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El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales». Empty El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales».

Jue 23 Ene 2020, 17:32
lavozdigital.es
Fran M. Galbarro.
22/01/2020.

La empresa que opta a hacerse con los servicios ha tenido problemas de impagos en otras ciudades, donde Podemos criticó las condiciones de la plantilla.

Los vigilantes de los edificios municipales han trasladado al Ayuntamiento de Cádiz su preocupación por las condiciones ofrecidas en el nuevo pliego municipal. UGT ha presentado alegaciones para volver a sacar un concurso que «no cubre los mínimos salariales» y «vulnera la Ley de Contratación pública».

La Junta de Gobierno Local aprobó a finales de noviembre sacar a concurso el nuevo pliego de vigilancia y seguridad, con el que el Consistorio pretende aglutinar en una sola empresa estos servicios. Los trabajadores que ahora se reparten en varias compañías (una de ellas la del Falla, que no paga a sus empleados desde hace casi medio año) pasarían a formar parte de la empresa ganadora del concurso.

El problema, argumentan desde el sindicato, está en que la oferta del Ayuntamiento gaditano «no se cumplen las condiciones mínimas necesarias para aplicar el Convenio Nacional de Seguridad Privada» y «no se contempla en el mismo desglose económico alguno de conceptos tan básicos como la antigüedad de los trabajadores, complementos salariales como el nocturno o festividades».

El máximo ofrecido por el Ayuntamiento es de 5,8 millones de euros por dos años con la cobertura de las dependencias municipales y eventos y actividades organizadas por las distintas Delegaciones. Un precio (sobre el que las empresas pujarán) que, en base a esa carga de trabajo durante ese periodo, «no cubre los salarios de los trabajadores», según UGT.

Ante esta situación, las empresas «serias» del sector que hasta ahora prestaban sus servicios en Cádiz, como Securitas, no han presentado su candidatura porque «los números no dan»,denuncian los sindicatos.

Sólo habría pujado por la adjudicación una compañía que ya ha mostrado retrasos en los pagos a sus trabajadores en otros Ayuntamientos. Sin ir más lejos, los empleados de Chiclana denunciaron recientemente las condiciones con las que trabajaban y el grupo municipal de Podemos señaló al Consistorio chiclanero como «el responsable último de sus condiciones de trabajo».

Según repasó Podemos Chiclana tras su reunión con el colectivo, los trabajadores estaban contratados «por 120 horas, aunque están trabajando alrededor de unas 240». Además, no recibían el plus de nocturnidad ni las horas extraordinarias.

UGT ha pedido cambiar las condiciones del pliego para impedir que el Ayuntamiento de Cádiz vuelva a sufrir las consecuencias de un caso como el de las limpiadoras de Expertus o los vigilantes del Falla. «Si la empresa cumple con todo el contrato tendrá pérdidas. Y ninguna empresa entra para tener pérdidas», recuerda el responsable del sindicato de seguridad UGT en la provincia de Cádiz, Pedro Baciero.

«En Cádiz hay un Ayuntamiento gobernado por quien está gobernado y supuestamente a nivel nacional Podemos lucha porque la ley de contratación pública se adecue a los precios que tiene», concluye.

Los trabajadores del Falla, a la espera de la adjudicación.
La empresa entrante tendría que asumir, entre otros compromisos, la deuda que el Grupo EME mantiene con los trabajadores del Teatro Falla, que llevan ya cinco meses sin cobrar sus sueldos. Según el sindicato UGT, los vigilantes están a la espera de lo que ocurra con la adjudicación.

Si el Ayuntamiento de Cádiz cambia las condiciones y vuelve a sacar el concurso para que nuevas empresas opten al servicio, el sindicato propondrá medidas extraordinarias.

Una de ellas sería que el Consistorio gaditano lanzara un pliego urgente con una empresa que se comprometiera por unos meses a cumplir con esos servicios.

Otra, seguir los pasos dados con las trabajadoras de Expertus, es decir, solicitar a un juez que el propio Consistorio gaditano asuma los pagos de estos cinco vigilantes, al igual que ha hecho con las más de 100 trabajadoras de la limpieza.


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El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales». Empty Re: El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales».

Jue 23 Ene 2020, 17:35
Si el primero que debe cumplir la Ley y dar ejemplo a los demás, presuntamente no lo hace.
Apañaos estamos el resto.
Y como suele ser habitual, los principales paganitos, los Vigilantes de Seguridad.


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El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales». Empty Re: El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales».

Jue 23 Ene 2020, 18:50
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad 2017 -2020.
Artículo 11. Cumplimiento del Convenio Colectivo y promoción del mismo.

Desde la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, prevista para el 9 de marzo de 2018:

a) Con el objeto de promover el cumplimiento del presente Convenio, ambas representaciones se comprometen a instar a los órganos de contratación de las administraciones públicas a que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 129.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, se requiera en los Pliegos de Contratación Pública referentes a prestación de servicios de seguridad, que todos los licitadores pongan de manifiesto, de manera fehaciente, haber tenido en cuenta en la elaboración de sus ofertas las obligaciones que en materia de protección de empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales les impone el presente Convenio, sin que ello obste, como establece ese mismo artículo para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 sobre verificación de las ofertas, que incluyan valores anormales o desproporcionados.

b) Igualmente, de acuerdo con lo recogido en el artículo 202 de la Ley de Contratos del Sector Público, y de la disposición adicional segunda de la Ley 5/2014, de Seguridad Privada, ambas representaciones se comprometen a instar a las administraciones públicas a establecer condiciones especiales de ejecución de los contratos de servicios de seguridad relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de las empresas de seguridad contratistas, velando asimismo por la comprobación del respeto de las obligaciones que, en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, le impone el presente convenio. Todo ello al margen de la obligación del adjudicatario de cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al presente convenio colectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 122 de esta misma Ley.

c) Asimismo, ambas representaciones se comprometen a solicitar a las administraciones públicas que verifiquen el cumplimiento del Convenio en los concursos públicos que convoquen, de manera que si identificaran a algún licitador que realizara una oferta anormalmente baja por incumplir lo dispuesto en este Convenio Colectivo, la rechace al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.4 de la Ley de Contratos del Sector Público.

d) Ambas representaciones se comprometen, igualmente, a solicitar a las administraciones públicas que, al amparo de lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley de Contratos del Sector Público verifiquen que la dotación económica presupuestada en los concursos públicos para la prestación de servicios de seguridad es suficiente para dar cumplimiento a lo recogido en el presente Convenio, al margen de la necesaria adición de los costes derivados de la ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial. En el supuesto de que alguna de las representaciones identifique pliegos de concursos públicos cuya cuantía fuera inferior a la necesaria para cubrir los costes salariales dimanantes de la aplicación de este Convenio, pondrá en conocimiento de dicha administración este hecho por si aquella tuviera a bien modificar las condiciones del pliego.

e) Ambas representaciones se comprometen igualmente a que cuando identifiquen algún pliego de condiciones en los que los criterios relacionados con la calidad no representen, al menos, el 51 por ciento de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas, tal y como establece el artículo 145.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, notificarán esta circunstancia a los órganos de contratación por si aquellos considerasen oportuna la modificación de las condiciones del Pliego.

f) Finalmente, en el supuesto de que ambas representaciones constaten la existencia de incumplimientos o retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales derivadas de este Convenio Colectivo, de ser dicha aplicación grave y dolosa, pondrán esta circunstancia en conocimiento de las administraciones públicas contratantes a efectos de la aplicación de lo dispuesto en los artículos 201 y 211 de la Ley de Contratos del Sector Público.


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El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales». Empty Re: El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales».

Jue 23 Ene 2020, 19:16
30 años de impunidad.......consentida por instituciónes y empresas, sin olvidarnos de los empleados, sindicatos y seguridad privada.
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El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales». Empty Re: El pliego para vigilar los edificios municipales «no cubre los mínimos salariales».

Jue 23 Ene 2020, 19:20
AMBAS REPRESENTACIONES SE COMPROMETEN A...

Yo solo veo "comprometerse" a los sindicatos, y no demasiado.
A las empresas JAMÁS se las ve hacer nada, ni denunciar nada, ni ná. Como ya dije en otros hilos.
¿Cómo es posible que las empresas a Convenio no hagan nada y ni denuncien, ni nada estos concursos que LES IMPIDEN coger esos servicios?
¿Les da igual a los empresarios el no poder acceder a ningún concurso por su bajo precio? ¿Les da igual tener pérdidas e ir a concurso de acreedores por tener que cerrar?
¿O es que quieren ir año tras año acumulando pérdidas para cuando llegue el momento poder entrar en concurso de acreedores, o poder hacer EREs?
Más bien es ésto último.

Nos queda poco para ver la seguridad privada tal y como la conocemos, y por supuesto ahí entramos nosotros, que desapareceremos cuando se instauren ya del todo los vs de ayuntamientos, los auxiliares, y la seguridad tecnológica.

Y las empresas lo saben y por eso no hacen nada.
Si es que se les ve el plumero allá a donde queramos mirar, o leer.
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