- JogarftaUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Antecedentes penales
Miér 14 Jun 2017, 10:21
Buenos días.
Soy nuevo en esto...os pido paciencia hasta que pase el rodaje.
Desconozco si es el lugar apropiado pero tengo una duda que me preocupa.
Al lío.. .
Me inhabilitado por perder requisito para trabajar como vigilante...es decir, me constaban antecedentes penales y por lo tanto adiós tip.
Mi pregunta es...He cometido infraccion? de ser así...Grave? Muy grave?
Lo digo porque me iniciaron y resolvieron expediente de extinción de habilitación de vigilante pero nada más.
Me aplican art.28.3 de la ley pero no me aplican el 58 ( infracción),ni el 62 (sancion).
Quiero examinarme de nuevo y para ello requisito...no haber sido sancionado en materia de seguridad privada.
Gracias y perdón por la extensión.
Un saludo
Soy nuevo en esto...os pido paciencia hasta que pase el rodaje.
Desconozco si es el lugar apropiado pero tengo una duda que me preocupa.
Al lío.. .
Me inhabilitado por perder requisito para trabajar como vigilante...es decir, me constaban antecedentes penales y por lo tanto adiós tip.
Mi pregunta es...He cometido infraccion? de ser así...Grave? Muy grave?
Lo digo porque me iniciaron y resolvieron expediente de extinción de habilitación de vigilante pero nada más.
Me aplican art.28.3 de la ley pero no me aplican el 58 ( infracción),ni el 62 (sancion).
Quiero examinarme de nuevo y para ello requisito...no haber sido sancionado en materia de seguridad privada.
Gracias y perdón por la extensión.
Un saludo
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Miér 14 Jun 2017, 11:19
Bienvenido al foro compañero.
Si explicaras quizas porque te metieron antecedentes penales que fueron la causa de tu inhabilitacion lo entenderiamos mejor, pero si consigues quitar los antecedentes ya podras acceder a la profesion de nuevo, se basa solo en esa causa por lo tanto debes anularlos segun el tiempo que tengas con ellos.
Saludos
Si explicaras quizas porque te metieron antecedentes penales que fueron la causa de tu inhabilitacion lo entenderiamos mejor, pero si consigues quitar los antecedentes ya podras acceder a la profesion de nuevo, se basa solo en esa causa por lo tanto debes anularlos segun el tiempo que tengas con ellos.
Saludos
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- JogarftaUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Miér 14 Jun 2017, 11:27
Gracias por responder.
Fue por perder la cabeza en una discusión con mi ex pareja y la llamé de todo menos guapa.
Presentó la llamada de teléfono en juzgado y se me cayó el pelo.
Los cancelé en Agosto del 2016.
Tengo dudas porque un requisito es no haber sido sancionado en materia de seguridad privada y me estoy comiendo la cabeza.
Fue por perder la cabeza en una discusión con mi ex pareja y la llamé de todo menos guapa.
Presentó la llamada de teléfono en juzgado y se me cayó el pelo.
Los cancelé en Agosto del 2016.
Tengo dudas porque un requisito es no haber sido sancionado en materia de seguridad privada y me estoy comiendo la cabeza.
- JogarftaUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Miér 14 Jun 2017, 11:31
Disculpas...se me olvidaba.
Tengo expediente de extinción con fecha del 2015...lógicamente no trabajo de vigilante desde entonces.
El art.58 no recuerdo letra en infracción muy grave dice más o menos...ejercer funciones de seguridad privada por parte de personal a que se refiere art.28.3
Entiendo que sería infracción muy grave en caso de seguir trabajando aún con tip extinguida no?
Ojalá quiera decir eso.
Muchas gracias.
Tengo expediente de extinción con fecha del 2015...lógicamente no trabajo de vigilante desde entonces.
El art.58 no recuerdo letra en infracción muy grave dice más o menos...ejercer funciones de seguridad privada por parte de personal a que se refiere art.28.3
Entiendo que sería infracción muy grave en caso de seguir trabajando aún con tip extinguida no?
Ojalá quiera decir eso.
Muchas gracias.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Miér 14 Jun 2017, 11:34
Requisitos para extingir los antecedentes penales
El primero se encuentra recogido en el artículo 136.1 del Código Penal, donde se nos indica que es preciso la existencia de un informe favorable del juez o tribunal sentenciador. Si no constara, el Registro le remitirá a aquel el expediente en el plazo de quince días, a fin de que informe en el plazo de dos meses, sobre la cancelación solicitada.
2. El artículo 136.2 CP dispone que deberán estar satisfechas las responsabilidades civiles derivadas de la infracción penal ( OJO: La Reforma del Código Penal ha suprimido dicho requisito). No obstante, se contemplan excepciones, tales como, que el sujeto se hubiera declarado insolvente, o que, aún no habiendo terminado de abonarla (en el caso de haberla fraccionado), cumpla con los otros dos requisitos.
3. Artículo 136.2.2º CP recoge que tiene que haber transcurrido, sin delinquir de nuevo elconsultas antecedentes penales culpable, determinados plazos que variarán según la gravedad y por lo tanto, clase de la pena.
El tiempo en que no se puede volver a delinquir se contará a partir del día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena, es decir, al día siguiente de cumplirse la pena.
Este tiempo será de:
•6 meses para las penas leves
•2 años para las menos graves que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes
•3 años para las restantes penas menos graves
•5 años para las penas graves.
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El primero se encuentra recogido en el artículo 136.1 del Código Penal, donde se nos indica que es preciso la existencia de un informe favorable del juez o tribunal sentenciador. Si no constara, el Registro le remitirá a aquel el expediente en el plazo de quince días, a fin de que informe en el plazo de dos meses, sobre la cancelación solicitada.
2. El artículo 136.2 CP dispone que deberán estar satisfechas las responsabilidades civiles derivadas de la infracción penal ( OJO: La Reforma del Código Penal ha suprimido dicho requisito). No obstante, se contemplan excepciones, tales como, que el sujeto se hubiera declarado insolvente, o que, aún no habiendo terminado de abonarla (en el caso de haberla fraccionado), cumpla con los otros dos requisitos.
3. Artículo 136.2.2º CP recoge que tiene que haber transcurrido, sin delinquir de nuevo elconsultas antecedentes penales culpable, determinados plazos que variarán según la gravedad y por lo tanto, clase de la pena.
El tiempo en que no se puede volver a delinquir se contará a partir del día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena, es decir, al día siguiente de cumplirse la pena.
Este tiempo será de:
•6 meses para las penas leves
•2 años para las menos graves que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes
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- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Miér 14 Jun 2017, 11:38
Uno de esos requisitos es ese precisamente no haber sido condenado en materia de seguridad privada pero imagino que no sigues haciendo de vigilante sin tener la tip en vigor, imagino que lo tuyo es una cautelar con lo que podras mantener el mismo numero de TIP que tenias, lo mejor es que te acerques a tu oficina mas cercana de seguridad privada y te informes de primera mano compañero y animos, que esto le ha sucedido a mas de uno y ha salido adelante.
Saludos
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- JogarftaUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Miér 14 Jun 2017, 11:50
Estaba trabajando y me extinguieron la tip por tener antecedentes penales.
Me dieron de baja en la empresa y hasta ahora.
Ya está borrado el antecedente.No tengo nada.
Me asusté cuando un requisito es no haber sido sancionado en materia de seguridad privada .
Mi expediente es de extinción...mi tío no existe,está borrada del registro Nacional.
Hasta ahí de acuerdo.
Pero no entiendo la infracción en materia de seguridad.
En el expediente de extinción de habilitación de vigilante me hubiera puesto algo no?
Algo de infringir art.58?
No sé.
Lo que si me dijeron es que nuevo examen y nueva tip,pero tengo miedo de que apruebe y me digan que tengo sanción sin yo saberlo.
Gracias y perdón por la charla.
Me dieron de baja en la empresa y hasta ahora.
Ya está borrado el antecedente.No tengo nada.
Me asusté cuando un requisito es no haber sido sancionado en materia de seguridad privada .
Mi expediente es de extinción...mi tío no existe,está borrada del registro Nacional.
Hasta ahí de acuerdo.
Pero no entiendo la infracción en materia de seguridad.
En el expediente de extinción de habilitación de vigilante me hubiera puesto algo no?
Algo de infringir art.58?
No sé.
Lo que si me dijeron es que nuevo examen y nueva tip,pero tengo miedo de que apruebe y me digan que tengo sanción sin yo saberlo.
Gracias y perdón por la charla.
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Re: Antecedentes penales
Miér 14 Jun 2017, 19:41
Te he contestado en este hilo en el que has hecho también tu pregunta:
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Pero te lo pego aquí también para que quede resuelto aquí este tema también:
El artículo 28.3 de la ley de seguridad privada dice esto:
3. La pérdida de alguno de los requisitos establecidos en este artículo producirá la extinción de la habilitación y la cancelación de oficio de la inscripción en el Registro Nacional.
Los requisitos que tú has perdido para poder ser vigilante son estos, que vienen en el artículo 28 también:
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
El problema que has tenido con tu expareja ha provocado que tengas antecedentes penales dolosos, y por ello te han quitado tu habilitación de vigilante entera. No eres vigilante.
Esto es lo que te ha pasado a tí, te han retirado la TIP, porque has perdido algunos de los requisitos que hay que tener para poder ser vigilante. Te han retirado tu habilitación entera, es decir, ahora mismo no eres vigilante. Y si quisieses serlo deberías examinarte de nuevo.
El artículo 58 referido al 28.3 dice esto:
Artículo 58. Infracciones del personal que desempeñe funciones de seguridad privada.
1. Infracciones muy graves:
m) El ejercicio de funciones de seguridad privada por parte del personal a que se refiere el artículo 28.3 y 4.
Esto quiere decir que si ahora mismo tú te pusieses a trabajar de vigilante de seguridad y te pillasen, te meterían una "infracción muy grave". Aún no te han metido esta infracción porque no has trabajado de vigilante. Pero si lo haces, te caería un puro. Si te pillan.
Es si trabajas de vigilante de seguridad habiendo perdido alguno de los requisitos que se exigen para poder estar habilitado como vigilante. Estos requisitos vienen en el artículo 28.
Tú has perdido el de carecer de antecedentes penales dolosos.
Así que como ya no eres vigilante porque han extinguido tu TIP entera, si trabajases de vigilante te meterían la infracción MUY grave.
Y la cuantía de esta infracción muy grave viene reflejada en el artículo 62:
Artículo 62. Sanciones al personal.
Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 58, las siguientes sanciones:
1. Por la comisión de infracciones muy graves:
a) Multa de 6.001 a 30.000 euros.
b) Extinción de la habilitación, que comportará la prohibición de volver a obtenerla por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el Registro Nacional.
En resumen:
Que si trabajaras ahora mismo de vigilante, como no tienes la habilitación (o TIP) porque te la han retirado entera, te caería una multa de 6001 a 30.000 euros, y además no podrías volver a examinarte de vigilante de uno a dos años (lo que quieran ponerte los que te pillen).
Si no has entendido algo pregunta tranquilo que para eso estamos.
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Pero te lo pego aquí también para que quede resuelto aquí este tema también:
El artículo 28.3 de la ley de seguridad privada dice esto:
3. La pérdida de alguno de los requisitos establecidos en este artículo producirá la extinción de la habilitación y la cancelación de oficio de la inscripción en el Registro Nacional.
Los requisitos que tú has perdido para poder ser vigilante son estos, que vienen en el artículo 28 también:
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
El problema que has tenido con tu expareja ha provocado que tengas antecedentes penales dolosos, y por ello te han quitado tu habilitación de vigilante entera. No eres vigilante.
Esto es lo que te ha pasado a tí, te han retirado la TIP, porque has perdido algunos de los requisitos que hay que tener para poder ser vigilante. Te han retirado tu habilitación entera, es decir, ahora mismo no eres vigilante. Y si quisieses serlo deberías examinarte de nuevo.
El artículo 58 referido al 28.3 dice esto:
Artículo 58. Infracciones del personal que desempeñe funciones de seguridad privada.
1. Infracciones muy graves:
m) El ejercicio de funciones de seguridad privada por parte del personal a que se refiere el artículo 28.3 y 4.
Esto quiere decir que si ahora mismo tú te pusieses a trabajar de vigilante de seguridad y te pillasen, te meterían una "infracción muy grave". Aún no te han metido esta infracción porque no has trabajado de vigilante. Pero si lo haces, te caería un puro. Si te pillan.
Jogarfta escribió:
No entiendo el art.58...no me acuerdo de la letra...en infracción muy grave que dice más o menos...ejercer funciones de seguridad privada por parte de personal a que se refiere art.28.3.
¿Es si te extinguen la habilitación y sigues trabajando de intruso?
¿Es si pierdes requisito y te extinguen la habilitación y eso supone infracción muy grave?
Es si trabajas de vigilante de seguridad habiendo perdido alguno de los requisitos que se exigen para poder estar habilitado como vigilante. Estos requisitos vienen en el artículo 28.
Tú has perdido el de carecer de antecedentes penales dolosos.
Así que como ya no eres vigilante porque han extinguido tu TIP entera, si trabajases de vigilante te meterían la infracción MUY grave.
Y la cuantía de esta infracción muy grave viene reflejada en el artículo 62:
Artículo 62. Sanciones al personal.
Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 58, las siguientes sanciones:
1. Por la comisión de infracciones muy graves:
a) Multa de 6.001 a 30.000 euros.
b) Extinción de la habilitación, que comportará la prohibición de volver a obtenerla por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el Registro Nacional.
En resumen:
Que si trabajaras ahora mismo de vigilante, como no tienes la habilitación (o TIP) porque te la han retirado entera, te caería una multa de 6001 a 30.000 euros, y además no podrías volver a examinarte de vigilante de uno a dos años (lo que quieran ponerte los que te pillen).
Si no has entendido algo pregunta tranquilo que para eso estamos.
- JogarftaUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Sáb 08 Jul 2017, 03:54
Buenas noches...
No hago otra cosa que leer lo que me has escrito anteriormente.
Estoy acongojado porque me juego la vida.
Estuve en seguridad privada para entregar toda la documentación necesaria para obtener la tip.
Compulsa,registro y demás.
Mientras esperaba tenía a la vista en otra sala al agente de Policía.
No sé si son paranoyas mías pero me miró un par de veces sin venir a cuento mientras tecleaba (supongo que tramitando algo).
Me dijo que en un mes o quizás menos me llamarían.
Yo entrege todo como si fuera la primera vez...sé que cuando se trámite aparecerá en mi expediente que me extinguieron la tip...pero no sé...hay días que estoy arriba y otros hundido.
Vuelvo a reiterar mis disculpas a Jaime juramentado y a todos los que haya podido molestar y/o ofender.
No es justificable pero no le deseo a nadie lo que estoy pasando...y de auxiliar imaginaros...porque no tengo ingresos si no madre mía....donde iba a mandar a ésta empresa.
No hago otra cosa que leer lo que me has escrito anteriormente.
Estoy acongojado porque me juego la vida.
Estuve en seguridad privada para entregar toda la documentación necesaria para obtener la tip.
Compulsa,registro y demás.
Mientras esperaba tenía a la vista en otra sala al agente de Policía.
No sé si son paranoyas mías pero me miró un par de veces sin venir a cuento mientras tecleaba (supongo que tramitando algo).
Me dijo que en un mes o quizás menos me llamarían.
Yo entrege todo como si fuera la primera vez...sé que cuando se trámite aparecerá en mi expediente que me extinguieron la tip...pero no sé...hay días que estoy arriba y otros hundido.
Vuelvo a reiterar mis disculpas a Jaime juramentado y a todos los que haya podido molestar y/o ofender.
No es justificable pero no le deseo a nadie lo que estoy pasando...y de auxiliar imaginaros...porque no tengo ingresos si no madre mía....donde iba a mandar a ésta empresa.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Sáb 08 Jul 2017, 09:48
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] no te preocupes mas y no debes disculparte de nada porque nada ha pasado, entendemos tu calvario compañero aunque hagas de auxiliar para nosotros eres un compañero ya que has sido vigilante y estas luchando para volver a serlo y seguro que lo conseguiras.
Saludos y gracias por volver
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- JogarftaUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Sáb 08 Jul 2017, 20:50
Gracias por tus palabras...
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Re: Antecedentes penales
Sáb 08 Jul 2017, 22:30
Si estás tramitando ya tu TIP y te la dan dentro de un tiempecillo en seguridad privada, significa que ya cumples todos los requisitos para poder tenerla y trabajar de vigilante sin problemas.
Si no, no te la darían.
Pero si ya no tienes antecedentes, pues tienen que dártela.
Ya verás cómo te la dan. No te preocupes más por el artículo 58 que a tí ni te va ni te viene ese artículo ya.
Si te dan la TIP empiezas de cero. Y cero es cero.
Ceroooooooooooooooooooooooo.
No gastes cerebro en pensar en eso, que las neuronas hoy en día hay que tenerlas libres para pensar en cómo no dejarnos torear por nuestros jefes. Je jeeee
Si no, no te la darían.
Pero si ya no tienes antecedentes, pues tienen que dártela.
Ya verás cómo te la dan. No te preocupes más por el artículo 58 que a tí ni te va ni te viene ese artículo ya.
Si te dan la TIP empiezas de cero. Y cero es cero.
Ceroooooooooooooooooooooooo.
No gastes cerebro en pensar en eso, que las neuronas hoy en día hay que tenerlas libres para pensar en cómo no dejarnos torear por nuestros jefes. Je jeeee
- JogarftaUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Dom 09 Jul 2017, 05:44
Muchas gracias.
Si...tramitado está y me dijeron que me llamarían.. no quiero pensar que me van a decir que no puedo habilitarme, pero...no lo puedo evitar.(Intentaré no pensarlo).
¿Al tramitar papeles me hubieran dicho algo?
Ojalá tengas razón.
Ya te digo que de cero cero lo que se dice cero...no empiezo...empezaré por dar las gracias a más de uno de mi empresa que no me ha llamado ni para saber cómo iba (yo no soy así y me cuesta aceptar que la peña va a facturar y si te saca algún benefició mejor).
El último día que estuve para entregar la ropa me prometí a mi mismo que volvería a entrar por la misma puerta por la que salí injustamente.
Tiempo al tiempo
Si...tramitado está y me dijeron que me llamarían.. no quiero pensar que me van a decir que no puedo habilitarme, pero...no lo puedo evitar.(Intentaré no pensarlo).
¿Al tramitar papeles me hubieran dicho algo?
Ojalá tengas razón.
Ya te digo que de cero cero lo que se dice cero...no empiezo...empezaré por dar las gracias a más de uno de mi empresa que no me ha llamado ni para saber cómo iba (yo no soy así y me cuesta aceptar que la peña va a facturar y si te saca algún benefició mejor).
El último día que estuve para entregar la ropa me prometí a mi mismo que volvería a entrar por la misma puerta por la que salí injustamente.
Tiempo al tiempo
- MmaximobaneadoPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Antecedentes penales
Mar 03 Abr 2018, 22:49
Hola jogarfta me gustaría saber cómo te fue con tu problema ya que estoy en la misma situación que tú... Te mando la solicitud de amistad por si tienes tiempo y puedes comentarme tú experiencia te lo agradecería...
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