gracias por mencionarme José. Os voy a dar mi opinión veréis es cierto que hay una negligencia por parte del compañero el vehículo nunca debe ser abandonado.

Pero creo que un despido es una medida demasiado drástica sobre todo cuando se ve que no hay intencionalidad.
Creo que con un par de meses de empleo y sueldo y la reposición del dinero del seguro sería suficiente castigo para el trabajador

Desgraciadamente en transporte de fondos no solo corremos peligro físico tenemos una responsabilidad muy alta  .

Muchos compañeros creen que los de blindados somos unos privilegiados pero nadie nos regala nada esmas es un trabajo poco remunerado para todo el peligro y el riesgo que conlleva.

Saludos


A mi me da que ete vehiculo no era un blindado.
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Jue 5 Mayo 2016 - 5:21
No, no lo era. Recordad que hay unas condiciones y unos supuestos en los que se puede utilizar vehículos no blindados.

Saludos
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Jue 5 Mayo 2016 - 7:48
Lo he puesto en el principio del post cuando se puede llevar dinero en vehiculo normal de empresa conducido por uno o dos vigilantes.

Saludos


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Jue 5 Mayo 2016 - 8:15
Sí sí, maestro ya lo tengo en cuenta. Pero el vehículo ligero es sólo parte del problema. Esta permitido y es legal.

La principal causa de despido no es por comprar agua, es haber perdido de vista el vehículo con dinero dentro.

Aun así, me parece desproporcionado.

Saludos
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Jue 5 Mayo 2016 - 8:20
Por supuesto , a mi también me lo parece, pero se tiene que ser mu tonto para perder de vista el vehiculo aunque sea poco tiempo.

Por otra parte , el dinero tendría que estar mal colocado o algo visible porque sino no se entiende que los cacos fueran a fijarse en un vehiculo de seguridad para llevarse la pasta, tanta imaginación tienen que piensan que en ese vehiculo puede haber dinero?, se dejo las puertas abiertas?,estaba el vehiculo con el dinero a la vista?, tardo mucho?, eran dos o solo uno?, si eran dos porque se bajaron los dos?
Demasiadas preguntas sin respuesta.

Ya veréis como mas adelante saldrán mas noticias relacionadas con el tema y alguna cosa mas tiene que haber.

Saludos


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Jue 5 Mayo 2016 - 8:47
Problema [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] es que la monotonía y la rutina desembocan en desidia. En este y en todos los trabajos. La profesionalidad y el rigor solo se mantienen cuando te hacen hacer labores diferentes. Que no es justificante, pero sucede.

La gente que se toma muy en serio su trabajo y disfruta de el no cae en la mala praxis.

Saludos
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Jue 5 Mayo 2016 - 9:16
Tienes razón company, y también depende si ves que te valoran el trabajo, concretamente a mi y aunque desvirtúe algo el tema pero solo es un inciso, espero no me lo moderes jejejeje, a mi en un lugar de trabajo donde he expulsado a algunos cacos que solo entraban para hacer la compra gratis, el otro dia los responsables del establecimiento me han dicho que los dejara entrar porque tienen familiares que compran mucho, manda huefs, osea  ,que todo el curro a tomar por saco por eso ahora se toma el tema de otra manera un servidor, imagino que en otros servicios debe suceder algo parecido , viene al caso por lo que comentas de la desidia, que a veces en muchos casos, no viene por uno mismo sino motivada por  el entorno laboral, jefes, clientes  etc que no te valoran en absoluto y asi estamos, que cada uno hace lo que quiere después y pasa lo que pasa.

Saludos


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Jue 5 Mayo 2016 - 10:30
Pues los tiros van un poco por donde tu vas.

Seamos realistas. Las empresas de seguridad ( servicios) no buscan seriedad ni rigor profesional. Solo buscan facturar y que ningún VS les haga perder un cliente.

Por ponerte a reponer en un super no te van a sacar del servicio, pero por denunciar un acto ilegal pero que perjudique al cliente. Sí.

Pero hay que tener en cuenta, que el día que busquen un cabeza de turco, se acogerán a todo lo que no sea riguroso y profesional.

Pero nosotros mismos ( no por la empresa) debemos saber amoldarnos y saber siempre en que tipo de servicio estamos y si cliente u empresa nos apoyan.

Saludos
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Jue 5 Mayo 2016 - 11:59
Para mi, el problema es que es muy sospechoso, ya que es muy raro que los ladrones sólo tocaran ése vehículo, yo nunca he oído que robaran en un vehículo de seguridad privada, el que parase para comprar agua, precisamente en un centro comercial, donde debe dejarlo en el parking, alejado de su vista, en vez de parar en cualquier otro sitio donde no perdería el coche de vista, que los ladrones estuviesen esperando su llegada y enseguida forzarlo, entrar y coger el dinero, el tiempo justo de que el vigilante entrara en el centro, comprase el agüita y se encontrara con la "sorpresa", a todo ésto, me imagino que el compañero iría sin arma de fuego, porque si fuese armado, aún sería más grave. En cualquier caso, seguro que el tiempo sacará la verdad a la luz. Un saludo.
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Jue 5 Mayo 2016 - 12:19
No se puede hacer transporte de fondos sin arma. Más arriba en el artículo de josepmarti lo explica.

Saludos
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Jue 5 Mayo 2016 - 13:32
palopiedra escribió:No se puede hacer transporte de fondos sin arma. Más arriba en el artículo de josepmarti lo explica.

Saludos

A éso me refería, entró en un centro comercial, fuera de su ruta, para comprar una botella de agua, con su arma al cinto, creo que son muchas negligencias seguidas, por lo que la sospecha es mayor, pero éso si, sólo me refiero a lo sospechoso de la situación, con ello no quiero decir que el compañero sea culpable o cómplice, aunque si, como mínimo, muy irresponsable. Un saludo crack.
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Lun 9 Mayo 2016 - 13:57
Yo pienso como @Jaime Juramentado. Es bastante sospechoso que le robaran el dinero.

Pero bueno, imagino que si era un centro comercial tendrían cámaras para ver después la grabación. Aunque si las viesen y ven a unos individuos robando de verdad, podrían ser colegas del vigilante.

Quitando si estaba preparado o no, si es verdad que le robaron unos ladrones verdaderos, me parece bien que le hayan despedido. No es de cajón perder de vista el coche y largarse a por agua. Podría haber parado en un bar o tienda de carretera, decir dame una botella de agua y correr al coche.
Es que era mucho dinero, casi 7 millones de pesetas, aunque hoy en dia hablemos en euros, que parece menos.

¿Cómo podría la empresa confiar en él otra vez? Si hace eso con un dinero ¿qué hará en un servicio normal?.

No se, todos cometemos errores, pero este ya me parece muy fuerte.
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