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quique62
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Mar 22 Mar 2016, 12:50
Hola, soy nuevo en este foro y en el desespero os he encontrado y me gustaria que me aclararais una serie de condiciones que estoy soportando en mi servicio de seguridad privada armado.
Bueno os pongo al día yo soy vigilante de seguridad desde hace 23 años, pero hace uno la empresa con la que trabajaba perdio el servicio y entro otra nueva.
Mi servicio es un tanto especial, me encuentro prestandolo en un patalan en el cual llegan barcos continuamente, pero no es un servicio cubierto de 24 h, solo esta cubierto cuando se sabe que llega algun barco. Problema que se nos presenta?? que vivimos pendiente del telefono todo el santo día , sin cuadrante, ni sabemos cuando trabajamos nunca o cuando descansamos.
A esto ya nos ibamos adaptando y aceptando por que en los tres primeros meses de esta situación la empresa nos pagaba todas las horas extras que echabamos ( He llegado hasta 210 h) con lo cual aunque me hartaba de trabajar al menos tenía mi recompensa economica, ya que la vida familiar la tenía totalmente anulada.   Tengo que decir que igual algun mes ha habido menos barcos y no hemos llegado a las 162 que corresponde al computo del vigilante. Pero ha principios de año la cosa ha cambiado para mucho peor. Resulta que la empresa viene con el cuento que las horas no se pagan hasta fin de año NI SE QUIERE PAGAN EN DINERO NI EN DIAS DE DESCANSO HASTA FINAL DE AÑO!!!!!!. Yo cuando empezo esta situacion presente un solicitud a la empresa de no realizar horas extras,. lo cual no se me esta respetando ya que su idea es que vaya acumulando mes tras mes horas hasta fin de año...... con lo cual ni descanso apenas ni cobro absolutamente nada extra.
Esta situación se agraba por que antes algun que otro vigilante de otro servicio venía a cubrir algun día para que descansaramos ( mi compañero y yo ) pero que pasa??? que al no querer la empresa pagar las horas NADIE APARECE, NADIE CONTESTA LAS LLAMADAS DEL JEFE DE EQUIPO NADIE VIENE A TRABAJAR ACOGIENDOSE A QUE TIENEN SUS SERVICIOS Y NO COBRAN LAS HORAS , con lo cual ahi nos tiene día tras día a 12 horas ( La ultima vez he estado una semana a piñon a 12 h ) pro que no habia nadie para venir.
Tengo que aclarar que nosotros estamos sin cuadrante lo cual entiendo ya que nunca se sabe cuando van a venir los barcos y es muy dificil poner turnos de trabajo pero la empresa nos dice que tenemos un cuadrante anual ( para lo que les conviene tenemos cuadrante) ... eso lo hemos aceptado, pero lo que si queremos es que al menos tengamos un tope de horas al mes en la que podamos decir HASTA AQUI!!!!. Queremos por favor toda la información x que no queremos pedir nada que no nos pertenezca y lo que hagamos lo quremos hacer teniendo la razón de nuestra parte por eso pido ayuda y que alguien entendido en el tema nos aclare:
1º Si en esta situación tenemos el derecho de tener un tope de horas como cualquier vigilante ( con cuadrante anual, segun la empresa es el que tenemos)
2º Que horquilla horaria tendriamos
3º Si es cierto que según la Ley tenemos que acumular todas las horas que hagan falta hasta final de año ( ESTO NOS LO DICE EL INSPECTOR).
4º Si puede ser falta disciplinaria el decir no!!!! cuando  cumplamos el computo

Esta es mi situación ...penosa por que la empresa nos esta utilizando a su antojo , solo queremos nuestros días de descanso semanales y si no hay gente que la busquen.... por que si no por esa regla de tres no paramos de acumular  horas. Este mes según el panorama que se presenta y despues de volver a aclararme el jefe de equipo que la g ente no quiere venir me puedo plantar en 70/80 horas extras o sea 230 o mas horas .
Por favor alguien que pueda aclararnos como debemos actuar y si estamos dentro de la reazón por que estamos dispuesto a denunciar a la Inspección de trabajo pero lo que no quiero es después quedar con cara de tonto por que existe alguna letra chica que no conozcamos en el convenio. Muchas gracias compañeros, espero vuestra ayuda
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Mar 22 Mar 2016, 14:03
Hola [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], Bienvenido al foro, como ves te he movido el tema aquí porque en presentaciones es solo para presentarnos y tu expones un tema concreto y te agradecemos tu buena intención de presentarte en el lugar apropiado.

Bueno, es una animalada lo que os hacen, algo que el convenio no dice por ningún lugar, salvo que cuando por circunstancias de servicio se pueda producir un aumento de trabajo etc.

Lo que quiero decir es que las horas extra os las deben pagar un mes para otro como máximo, y 80 horas extra por año,aunque es recomendable y hay sentencias donde las obligan a pagar el mismo mes.
De todas formas , no se que empresa teneis pero si estais como dices mas compañeros , lo deberíais poner en manos de un abogado laboralista que se tome la molestia de saberse el convenio estatal de empresas de seguridad para que no patineis, pero seria muy fácil que la empresa aun sabiendo que es ilegal lo que hacen también piensen que por motivos de necesidad y de paro en el sector se quieran aprovechar, es mi opinión.

Ten paciencia y ya veras como en este mismo hilo se iran sumando compañeros que te aclararan mas el tema, compañeros casi expertos en estos temas laborales.

saludos y bienvenido al foro


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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Mar 22 Mar 2016, 16:01
Entre turno y turno debe de haber mínimo de 13 horas de descanso, por lo que sí ya haces dos días seguidos de 12 h ya tienes motivos más que suficientes para denunciar en inspección de trabajo.

Mi consejo: reunid tantas nóminas, cuadrantes, contratos y documentación cómo os sea posible.

Id a un sindicato u abogado particular y metedle una denuncia de agárrate y no te menees.

Saludos
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Mar 22 Mar 2016, 22:13
quique62 escribió:[justify]
Mi servicio es un tanto especial, me encuentro prestandolo en un patalan en el cual llegan barcos continuamente, pero no es un servicio cubierto de 24 h, solo esta cubierto cuando se sabe que llega algun barco. Problema que se nos presenta?? que vivimos pendiente del telefono todo el santo día , sin cuadrante, ni sabemos cuando trabajamos nunca o cuando descansamos.
-----------------------------------------------
Tengo que aclarar que nosotros estamos sin cuadrante lo cual entiendo ya que nunca se sabe cuando van a venir los barcos y es muy dificil poner turnos de trabajo pero la empresa nos dice que tenemos un cuadrante anual ( para lo que les conviene tenemos cuadrante)

Hola Quique62:
Al final, no se si tienes cuadrante o no.
¿Tenéis un cuadrante en vuestro poder o no? Un papel concreto en vuestras manos. Si no lo tenéis en vuestro poder, no tenéis cuadrante.
¿Cómo puede la empresa deciros que tenéis cuadrante anual si no lo tenéis?
Si la empresa tiene un cuadrante "escondido en la oficina" pero no os lo da, ni lo tenéis con vosotros, significa que NO TENÉIS CUADRANTE. Tener un vigilante un cuadrante significa que el vigilante pueda consultarlo cuando quiera, ver los días de trabajo y libranza... etc.
No tener un vigilante un cuadrante significa tener que llamar a la oficina para saber de qué trabaja o cuando libra (o que le llamen).
Dicho esto ¿tienes cuadrante en tu poder o no lo tienes? Te lo digo porque la cosa cambia de tener cuadrante, a no tenerlo, y también cambia dependiendo del tipo de cuadrante que tengas (anual o mensual), con respecto a cómo se "deben" horas y a que se aplique la horquilla horaria o no se aplique.

Empiezo:

TEMA CUADRANTES ANUALES

Lo puedes consultar en este artículo:
Artículo 41, punto 2) del Convenio de Seguridad
Resumo:
Cuando un servicio sea fijo y estable (mira este artículo para saber si tu servicio lo es, aunque yo creo que sí),
deberá tener un cuadrante anual. Este cuadrante anual deberá entregarse a los trabajadores de ese servicio y a los representantes legales de los trabajadores (uséase, al comité de tu empresa).
Y deberá entregarse 1 mes antes de que deba aplicarse (si el cuadrante va de Enero a Diciembre de 2016, deben dártelo el 1 de diciembre de 2015).

Si tú no tienes en tu poder este cuadrante anual (en caso de corresponderte) tu empresa estaría incumpliendo este artículo del Convenio.
Si además preguntas a algún miembro del comité de empresa, y ellos NO tienen tu cuadrante anual tampoco, la empresa estaría incumpliendo este artículo doblemente.
Si preguntas a tu inspector de seguridad si tienes cuadrante anual (ya que tú no lo has visto y los miembros del comité tampoco), y te dice que sí, que lo tiene él en un cajón de su oficina, le dices que muy bien te parece, pero que NO ESTÁ CUMPLIENDO EL ART 41 PUNTO 2) DEL CONVENIO.

Continúo con el cuadrante anual en ese mismo artículo:
Si estás a jornada completa (162 horas) este cuadrante anual deberá reflejar para cada trabajador del servicio:
- 1782 horas repartidas durante todo el año.
- Este reparto de 1782 horas se hará de la siguiente manera:
*Horquilla de 144 horas hasta 176 en los meses de 30 o 31 días.
*Horquilla de 134 hasta 162 horas en el mes de febrero (por la cuestión de que tiene menos días)
¿Qué significa esto de la horquilla?
Pues que te puede venir el cuadrante anual de esta manera:
Enero - 144 horas
Febrero - 137 horas
Marzo - 156 horas
Abril - 176 horas
Mayo - 190 horas ¿Eh? Esto no. No te pueden poner 190 horas porque la horquilla va hasta 176 horas en los meses de 31 días. Así que vamos a dejarlo en 176 horas, por ejemplo.
Junio - 170 horas
Julio - 134 horas ¿Eh? Esto tampoco puede ser, porque para bajar de 144 horas tenemos que estar en el mes de febrero. Así que vamos a poner 144, por ejemplo.
Agosto - VACACIONES, POR FIN.
Etc, etc

En este cuadrante anual que nos han dado, la suma de horas de todos los meses tiene que ser igual a 1782. He de decir que el mes de vacaciones no cuenta para nada en estas 1782 horas, ya que 162 x 11 meses = 1782. La suma de las horas de todos los meses debe ser como mínimo 1782.

Luego irían aparte las horas extras que tú quisieras hacer de forma voluntaria. Voluntaria (lo dice el artículo mismo 41, punto 2) apartado b) hacia la mitad). Luego te hablaré de las horas extras. Por ahora ya vamos viendo que son VOLUNTARIAS. Voluntario = NO OBLIGATORIO.

Este sería el cuadrante anual correcto.

Debo decir que si hay algún vigilante contratado a jornada parcial, por ejemplo a 81 horas al mes, todo lo dicho para el cuadrante anual se reduciría de manera proporcional. En este caso de 81 horas de jornada, se reduciría todo a la mitad, más o menos. Es decir, la jornada anual que debería ser cubierta al año sería de 891 horas (la mitad de 1782).
Y las horquillas respectivas, también se reducirían a la mitad: ejemplo, una horquilla de 144 a 176 horas en jornada completa, pasaría a ser de 72 a 88 horas en esta jornada parcial.

A la hora de cobrar la nómina cuando se tiene un cuadrante anual:
Debes cobrar todos los meses el salario base completo, es decir, todo lo que viene reflejado en las tablas salariales: sueldo base, plus transporte, plus vestuario, plus de peligrosidad. COMPLETO. Y la razón de cobrarlo completo es porque como ya nos han calculado la jornada anual entera y la han repartido por todos los meses del año, y unos meses hacemos menos horas y otros meses hacemos más horas, al final resulta que al terminar el año habremos hecho toda la jornada correspondiente.

Continúo con el cuadrante anual:
Cada mes debes librar por lo menos 1 fin de semana, de 48 horas de duración. Estas 48 horas seguidas de libranza comenzarán a contar desde que salgas el viernes de tu servicio. Es decir, que si sales a las 15:00 del viernes, debes librar hasta las 15:00 del domingo (parece como raro, pero es lo que pone en este artículo 41 que estamos viendo aquí).
Cuando no debe librarse obligatoriamente este fin de semana, es decir, que te quedas sin librar, es por causas muy concretas que también pone en ese artículo, como por ejemplo, que estés contratado exclusivamente para trabajar fines de semana, o que se haya pactado otra manera de librar (pactado es "pactado", no porque le de la gana a tu inspector. Pactado con el comité, pactado con quien sea, pero escrito y firmado por alguien.
O también podrías no librar este fin de semana cuando el cliente pida un incremento imprevisto de la plantilla de vigilancia. Imprevisto es imprevisto = algo que no se puede preveer con antelación, como por ejemplo lo siguiente:
Resulta que en un servicio con 1 vigilante, en un recinto vallado, han entrado 5 cacos y han roto toda la valla.
Ahora el recinto está "desprotegido" sin valla. El cliente pide entonces que vayan más vigilantes, para que puedan repartirse a lo largo de la valla y vigilar así este imprevisto que ha surgido, hasta que arreglen la valla. En este caso, podrías no librar ese fin de semana. PERO sin embargo, como era una cosa imprevista, tu empresa de seguridad te GUARDARÁ este fin de semana para más adelante. Es decir, que no lo pierdes nunca. Así que en un mes determinado, en lugar de un fin de semana, tendrás dos.

Ahora imaginemos que este cliente de la valla rota, lleva 1 mes sin arreglar la valla, porque no le sale de las...
Ningún vigilante estaría obligado a quedarse sin su fin de semana libre para ir a vigilar la valla de este cliente tan "dejado", porque ya ha dejado de ser un imprevisto, para pasar a ser "una gran dejadez" por su parte.

En este cuadrante anual, debes librar una de estas noches: 24 de diciembre o 31 de diciembre.


TEMA CUADRANTES MENSUALES

Cuando tenemos un cuadrante mensual, y NO ANUAL, este cuadrante deberá tener al mes puestas 162 horas.
NADA DE HORQUILLAS. Las horquillas NO EXISTEN cuando no tenemos un cuadrante anual.

Si en algún determinado mes nos ponen en el cuadrante mensual, por ejemplo, 147 horas, vemos que no llegamos a la jornada. La empresa, en este caso TIENE 2 MESES para compensarnos esta falta de jornada. Por ejemplo, poniéndonos al mes siguiente en lugar de 162 horas, 177: 162 normales más 15 que teníamos pendientes del mes anterior. O bien nos puede poner al mes siguiente 8 horas más (170) y al siguiente las otras 7, es decir 169. El caso es que tienen dos meses para ponerlas. No 3, ni 4, ni todo el año. 2 meses.
Por supuesto que el mes en el que has hecho 147 horas cobras todo el sueldo como si hubieras hecho 162, porque para eso, cuando te compensen la falta de jornada en los dos meses siguientes, también vas a cobrar 162.
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

TEMA HORAS EXTRA

Horas extra cuando se tiene un cuadrante anual:

son todas las horas que se pasen de las que refleje tu cuadrante al mes.
Ejemplo: en los meses que he citado antes, cuando hablaba de la horquilla, teníamos por ejemplo en Marzo 156 horas puestas en nuestro cuadrante anual. Al cliente se le ha roto la valla y ha pedido refuerzos para su imprevisto. Así que has ido a trabajar un día más, de 8 horas por ejemplo. Con lo cuál en marzo, en lugar de 156 horas has hecho 164. Esas 8 horas, por lo tanto son EXTRAS. Las 8 en su totalidad. No vale que te digan que sólo tienes 2 horas extra porque la jornada de un vigilante son 162 horas mensuales. NO VALE ESO. Porque para eso tienes un cuadrante anual que reparte la totalidad de la jornada, 1782 horas, entre los doce meses del año. Con lo cuál, si algún mes te pasas de lo que ponga en tu cuadrante, todo lo que se pase son horas extra. TODAS.

¿Cuándo me tienen que pagar estas horas extra, o cuándo me tienen que dar este día de descanso retribuido?
Para ello debemos mirar el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, pues el convenio nos dice:

"Las horas extraordinarias se compensarán en descansos o se abonarán de acuerdo
con lo establecido en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores."

Este artículo 35 nos dice que si la empresa te compensa las horas por descanso retribuido, debe hacerlo en los cuatro meses siguientes a su realización. Así que si has realizado estas 8 horas de nuestro ejemplo, el día 15 de marzo, tendrían hasta el 15 de julio para haberte dado ya un día de descanso retribuido. Es decir, repito, un día en el que cobras pero no trabajas.

Si en vez de darte un descanso retribuido, te pagan estas horas extras se deben cobrar con la nómina de ese mismo mes de marzo, o como mucho en el mes de abril (lo digo porque hay empresas que pagan algún tipo de concepto al mes siguiente). Pero NO A FIN DE AÑO COMO DICE TU INSPECTOR. ¿De dónde se lo ha sacado? ¿Dónde lo pone? Yo nunca lo he visto, así que esto es FALSO. Te lo dice porque a la empresa le conviene pagarte contra más tarde mejor, porque así van "jugando" con tu dinero (y con el del resto de trabajadores). Todas las nóminas y sus conceptos hay que pagarlas cuando se debe, no cuando se quiere.


Horas extra cuando NO se tiene un cuadrante anual:[/u]

Cuando tenemos un cuadrante mensual, y NO ANUAL, este cuadrante deberá tener al mes puestas 162 horas.
Así que TODAS LAS HORAS QUE SE PASEN DE 162 SON EXTRAS. TODAS. Menos las que hubieran utilizado para compensar la jornada de algún mes que no llegáramos a las horas (como he dicho antes).
También se compensan de la misma manera que he dicho antes, y que debíamos remitirnos al estatuto de los trabajadores, art 35, es decir:
- o te las pagan en tu nómina del mes en curso, o como mucho al siguiente
- o te dan un día de descanso retribuido dentro de los 4 meses siguientes al que has hecho estas horas extra.


Ahora te voy a copiar un trocito de lo que has escrito en tu post, para explicarte:
"3º Si es cierto que según la Ley tenemos que acumular todas las horas que hagan falta hasta final de año ( ESTO NOS LO DICE EL INSPECTOR)."

Y te voy a decir qué es lo que ha mezclado este inspector (por supuesto que queriendo mezclarlo para que os lieis):

El tope de horas extra según estatuto y convenio y la legalidad vigente es de 80 HORAS EXTRA AL AÑO.
Es decir, que se supone que NADIE debería hacer más de 80 horas extra al año. Si las repartimos en los 11 meses de trabajo que nos quedan quitando el mes de vacaciones, nos sale una media de 7 horas y pico al mes extras. Pero bueno, no hay por qué repartirlas así. Era para que os hagáis una idea de a lo que sale al mes.

Tu jefe ha mezclado churras con merinas. No es que tengas que acumular las horas para fin de año y cobrarlas como "regalo navideño". Sino que "cuando llegue final de año" deberás haber hecho COMO MUCHO 80 horas extras. Pero cobrándolas cuando corresponda, es decir en tu nómina del mes, o como mucho al siguiente.

Otro apunte para esto de las 80 horas extra al año:

NO CUENTAN PARA ESTAS 80 HORAS DE TOPE anuales las horas extra que te hayan compensado con descansos.
Es decir que si un mes haces 40 horas extra, y en lugar de pagártelas, la empresa prefiere compensártelas con descanso retribuído, es decir, con días libres que cobras pero no trabajas, estas 40 horas extra no se cuentan para estas 80 de tope.
Pero si estas 40 horas TE LAS PAGAN como extras, sí que cuentan para el tope de 80 horas anuales.

¿Por qué no cuentan las horas extras que haces, pero que te compensan por días libres? Pues porque "lo comido por lo servido".

Una última cuestión:
las horas extra son voluntarias, como ya te dije antes.
Has dicho que has presentado una solicitud a tu empresa para no hacerlas. ¿Esta solicitud está firmada por tu empresa? ¿Tienes una copia?
Pues si no tienes nada de esto, redacta un escrito diciendo que no quieres hacer horas extra. Preséntalo en tu empresa y que te firmen que han recibido esta hoja. En la misma hoja.

Porque si sólo les has dado un papel con tu escrito, pero nadie ha firmado nada, es como si no existiera.


Me vais a permitir que termine aquí por ahora, porque me está entrando dolor de cabeza de tantas leyes.
En otro momento continúo con esto.
Pero más o menos ya te he dicho todo.
Miraré a ver qué me falta por comentarte.

Si no entiendes algo de todo esto, pregunta lo que quieras.


Un saludo

PD. Sí, te están chuleando "ligeramente".
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Mar 22 Mar 2016, 22:26
pues la mía si te dijera mis turnos te caes de culo al suelo
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Miér 23 Mar 2016, 05:46
Muy bien [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], estas muy muy puesta en derecho laboral, gracias por participar aquí. Es una suerte contar con tus conocimientos.

Saludos
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Miér 23 Mar 2016, 08:03
palopiedra escribió:Muy bien [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], estas muy muy puesta en derecho laboral, gracias por participar aquí. Es una suerte contar con tus conocimientos.

Saludos

Digo lo mismo, asi da gusto con compañeros/as asi que ayudan desinteresadamente.

saludos


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Miér 23 Mar 2016, 09:49
]Muchisimas gracias por toda vuestra información, no me manejo muy bien aún en esta página, Estas respuestas son más o menos lo que yo pensaba al respecto, pero claro después tellega el Inspector diciendo que por" ley" esto que por ley aquello".
Respecto al cuadrante , no tenemos cuadrante por que no puede preveerse un cuadrante si no sabemos cuando entran los barcos en los pantalanes que es donde prestamos nuestro servicio, por ello es que ese aspecto lo entendemos y lo que si exigimos es que ya que no tenemos un cuadrante de trabajo lo cual nos lleva a NO TENER VIDA  directamente al estar siempre pendiente de un telefono, al menos tener un cuadrante de descansos equitativo al resto de vigilantes que prestan otros servicios  dentro de la empresa.
En relación con lo de la solicitud de NO A LAS HORAS EXTRAS , aqui hay un problema e impotencia tremendo por que yo presente dicho escrito hace al menos 3 meses, y SI, ME QUEDE CON UNA COPIA. Pero... ¿ que ocurre?, Pues que la empresa no contesta a mi solicitud y lo que tengo simplemente es una copia del que presente al jefe de equipo el cual se supone que paso al Inspector, este sabe que ese papel existe, pero no lo firma y es por ello que me dice que sí....que me lo respeta pero para cuando tenga el computo anual hecho, ¡ Vamos que puede ser para el mes de Septiembre o más !! . Y mientras.... que pasa??? que vivo solo para ir a trabajar cada vez que me llamen?, ¿ Que tengo que aguantar amenazas?, por que sé que va a amenzar con que LA COSA ESTA MUY MALA Y PEOR SE ESTA EN EL PARO..... como ya he escuchado!. Continuando con el tema de el deseo de la empresa de respetarme la solicitud de estar al computo establecido una vez  que no tenga el computo anual .... Me quiere hacer ver que en Septiembre si tengo el comuto anual hecho me puedo ir para casa los meses que quedan!!! Pero este tio se cree que soy tonto????? , Que nos van a tener ( a mi compañero y a mi ) en casa sin trabajar 2 o 3 meses ?, "SABIENDO EL PROBLEMA QUE EXISTE DURANTE TODO EL AÑO PARA CUBRIR ESTE SERVICIO POR QUE NADIE VIENE A ECHAR HORAS POR QUE NO LAS PAGAN MENSUALMENTE ". Esto llevaría  a mas amezanas a final de año y mas malos rollos. Total que entre una cosa y otra, estamos desesperados y es por eso por lo que queremos ya IR A POR TODAS  a presentar nuesta situación ante la Inspección de Trabajo,. Compañeros ruego que cualquier información al respecto de este caso que nos pueda servir de ayuda me la hagais llegar. Voy a necesitarla. Muchas gracias.
Ah!! y otra cosa ¿ Hay alguna manera de obligar a la empresa que me firme el papel de solicitud de computo??, por que si no lo firma estamos igual, ¿ Que puedo hacer?. Estoy atado de piés y manos.
pd: Deciros para ser justos que lo único que si nos estan danto es el fin de semana al mes, lo justo es justo.


Última edición por quique62 el Miér 23 Mar 2016, 10:21, editado 1 vez
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Miér 23 Mar 2016, 09:57
Yo ya dije el que, denunciar esta situación flagrante, todo lo demás si ya has hecho los pasos mencionados no te servirá para nada, solo hay un camino y es doloroso pero hay que hacerlo, además pregunto yo si en tu empresa el delegado sindical esta de bonito o para hacer su trabajo de ayudaros, eso no lo entiendo tampoco.

saludos


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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Miér 23 Mar 2016, 10:14
El Comite de Empresa no me inspira confianza, ya que al no afectarle  esta situacion que vivimos mi compañero y yo tampoco se mojan mucho, solo hay uno de ellos que parece prestarnos atención pero no tiene mucho peso en el Comite,. De echo se recibio un escrito de la empresa con relación a el tema del computo y pago de horas para que ellos lo firmaran y no decia ni mas ni menos que SE TENDRIA QUE ECHAR TODAS LAS HORAS ARRASTRADAS QUE HICIERA FALTA Y EN SU NEGATIVA QUE SE DESCONTARIA DE NOMINA LA PARTE CORRESPONDIENTE A LAS NEGATIVAS QUE SE PUDIERAN TENER... SIN ESPERAR NI A FINAL DE AÑO!!! MUY FUERTE!!!!  y de tres miembros que son lo firmaron dos, gracias a la negativa de no firmar del tercero no ha llegado a buen puerto, pero ya os digo que van a lo suyo , estan en unos servicios en los que tienen su cuadrante clavao sin problemas ni de horas negativas ni positivas con lo cual a ellos les da igual... sin mirar como puede afectarnos eso al resto de compañeros , en especial a mi y mi compañero que somos los que tenemos peor situación. Es que si se eso se firma  TENDRIAN NUESTRA VIDA EN SUS MANOS, por que entonces ni solicitud de computo ni nada... nos veriamos arrastrados a que dispusieran de nosotros no????.
Digo esto por que siempre hay alguna letra pequeña en la que aclara que fuera del computo anual hay casos en los que la empresa junto con acuerdo de los representantes de los trabajadores pueden acordar otro tipo de computo. Y digo yo???? y si algún día firman eso .... que hacemos nosotros???, contra quien luchamos????. Estamos con las carnes abiertas pensando que cualquier día estos firman algo parecido y nos vemos en una tela de araña y ya sin poder hacer nada, por que la empresa siempre nos va a decir que se ha acordao con el Comite. Pero claro ¿ hasta que punto pueden esta gente firmar algo que  afecte negativamente a otros compañeros  ?Estamos desolados
. O es que el Comite tendrían que consultarnos a los trabajadores primero??
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Miér 23 Mar 2016, 10:39
Compañero con la antigüedad que tiene el único camino que te queda es luchar no podéis dejar que el miedo domine vuestras vidas.

Saludos
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Valkyria
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Miér 23 Mar 2016, 16:22
Te voy poniendo aqui esto, por ahora:
NADIE puede firmar un papel como el que tú dices, de que teneis que hacer todas las horas arrastradas que haga falta y si no os lo descuentan de la nómina.
Es completamente ilegal. No por ser un comité pueden firmar lo que les de la gana.
Es ilegal aplicar "sanciones" por parte de la empresa que consistan en una merma del salario. Y en ese papel la estàn proponiendo. Y más por cumplir una cosa ¿ilegal?
Te pregunto: esas horas arrastradas que quieren que hagais ¿entran en la cuestión esta de que se hagan durante los dos meses siguientes al que no llegueis a las horas? ¿O pretenden que las hagais mas repartidas durante el año?
Si pretenden que unas horas que debas en enero, las hagas en mayo, por ejemplo, es ilegal. Las tendrías que hacer en febrero o marzo. Y si no te las ponen en febrero y marzo es problema de la empresa, no del vigilante.

Mira, ójala firmaran ese papel que dicesy os dieran una copia. Porque así tendríais una prueba en vuestras manos que presentar en una demanda.
Obligación de hacer horas arrastradas eternamente cuando ellos quieran (Ilegal, va contra el convenio y el estatuto) y para más inri sanción con merma de la nómina. Así que no tengas miedo de que firmen esto, porque es ilegal y una prueba de las irregularidades de tu empresa.

Un comité sólo puede firmar cosas legales, que no contravengan el convenio.
Es lo mismo que si un comité firma: a partir de ahora ningún vigilante cobrará plus de nocturnidad.
Pues no pueden.
Nada que contravenga el convenio.
A no ser que quieran descolgarse del convenio o algo así, y para eso deben presentar papeleos de pérdidas monetarias ante el organismo correspondiente.

Otra cosa:
Según la ley de protección de datos, ninguna persona està obligada a dar su movil, correo electrónico... etc a la empresa. Y si ya lo tienen, uno puede ir a decir a la oficina que los borren.
¿Por qué te digo esto?
Pues porque, aunque no vayas a decir que borren tu móvil, porque no te atrevas, que sepas que NADIE ESTÁ OBLIGADO A CONTESTAR A SU TELÉFONO O CORREO PERSONAL. Son aparatos personales. La empresa no puede llamarte al móvil cuando le de la gana. Lo dice la ley de protección de datos. Es decir, que es ilegal también hacerlo. Con lo cuàl de aquí deducimos,aunque viene en los convenios, pero nos ayuda a pensar que todo trabajador debe tener un calendario laboral, en nuestro caso, un cuadrante, para que el trabajador pueda conciliar y planear su vida personal. Esto es por ley.
Tienes que tener un cuadrante. Y yo pienso que pueden hacerlo de sobra, el cuadrante. Y si no, que planteen el servicio de otra manera, no es problema del vigilante. ¿Qué pasa ahí en el pantalàn ese? No se lo que es un pantalán, o como se escriba. ¿Qué pasa? ¿Llegan barcos de la nada? ¿Se materializan por el horizonte marino y entonces os llaman? ¿No sabe el cliente ese del patalàn cuando van a salir barcos de su origen? ¿No tienen planes de salida y llegada de barcos? ¿Salen de su origen cuando les da la gana?
Aun así, no sería vuestro problema, porque entonces, que pongan vigilante durante más horas, a esperar a los barcos que puedan ir en cada turno.

Es lo mismo que si una fábrica hace esto:
No tiene vigilantes, pero si el jefe de la fábrica ve un ladrón por la ventana, rondando, llama a la empresa de seguridad para que mande a un vigilante, por si acaso roba. Y así hace todos los días. Si ve a un ladrón, llamanal vigilante a su móvil para que vaya a ver.
Pues no hacen esto, lo que hacen es tener vigilantes siempre, o en turnos en los que es previsible el robo.

Si puedes explicar por qué no saben cuando llega un barco, y qué es lo que teneis que hacer, y cuántos barcos llegan al día. Si os llaman varias veces al día (aunque sea a distintos vigilantes). Es para saber si es posible poner turnos, en vez de llamaros. Cuenta esto un poco, para poder decirte.

Pero que sepas que no pueden llamarte al móvil, y que el papel ese del comité sería ilegal, y ojala lo firmaran y os dieran una copia.

Respecto a la solicitud de no hacer horas, no se la des a nadie. Llevala a la oficina, si está en tu ciudad.
Si la ofi no está en tu ciudad, o no quieres ir, haz lo siguiente, bueno, mejor haz esto directamente, sin ir:
Averigüa el número de fax de tu empresa, vendrà en internet o en alguna guía, y manda un burofax a tu oficina, con tu escrito de que comunicas tu deseo de no hacer extras.
Así no pueden decir que no lo han recibido.
El burofax lo mandas desde alguna librería o tienda en la que tengan para mandarlos, que las hay. Tienes que pagar, ahora mismo no se cuanto, pero sobre 3 euros, quizá un poquito más.
En la tienda te dan una confirmación de haberlo mandado, y te la quedas, como prueba, porque ahí viene el texto que has mandado.
La empresa si que está obligada a ver ese fax, burofax se llama. Porque para eso es una empresa y no se lo has mandado a casa del jefe, sino a una oficina. Con este burofax ya puedes no hacer horas extra, a no ser las obligatorias que son cuando haya un terremoto, un maremoto o una bomba atómica que tiren en el patalán.

Y si te mandan hacerlas, tienes el burofax mandado. Lo que pasa es que aunque lo mandes, la empresa te va a poner horas igual, esperando a ver si demandas o no. Y si no demandas, ya sabes lo que va a pasar, que todo seguirá igual.

Otra cosa: ¿qué antigüedad tienes, la que ponga en tu nómina?
¿Qué contrato tienes, indefinido, temporal, obra o servicio...?
¿Si es temporal o de obra, qué causa te han puesto de temporalidad?
Y de paso ya, si pones cuàntas horas al mes sueles hacer más o menos en ese patalàn, mejor que mejor.
Y cuanto tiempo estás ahí cuando te han llamado para un barco. ¿Una hora, 3 horas? Y si estás solamente cuando se ve el barco en el horizonte o cuando saben que va a llegar en una hora.

Es necesario saber más cosas sobre todo esto, para ver cómo podrías demandar y la indemnización que podrías sacar.

Y también cómo podrías presentar tu caso en la inspección.

Más tarde te hablaré de la inspección, o mañana. Porque ahora estoy escribiendo con el móvil y se me peta un poco escribiendo tanto.

Ánimo. Y jamás dejes a tu familia de lado por un trabajo que te esclaviza. O si no, podrías arrepentirte después.
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Miér 23 Mar 2016, 22:26
Musichisimas gracias Valkyria , leer todo lo que me pones me llena de optimismo y me anima a  luchar por lo que es mio,
Bueno... primero decirte que tengo 23 años de antiguedad en seguridad  y soy fijo en plantilla a turno completo.
Es así como subroge con esta nueva empresa.
Aclararte que el cliente tiene un cuadrante de PREVISION DE LLEGADA DE BARCOS... existen dos pantalanes que es donde los barcos entran, para despues ser inspeccionado por los obreros de la fabrica en cuanto al producto que van a descargar,... los barcos pueden tener aproximadamente una duración de dia o dia y medio en el pantalan, ( siempre que no surjan problemas), ya se técnico o documental....

Nosoros ( mi  compañero y yo estamos fijos en ese servicio por mala suerte, ya que  estabamos en otro dentro de la misma empresa pero se elimino y se creo este otro, con lo cual nos mandaron al mismo.
Este cuadrante de previsión del que te hablo es simplemente orientativo... o sea yo me meto en la pagina de practicos del puerto y puedo ver para mi información mas o menos los barcos que se estan esperando en los proximos días, eso si muchas veces se retrasan o se adelantan por problemas varios . Esto es lo que lleva a no saber nunca cuando tenemos que trabajar... nos avisan normalmente con 4/5 horas de preaviso que es cuando el cliente se lo  comunica al jefe de equipo. Cuando hay barcos en cola pues ya deducimos que entra uno tras otro y en el mismo turno que estamos haciendo nos dice pues sigues de mañana o de noche el proximo dia... ya sabes
El servicio suele ser practicamente siempre 12 horas. Salvo que sea un barco muy pequeño y sean turnos de 8 ( esto no ocurre casi nunca).
Existen dos pantalanes norte y sur.
En este servicio como ya te he dicho  FIJO SOMOS DOS VIGILANTES y despues juegan con otros dos que echan media jornada en un servicio  y la otra media cuando hay barcos.... ESTO SOLO CUANDO COINCIDE QUE  HAY DOS BARCOS  A LA  MISMA VEZ PARA PODER CUBRIR EL OTRO SERVICIO. En el caso que solo llegen barcos a un pantalan los encargados de cubrir siempre somos nosotros, aunque llegen uno detras de otro, como nos esta ocurriendo desde principios de año , ya que antes algun que otro compañero de otro servicio por echar unas horillas pues veniNa en sus dias de descanso y eso nos aliviaba ....pero que pasa ahora???que con esta nueva historia que se trae la empresa nadie quiere venir y estan en su derecho.
Que pasa con nosotros???? que ( hablo en mi caso) termine el mes de febrero con 204 horas y este de marzo a dia 23 voy por 180 y esto sigue sumando por que aun no se cuando voy a descansar .., esto es inaguantable. y es por eso que en una visita del jefe de zona, le plantee el problema que teniamos y su respuesta no fue otra que peguntarme ( Es que tienes echo ya el computo anual ??? a lo que yo conteste : No por supuesto, ni yo ni nadie de la empresa. Que pasa????? que al estar en nuestra  situación  en la que puede que algun mes (QUE NO SUELE PASAN MUCHO) no llegemos al computo ... Su idea es que acumulemos y acumulemos..... POR SI..... POR SI.... al final de año debemos horas. Y además como no tenemos un cuadrante firmado con un computo de horas como el resto de servicios pues dice que ese es el plan.Que respetara el que dejaremos de echar horas cuando llegemos al computo, lo cual podria ser a dos o tres meses de terminar el año.
O sea vivir 10 meses para acumular horas, x que además decir que el jefe de equipo cuando nos llama y le decimos que no, lo primero que hace es decirte que para eso es nuestro servicio y como además en un H d P no se corta un pelo en mandar un parte a la empresa.
Así andamos..... controlanos incluso nuestros instintos por que ya ves de que nos entran ganas cuando este tio nos llama para trabajar sabiendo que el trabaja en su servicio cuatro dia y descansa otros cuatro y no quiere echar  horas en ningun sitio de hecho no las echa.No le  tiembla el pulso a la hora de llamarte y amenazar diciendote que es obligacion nuestra jpara eso es nuestro servicio.
En fin compi.... creo que te habre dejado claro mi situación. Ya vamos a por todas x que nadie mira x nosotros, tendremos nosotros queluchar por lo nuestro
Muchisimas gracias todo lo que me estan mandando lo estoy apuntando para estar informado. Gracias de verdad
El lunes dia 28 el comite de reune con la empresa y van a exponer nuestro problema a ver que ocur
re. Un saludo
UN DETALLE IMPORTANTE QUE SE ME OLVIDABA EL SERVICIO NO ES A 24 HORAS.... SOLO SE CUBRE ESA ZONA DE LA FABRICA CUANDO EL CLIENTE SABE QUE VIENE UN BARCO, EL RESTO DEL DIA O DIAS ( 1 O 2 como mucho a la semana) EN QUE NO LLEGE NINGUNO EL SERVICIO DE PANTALANES ESTA VACIO DE VIGILANTES-LO IDEAL SERIA ESO QUE SE FOMARA UN SERVICIO DE 24 HORAS ENTONCES SE TERMINARIAN NUESTROS PROBLEMAS POR QUE SERIA UN SERVICIO IGUAL QUE OTRO, DE ECHO OTROS PANTALANES DE OTRAS EMPRESAS ASI ESTAN, PERO CLARO ESO AL CLIENTE NO LE CONVIENE POR QUE TENDRIA QUE PAGARLO ASI QUE NO ES NUESTRO CASO.
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Lun 28 Mar 2016, 16:56
Hola Quique:

Voy a citar trocitos de tu texto, en modo "copiar/pegar" porque si no me lío:

"Bueno... primero decirte que tengo 23 años de antiguedad en seguridad y soy fijo en plantilla a turno completo."

Pues mira la pedazo de indemnización que puedes sacar si después de demandar por el problema que tienes, tu empresa decidiera despedirte como represalia.
Ya sabes que este despido sería improcedente. Y si lo demandaras tendrías una indemnización de 45 días por año trabajado hasta febrero de 2012, y 33 desde febrero de 2012 hasta ahora. Esto es hasta el máximo de un año de indemnización. Sumarían todos estos días (45+45+45...+33+33+33...) hasta cumplir más o menos 365 días de indemnización.
Te irías con un año entero de "sueldo" más el paro durante ¿dos años? (creo). Así que pienso que no debes esperar ni un minuto más para demandar la situación que vives. Además podría ser que no te echaran tras esta demanda. Y si lo hicieran, ya ves. Te podrías hasta montar un pequeño negocio con el dinero que saques y vivir de ti mismo, sin jefes.

"Aclararte que el cliente tiene un cuadrante de PREVISION DE LLEGADA DE BARCOS...
...los barcos pueden tener aproximadamente una duración de dia o dia y medio en el pantalan.
...yo me meto en la pagina de practicos del puerto y puedo ver para mi información mas o menos los barcos que se estan esperando en los proximos días."


Sigo pensando que deberías tener un cuadrante mensual por lo menos. Es obligación de la empresa.

"nos avisan normalmente con 4/5 horas de preaviso que es cuando el cliente se lo comunica al jefe de equipo. Cuando hay barcos en cola pues ya deducimos que entra uno tras otro y en el mismo turno que estamos haciendo nos dice pues sigues de mañana o de noche el proximo dia... ya sabes"

Osea que "estás de guardia" para tu empresa. Pues las guardias se pagan (te llamen o no, que para eso son "guardias", es decir, estar a disposición de la empresa). Y si no te pagan, no son guardias. Y si no son guardias no tienes porqué contestar a tu teléfono personal (como ya te dije en otro post).
Con esta situación telefónica no tienes vida. No sabes cuando libras, cuando trabajas... ¿Y si te quieres ir fuera, a 200 km de tu ciudad? ¿Es que no puedes "por si acaso te llaman cuando estés lejos"?
¿Y qué más te van a hacer? ¿Que no duermas nunca?
Completamente ilegal todo.

"antes algun que otro compañero de otro servicio por echar unas horillas pues veniNa en sus dias de descanso y eso nos aliviaba ....pero que pasa ahora???que con esta nueva historia que se trae la empresa nadie quiere venir y estan en su derecho.
Que pasa con nosotros???? que ( hablo en mi caso) termine el mes de febrero con 204 horas y este de marzo a dia 23 voy por 180 y esto sigue sumando por que aun no se cuando voy a descansar .., esto es inaguantable."


En febrero hiciste 204 horas (42 horas extra), en marzo 180 por ahora (18 horas extra), lo que sumando ambos meses nos da: 60 horas extra. Sólo te faltan 20 horas extra para llegar al máximo permitido anualmente por ley. A día de hoy seguro que has hecho más horas extra y en breve llegarás a estas 80, si es que no has llegado ya sumando las de enero.
¿Sabes porqué pienso que no te quieren pagar estas horas extra hasta final de año (AUNQUE ESTO ES ILEGAL, COMO YA HABLAMOS ANTERIORMENTE), y cuál es la jugarreta que os están preparando?

Allá va: como sabes, y si no lo sabes te lo digo, cuando alguien quiere hacer una reclamación de cantidades que le debe la empresa (ante el juzgado, claro), sólo puede reclamar las cantidades que le deban de UN AÑO ATRÁS. Es decir que si tu presentas en diciembre de 2016 tu demanda de reclamación de cantidades debidas, podrías reclamar lo que te deban desde más o menos la misma fecha esa de diciembre, pero del año pasado. Lo de noviembre del año pasado ya no lo podrías reclamar.

Así que, como ya has visto, todas las horas que estás haciendo desde enero de 2016, hasta fin de año, tu empresa te las """"quiere pagar"""" en diciembre de 2016. Pues imagínate que no te las pagan, que llega diciembre y no te pagan dando excusas de que esperes a enero de 2017, luego que esperes por favor a febrero... y así sucesivamente. Cuando tú aceptes, ya por fin, allá por el verano de 2017 ( Surprised) que no te las van a pagar y mientras vas preparando la demanda para reclamar estas cantidades que te deben, y mientras pitos, flautas y cornetas... SE TE HABRÁ PASADO YA EL PLAZO DE PODER RECLAMAR TODAS LAS HORAS EXTRA QUE SE HAYAN PASADO DE UN AÑO ATRÁS (osea, casi todas).
Esto es lo que pienso que quieren haceros, que se os pasen los plazos de poder reclamar estas extras.

Así que mi consejo es que no hagas ni una hora extra más hasta que no te vayan pagando las que te deben.
Les dices que no eres tonto y que las hagan ellos.
Por cierto, ni se te ocurra hablarles de tus sospechas de que se os pase el plazo de demanda, ni nada de esto, porque a la empresa NUNCA se le debe contar lo que uno sabe de leyes, porque esto sería ponerles sobre aviso de lo que piensas hacer en tus demandas, y así podrían preparar perfectamente su defensa.

Continúo con tus comentarios:

"y es por eso que en una visita del jefe de zona, le plantee el problema que teniamos y su respuesta no fue otra que peguntarme ( Es que tienes echo ya el computo anual ??? a lo que yo conteste : No por supuesto, ni yo ni nadie de la empresa."


Pues la respuesta que yo le hubiera dado es esta:
Yo no tengo obligación de hacer ningún computo, eso es obligación del inspector, coordinador... o quien sea, que para eso cobra por hacerlo y es su obligación, no la mía, ni la de ningún vigilante raso.

"Que pasa????? que al estar en nuestra situación en la que puede que algun mes (QUE NO SUELE PASAN MUCHO) no llegemos al computo ... Su idea es que acumulemos y acumulemos..... POR SI..... POR SI.... al final de año debemos horas."


Ese jefecillo podrá tener muchas ideas, pero en cuestiones laborales de este tipo, nadie puede "idear" nada. Ya está todo ideado en el Estatuto de los Trabajadores y en el Convenio de Seguridad.
Así que le dices que deje su creatividad para otros menesteres que no sean laborales.

"Y además como no tenemos un cuadrante firmado con un computo de horas como el resto de servicios pues dice que ese es el plan.Que respetara el que dejaremos de echar horas cuando llegemos al computo, lo cual podria ser a dos o tres meses de terminar el año."


Digo lo mismo que en el anterior comentario. Que planee el asalto a un banco si quiere, pero que en cuestiones laborales está ya todo "planeado" en el Estatuto y el Convenio.

"No le tiembla el pulso a la hora de llamarte y amenazar diciendote que es obligacion nuestra jpara eso es nuestro servicio."

Bueno, por lo que veo este tipo es un delincuente redomado. Las amenazas y coacciones por parte de gente con más autoridad que uno mismo, en el trabajo, son DELITOS tipificados en el "Código penal". Si quieres busca en google "amenazas y coacciones código penal" y te saldrán los artículos al respecto. Estos delitos están penados con sanción y cárcel.

Lo que tienes que hacer es lo siguiente: graba estas conversaciones. En algunos móviles hay grabadora, y aparte de servir para grabar las conversaciones "a pie de calle", también se pueden grabar las conversaciones del propio teléfono. Busca tu modelo de móvil en internet y averigua si puedes hacer esto. Si no puedes, grábale cuando habléis en persona. Las grabaciones sobre temas laborales se pueden presentar como prueba en juicios, aunque luego sea el juez el que pueda admitirlas o no, pero se puede. Y seguro te la admitirá, si no tienes otra forma de probar estos delitos.

"El lunes dia 28 el comite de reune con la empresa y van a exponer nuestro problema a ver que ocur
re. Un saludo"


Me gustaría saber qué es lo que ha pasado con esto del comité, porque ya sabemos cómo está "la cosa" de los representantes de los trabajadores.


Un saludo y sigue comentando cómo te van las cosas.




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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Lun 28 Mar 2016, 17:46
Valkyria escribió:Hola Quique:

Voy a citar trocitos de tu texto, en modo "copiar/pegar" porque si no me lío:

[b]"Bueno, por lo que veo este tipo es un delincuente redomado. Las amenazas y coacciones por parte de gente con más autoridad que uno mismo, en el trabajo, son DELITOS tipificados en el "Código penal". Si quieres busca en google "amenazas y coacciones código penal" y te saldrán los artículos al respecto. Estos delitos están penados con sanción y cárcel.

Lo que tienes que hacer es lo siguiente: graba estas conversaciones. En algunos móviles hay grabadora, y aparte de servir para grabar las conversaciones "a pie de calle", también se pueden grabar las conversaciones del propio teléfono. Busca tu modelo de móvil en internet y averigua si puedes hacer esto. Si no puedes, grábale cuando habléis en persona. Las grabaciones sobre temas laborales se pueden presentar como prueba en juicios, aunque luego sea el juez el que pueda admitirlas o no, pero se puede. Y seguro te la admitirá, si no tienes otra forma de probar estos delitos.


Asi es Valkyria, en lo del delito y lo de las grabaciones, es legal grabar ya no al jefe ni temas laborales etc, es legal grabar cualquier conversación en la que intervengas tu, esa es la condición indispensable , mismo consejo que valkyria te doy compañero, suerte.

saludos


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Lun 28 Mar 2016, 21:24
josepmarti escribió: es legal grabar cualquier conversación en la que intervengas tu, esa es la condición indispensable

Es cierto, tienes que intervenir tú en esa conversación.

Voy a puntualizar algo que no hemos puntualizado, por si acaso:

No puedes presentar a juicio ninguna grabación en la que se traten temas "personales" de la intimidad de la persona, por aquello de la protección de la intimidad, etc, etc. No sé hasta qué punto es posible que en una conversación laboral salgan a relucir cuestiones personales, pero recuerda evitarlas.

Un ejemplo quizá sería decirle a tu jefe en tu grabación: porque cuando tú estabas enfermo de leucemia me hizo los cuadrantes tu prima la de Cuenca.
Esto no sé si invadiría la intimidad de tu jefe o no. Pero por si acaso, evita cosas parecidas.
O decir, por ejemplo para que se enfade y hable: estás insoportable desde que tu mujer te dejó.

No se, quizá son ejemplos tontos, pero ya sabes a qué me refiero. Evita los temas personales íntimos, cosa la cuál es bastante fácil y no tiene por qué salir nada de este tipo en una conversación laboral.
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Lun 28 Mar 2016, 23:53
Estupendos consejos valkyria, también yo tengo que sentarme este mes con mi antiguo jefe y mirar de cobrar algún dinero adeudado.
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Mar 29 Mar 2016, 05:42
Muy bien [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], es un gustazo sindical leerte.

Gracias por contribuir con tus conocimientos.
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Mar 29 Mar 2016, 08:55
Muchsimas gracias compañera, ya te informare e como ha quedado la cosa, la reunión la tienen hoy dia 29.
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Mar 29 Mar 2016, 15:54
Hola Quique, te remito a un post que acaba de publicar Ranchera en otro hilo, en el que ha dejado un acta de la inspección de trabajo en la que habla del tema de la entrega de cuadrantes, que debe ser efectuada tal y como dice el art 41 del convenio.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

Gracias Ranchera. Muy útil tu información.


Bueno, Ranchera y Palopiedra, ahora que lo veo.
Gracias a los dos.


Última edición por Valkyria el Mar 29 Mar 2016, 16:11, editado 1 vez (Razón : Añadir a Palopiedra)
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Jue 31 Mar 2016, 08:38
Muchas gracias Valkyria por molestarte tanto.
Comentarte que la reunión se celebro y como si nada, el Comite de Empresa de verguenza, parecen que están a favor de la empresa.
En el tema de las horas sigue la cosa igual: " Que seran abonadas a final de año". ....
En el tema del cuadrante: Se le entrego como ya comente aqui un cuadrantes de día de descanso para que se nos sellara y al menos se nos respetara esos días sin ser coaccionados por el jefe de eequipo  ya que el hacer uno con días de trabajo en nuestro sevicio es más complicado y lo único que le responde el Jefe de Zona al Comité es que se lo llevará y lo mirará, así que estamos como al principio , no entiendo como El Comité no tiene aqui los suficientes..... para exigir a este impresentable que firme dicho cuadrante y nos lo pueda entregar, ya que en una anterior reunión se le entrego uno exactamente igual y cuando le comentamos que pasaba nos contesto con toda la poca verguenza y prepotencia que el no sabía nada de cuadrante que no lo tenia.
Del deseo mio particular de ponerme al computo no se ha hablado nada.... por que vuelve a reincidir que la empresa firmara un compromiso para que al final del año aquel que tenga las horas echas, o bien se les paga o bien se va para casa de descanso, con lo cual volvermos de nuevo tambien a lo mismo. Y el Comite lo acepta tan ricamente.
EN DEFINITIVA NADA, se han venido igual que fueron o peor.
Asi que yo personalmente voy a volver a presentar mi solicitud de computo mensual.. ( YA PRESENTE OTRO ESCRITO EN SEPTIEMBRE/15) y entrarée en una guerra continua con el jefe de equipo el cual sé que va a atiborarme de partes disciplinarios cuando le diga que ya no hago más horas al llegar a mi computo (ES LO QUE ME FRENA ). Pero ya no puedo más.
Por lo visto han comentado que va a venir más gente a este servicio para que no acumulemos tantas horas pero hasta hoy yo no veo movimiento alguno ( TERMINÉ EL MES DE MARZO CON 89 HORAS EXTRAS Y EL DE FEBRERO CON 60). Estoy agotado.
Asi que he consultado con el Sindicato y me han comentado que se va a denunciar todo... horas, cuadrantes, computo de horas. A ver por donde me sale esto.
Yo la verdad estoy preocupado, tengo 53 años  y veinticuatro de servicio y un expediente personal intachable y cuando ha hecho falta siempre han contado conmigo, pero desde que entro esta nueva Empresa... todo son problemas, y me agobia bastante, no quiero jaleos solo ir a trabajar y que me respeten mis derechos y punto.
Pero después de esto .... y en vista que el Comité no hace absolutamente nada. Tendre que arreglarlo yo.
Vuelvo a aclarar que los del Comite no entran en marrones ni discusiones por que estan en unos servicios en los cuales tienen sus cuadrantes con su computo de horas, sus descansos, y sin problemas de coaccion para venir a hacer servicios aún teniendo el computo. De hecho no vienen jamáS ninguno a hacer horas en mi servicio por que dicen que no quieren echarlas. PERO ESTO QUE ES???? O SEA ELLOS NO LAS HACEN Y NO PASA NADA  Y NOSOTROS CON COACCIONES CONTINUAS POR QUE DICEN QUE ES NUESTRO SERVICIO.... QUE IMPOTENCIA DE VERDAD!!! Y ENCIMA SE ATRAVEN A ACEPTAR LO QUE LA EMPRESA LES PLANTEA! ¡ CLARO COMO A ELLOS NO LES AFECTA! . En fin compañera me queda solo la lucha en solitario. Voy a dar unos días a ver si este sinverguenza  entrega el cuadrante  y si no pues tendre que empezar a moverme.
Ya te ire informando, muchisimas gracias por tu interés
.

Se que esta empresa que es Nacional tiene muchisimas denuncias y no que no entiendo es como siguen en sus treces de no cumplir el Convenio.. Es que al final las denuncias que se les ponen no sirven de nada o que ????. Es algo que siempre que pregundo, por que de otra manera no entiendo que esten siendo sancionados y pagando las multas correspondientes y sigan en la misma linea.
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Jue 31 Mar 2016, 15:30
El comité no hace nada ¡Què raro! Eso lo he visto yo en persona, pues fui de mi comité un año más o menos. Y lo ví personalmente. Lo que pasaba era que yo no tenía mucha idea, de aquella, y cuando aprendí un poco salieron elecciones. Mi comité era de risa, o más bien de llorar. Con esto te digo que no me extraña lo que han hecho con tu caso.

Vete a la inspección de trabajo. Allí redactas un escrito en un papel que te dan. Aunque pongas tu nombre, en el fondo es anónimo y nadie sabrá de tu empresa que has sido tú.

Por eso te mandé antes un enlace a la cuestión de los cuadrantes que habían escrito Ranchera y Palopiedra, para que vieras que la cuestión de los cuadrantes la habían inspeccionado también y que sobre eso hacen cosas.

Redacta todo lo que te pasa un poco resumido porque si no, no te cabe tanto. Y la inspección comprobará todo yendo a tu empresa de seguridad.Y aparte de inspeccionar tu caso, inspeccionarà todo. Así que la empresa no sabrá que la denuncia ha salido de tu servicio.

Es gratis, fácil, y te olvidas de todo.
No como en un juicio, que te llevaría quebraderos de cabeza.
Vas a la inspección, redactas y te vas. Punto. Y a esperar los resultados.

No esperes a nada,porque eso solo hara que lo tengas que hacer igualmente mas tarde, ya verás.

A la inspección mañana mismo.
Solo con lo de haber hecho tantas horas extra ya, y no haberlas cobrado, van a flipar. Te pasas de horas extra y tu empresa para encima no te las paga. Osea, que no quiere cotizarlas a la seguridad social, y eso es lo que más le interesa a la inspección, que no se cotice, porque es dinero que pierde el estado, y seguro que hay más servicios en tu misma situación.

Si necesitas ayuda para redactar este papel, dilo, te ayudaremos entre todos, aqui a redactarlo correctamente. Y vas y lo copias alli.


Recuerda mandar un burofax a tu empresa con lo de no querer hacer horas extra. Si tienes la prueba de haberlo mandado, pues mejor. Pero igual no te hace ni falta para la inspección. Sólo lo tienes para el futuro, por si siguen en sus trece de hacer toddas esas horas.
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Jue 31 Mar 2016, 18:53
Por cierto, se me olvidò decirte:

¿Ese hombrecillo que manda partes disciplinarios a tu empresa cuando no quieres hacer horas extra, no sabe que son voluntarias? ¿Y no sabe tampoco que las custiones disciplinarias esas vienen en el convenio en forma de faltas leves, grabes...etc? ¿Y no sabe que ahí no pone nada de que sea falta el no querer hacer horas EXTRA? ¿Qué es lo que redacta en ese escrito disciplinario? ¿Te lo enseña? ¿Será verdad que lo manda? Igual te lo dice para asustarte y no manda nada, porque si no, se está inventando una sanción, o parte disciplinario que no existe. Que lo sepas.
Si has visto alguno cuenta un poco lo que ha puesto. Y si lo has firmado tú o lo tienes en tu poder, una copia.

Respecto a lo de que las empresas acumulen sanciones y les de igual pagarlas y volver a vejar a los trabajadores, pienso que puede ser porque les sigue saliendo rentable.
Igual ganan más quedándose con el dinero que no les pagan a los trabajadores, que lo que pierden pagando sanciones. Como casi nadie demanda esa falta de salarios... pues eso.
Esto lo pienso, no lo sé seguro, pero cae de cajón.

Por cierto ¿Este hombrecillo jefe que llama para currar, decide sobre tu vida personal, y te amenaza con todo esto quien es? ¿Es un jefe, un inspector, un jefe de equipo, un vigilante que también trabaja como vigilante?
Es para comprobar que esté capacitado para hacer estas funciones. Sería algo más a sumar a tu denuncia.


Un saludo. Y adelante con todo. Demuestrales quién eres de una puñetera vez. Y riete el último, para reirmejor. Jeje.
Tienes como respaldo tu antigüedad.

Cuando alguien planta huevos a sus jefes es cuando empieza a ganar.
Si demostramos miedo, estamos perdidos.
Esto lo saben las empresas. Saben a quién pueden chulear y a quién no.
Piensa que eres una persona, igual que ellos, y como tal, no eres su esclavo.
Eres "quien hace posible que la empresa tenga servicios y gane dinero con ellos".
Al igual que nosotros ganamos dinero gracias a los empresarios, ellos también ganan dinero gracias a los trabajadores.
Si nadie trabajara, no ganarîan nada.

Cuando nos entre esto en la cabeza, puede que consigamos mejorar nuestro sector, y todos los demàs sectores,claro.
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Jue 31 Mar 2016, 18:54
Graves es con v, no con b. No puedo editar.
Madre mía!!
palopiedra
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ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES Empty Re: ACUMULACION HORAS EXTRAS ANUALES

Jue 31 Mar 2016, 20:23
Valkyria escribió:Graves es con v, no con b. No puedo editar.
Madre mía!!

Nadie es perfecto jejejeje

En cuanto a sanciones , claro que se las pueden inventar , luego el de negro decidirá si proceden o no . Sin ir mas lejos te voy a contar un caso .

El gerente que había antes en mi empresa , ponía las faltas de empleo y sueldo que le daba la gana , por ejemplo , por dejarte una llave en un cliente . Cuando eso es una falta leve como mucho , negligencia de material .

Luego estaban los que denunciaban y los que se acobardaban . El de negro es el que decide y cuando un tipo se inventa sanciones , tenemos ( En un principio porque hay cada juez ) todas las de ganar.

Hay mucho sinvergüenza en cargos hoy día . Que hacen lo que quieren si no les paramos los pies con unas buenas denuncias .

Saludos.
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