Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



CURSO DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
«Curso de Formador de Formadores de Seguridad Privada». Este programa ha sido meticulosamente diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel fundamental de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar y guiar eficazmente a futuros profesionales en este dinámico campo.
Últimos temas
Decir también lo Bueno Dom 05 Mayo 2024, 12:31VayaJaleo94DARSE DE BAJA POR FALTA DE RESPETODom 05 Mayo 2024, 02:07VayaJaleo94Plus Fin de semana y FestivosSáb 04 Mayo 2024, 07:11Alpha_SurvivorLa Seguridad Privada tendrá reducción de jornada laboral a 37'5 horas semanales?Sáb 04 Mayo 2024, 00:51mikiyacu90@gmail.comInspección de trabajo Vie 03 Mayo 2024, 19:49Alpha_SurvivorMetodo analisis de riesgos cuantitativo mixtoVie 03 Mayo 2024, 19:44Alpha_SurvivorProtección de datos de usuariosVie 03 Mayo 2024, 16:35Alpha_SurvivorRETRASO e incumplimiento del PAGO de salarios según Convenio.Vie 03 Mayo 2024, 15:30Alpha_SurvivorDESCANSO SEMANAL QUE NO SE CUMPLEVie 03 Mayo 2024, 15:25Alpha_SurvivorNo entiendo por qué no podemos sacarnos nosotros mismos la licencia de armasVie 03 Mayo 2024, 03:58Invitado
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
RafaVs
RafaVs
Moderador global
Moderador global
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Maxima graduacion
Al mejor A la mejor aportación al foro
Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Masculino Mensajes : 9763
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia

El TSJA da la razón a un Vigilante de Seguridad sevillano tras una odisea en los tribunales. Empty El TSJA da la razón a un Vigilante de Seguridad sevillano tras una odisea en los tribunales.

Vie 24 Jul 2020, 16:33
elcorreoweb.es
22/07/2020.

Este vigilante de seguridad de 46 años no podía trabajar por fuertes dolores lumbares y cervicales y le fue denegada la incapacidad laboral en primera instancia.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido una pensión vitalicia a un vigilante de seguridad que no puede desempeñar su profesión por las dolencias lumbares y cervicales que padece. Según el Alto Tribunal, las patologías traumatológicas que sufre el trabajador le provocan cojera y fuertes dolores en extremidades superiores que le impiden desarrollar las tareas fundamentales de su profesión, "aunque sean éstas exigidas de manera puntual".

Y es que este sevillano de 46 años padece, desde hace, años una discoartrosis cervical, hernia discal L5-S1 con movilidad lumbar dolorosa, así como un trastorno depresivo reactivo. En diciembre de 2015 coge la baja médica y el 8 de marzo de 2016 inicia los trámites para el reconocimiento de su Incapacidad Laboral. Tras pasar reconocimiento médico, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) ve "prematura" la valoración Incapacidad laboral, por lo que el INSS resuelve denegar la solicitud. Según ellos,"no alcanzan las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral".

Es entonces cuando el letrado de Derecho Laboral Álvaro Jiménez Bidón, del bufete Jiménez Bidón Abogados, decide trasladar la petición a los Juzgados de lo Social de Sevilla. El 28 de noviembre de 2018 es desestimada judicialmente la petición al considerar la juzgadora que en la profesión de vigilante de seguridad "no es necesario la realización de grandes esfuerzos y el trastorno depresivo es leve". Un fallo para la defensa del trabajador "incongruente" si tenemos en cuenta que el vigilante de seguridad está siempre expuesto a emplear la fuerza física ante cualquier altercado y otras exigencias, debiendo encontrase, también, en perfectas condiciones psíquicas". Por eso solicita al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que revise el expediente.

Conclusión del TSJA.
Ahora, el Alto Tribunal a llegado a la conclusión de que, tanto INSS como la primera instancia judicial no han tenido en cuenta la premisa básica para el reconocimiento de Incapacidad laboral, esto es, la limitación de las patologías que padece una persona en el desarrollo de las tareas fundamentales de su profesión con un mínimo de dedicación, profesionalidad y constancia. Es inviable, según sus señorías, que un vigilante de seguridad ejerza, entre otras, la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos si sus dolores le provocan cojera. Es por ello anulan la sentencia de Instancia y reconocen la Incapacidad laboral en grado de total para su profesión habitual. Esto supone que el trabajador tiene derecho a una pensión vitalicia correspondiente al 55% de su base reguladora (de unos 1700€), con fecha de efectos de 8 de abril de 2016.


.
Grano a grano, se levanta la montaña.
RafaVs
RafaVs
Moderador global
Moderador global
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Maxima graduacion
Al mejor A la mejor aportación al foro
Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Masculino Mensajes : 9763
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia

El TSJA da la razón a un Vigilante de Seguridad sevillano tras una odisea en los tribunales. Empty Re: El TSJA da la razón a un Vigilante de Seguridad sevillano tras una odisea en los tribunales.

Vie 24 Jul 2020, 16:41
Vamos por partes:

"...Juzgados de lo Social de Sevilla... es desestimada judicialmente la petición al considerar la juzgadora que en la profesión de vigilante de seguridad "no es necesario la realización de grandes esfuerzos y el trastorno depresivo es leve".

Conclusión del TSJA.
... Es inviable, según sus señorías, que un vigilante de seguridad ejerza, entre otras, la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos si sus dolores le provocan cojera.

La disparidad de críterios o intrepretaciones de las Leyes de este nuestro País, si alguien se lo propusiera, daría argumentos suficientes para una buena tesís de fin de carrera. Cuestión diferente es que a partir de la misma, quien fuera su autor, pudiese ejercer a posterirori.
Esto es lo que hay y así nos va, en esta nuestra querida España.


.
Grano a grano, se levanta la montaña.
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.