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La justicia declara nula la sanción impuesta por SEGURISA al compañero Juan Francisco Vázquez Reyes
Miér 14 Ene 2015, 03:17
Damos publicidad del pleito ganado por la asesoría jurídica de SPV para nuestro compañero Juan Francisco Vázquez Reyes, afiliado a SPV y miembro del Comité de Empresa de la empresa SEGURISA, por la sanción impuesta de un mes un día por la citada empresa, cuando prestada servicio en las instalaciones de Renfe en septiembre de 2012.
La Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Nº 10 de Sevilla, ha declarado nula y ha dejado sin efecto la sanción aplicada al trabajador, condenando a la mercantil Servicios Integrales de Seguridad S.A (SEGURISA) al abono de los salarios dejados de percibir en cumplimiento de la sanción, sentencia que es firme y contra la que no cabe interponer recurso de suplicación.
La empresa le imputaba al trabajador una falta de incumplimiento de los procedimientos en la realización del turno de noche en el servicio Renfe San Pablo, durante el cual se realizó un grafiti en dichas instalaciones, motivo por el cual fue separado del servicio. En la vista del juicio quedaron probados que los cargos imputados al trabajador no eran ciertos y ademas, SEGURISA no cumplió en tiempo y forma con la comunicación al Comité de Empresa del expediente abierto al trabajador, habida cuenta que el sancionado ostentaba el cargo de miembro de comité, vulnerando así lo dispuesto en el Estatuto de lo Trabajadores en lo referente a las garantías de los representantes de los trabajadores.
Nuestra enhorabuena al letrado de SPV Andrés Pérez Benitez por el trabajo realizado y al compañero Juan Francisco, que ha visto después de más de dos años de espera como la justicia le ha dado la razón en todos sus extremos, quedando claro que las acusaciones vertidas por SEGURISA contra su deber profesional eran infundadas y carentes de veracidad.
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La Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Nº 10 de Sevilla, ha declarado nula y ha dejado sin efecto la sanción aplicada al trabajador, condenando a la mercantil Servicios Integrales de Seguridad S.A (SEGURISA) al abono de los salarios dejados de percibir en cumplimiento de la sanción, sentencia que es firme y contra la que no cabe interponer recurso de suplicación.
La empresa le imputaba al trabajador una falta de incumplimiento de los procedimientos en la realización del turno de noche en el servicio Renfe San Pablo, durante el cual se realizó un grafiti en dichas instalaciones, motivo por el cual fue separado del servicio. En la vista del juicio quedaron probados que los cargos imputados al trabajador no eran ciertos y ademas, SEGURISA no cumplió en tiempo y forma con la comunicación al Comité de Empresa del expediente abierto al trabajador, habida cuenta que el sancionado ostentaba el cargo de miembro de comité, vulnerando así lo dispuesto en el Estatuto de lo Trabajadores en lo referente a las garantías de los representantes de los trabajadores.
Nuestra enhorabuena al letrado de SPV Andrés Pérez Benitez por el trabajo realizado y al compañero Juan Francisco, que ha visto después de más de dos años de espera como la justicia le ha dado la razón en todos sus extremos, quedando claro que las acusaciones vertidas por SEGURISA contra su deber profesional eran infundadas y carentes de veracidad.
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