Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
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josepmarti
Valkyria
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Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
Lun 01 Mayo 2017, 12:51
Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
27-04-17
La profesión de vigilante de seguridad y auxiliar de servicios es muy diferente, a pesar de que mucha gente cree que es similar. La gran diferencia entre ambos grupos profesionales es que el vigilante de seguridad está dentro del Reglamento de Seguridad Privada, mientras que el auxiliar de servicios está excluido de estos textos legales. Pero vamos a verlo con más detenimiento.
Entre julio de 1992 y enero de 1995 se aprueba la Ley 23/1992 de 30 de Julio, de Seguridad Privada, y el 10 de enero de 1995 se publica en el BOE el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. Estas reformas legislativas son las que determinan la realidad del sector, pero antes de estas leyes coexistían dos oficios que llevaban a cabo funciones tanto de vigilancia como de protección en el sector privado.
Todos recordamos términos como “vigilantes jurados” y “guardas de seguridad”. De ambos oficios fue el de “vigilante jurado” el que evolucionó hasta el “vigilante de seguridad” actual. Por el contrario, desapareció el oficio de “guarda de seguridad” y se creó el de “auxiliar de servicios” que nada tiene que ver con la seguridad privada sino, como su nombre indica, con el sector servicios.
La nueva Ley hizo una clasificación exhaustiva sobre los oficios que tienen que ver con la Seguridad Privada:
Vigilante de seguridad, con o sin arma
Guarda particular de campo
Escolta privado
Detective privado
Jefe y director de seguridad
Guarda de caza
Reglamento de seguridad privada
El desarrollo del Reglamento de Seguridad Privada también exigió un cambio en la formación del profesional de vigilante de seguridad. Se endureció la normativa y se pasó de depender de la Guardia Civil a depender del Cuerpo Nacional de Policía. Las empresas de seguridad privada deben reportar a este cuerpo sobre los servicios prestados. Sin embargo, la Guardia Civil sigue teniendo potestad en los guardas de campo, armas y explosivos.
También entró en vigor la tarjeta de identidad profesional (TIP), personal e intransferible, donde debe aparecer la cualificación del profesional. Esta es la acreditación oficial para ejercer las funciones ante cualquier ciudadano o representantes de la autoridad. Por tanto, estas son las diferencias fundamentales entre ambas profesiones:
La tarea de los auxiliares de servicios no es prevenir la comisión de delitos. En la última reforma del Código Penal desapareció la comisión de faltas por lo que este término de referencia en materia de Seguridad Privada ya no existe y sus funciones están excluidas de los textos legales. Por tanto la profesión de auxiliar de servicios no puede integrarse dentro de las empresas de seguridad según aparece en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 2364/1994
Solo las empresas de seguridad homologadas por el Ministerio del Interior pueden contratar a profesionales de la seguridad privada. No pueden contratarse directamente. Nunca los auxiliares de servicios pueden formar parte de ello. Para que haya una diferenciación clara, los auxiliares no deben utilizar uniformes para que no puedan confundirse con los vigilantes de seguridad.
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27-04-17
La profesión de vigilante de seguridad y auxiliar de servicios es muy diferente, a pesar de que mucha gente cree que es similar. La gran diferencia entre ambos grupos profesionales es que el vigilante de seguridad está dentro del Reglamento de Seguridad Privada, mientras que el auxiliar de servicios está excluido de estos textos legales. Pero vamos a verlo con más detenimiento.
Entre julio de 1992 y enero de 1995 se aprueba la Ley 23/1992 de 30 de Julio, de Seguridad Privada, y el 10 de enero de 1995 se publica en el BOE el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. Estas reformas legislativas son las que determinan la realidad del sector, pero antes de estas leyes coexistían dos oficios que llevaban a cabo funciones tanto de vigilancia como de protección en el sector privado.
Todos recordamos términos como “vigilantes jurados” y “guardas de seguridad”. De ambos oficios fue el de “vigilante jurado” el que evolucionó hasta el “vigilante de seguridad” actual. Por el contrario, desapareció el oficio de “guarda de seguridad” y se creó el de “auxiliar de servicios” que nada tiene que ver con la seguridad privada sino, como su nombre indica, con el sector servicios.
La nueva Ley hizo una clasificación exhaustiva sobre los oficios que tienen que ver con la Seguridad Privada:
Vigilante de seguridad, con o sin arma
Guarda particular de campo
Escolta privado
Detective privado
Jefe y director de seguridad
Guarda de caza
Reglamento de seguridad privada
El desarrollo del Reglamento de Seguridad Privada también exigió un cambio en la formación del profesional de vigilante de seguridad. Se endureció la normativa y se pasó de depender de la Guardia Civil a depender del Cuerpo Nacional de Policía. Las empresas de seguridad privada deben reportar a este cuerpo sobre los servicios prestados. Sin embargo, la Guardia Civil sigue teniendo potestad en los guardas de campo, armas y explosivos.
También entró en vigor la tarjeta de identidad profesional (TIP), personal e intransferible, donde debe aparecer la cualificación del profesional. Esta es la acreditación oficial para ejercer las funciones ante cualquier ciudadano o representantes de la autoridad. Por tanto, estas son las diferencias fundamentales entre ambas profesiones:
La tarea de los auxiliares de servicios no es prevenir la comisión de delitos. En la última reforma del Código Penal desapareció la comisión de faltas por lo que este término de referencia en materia de Seguridad Privada ya no existe y sus funciones están excluidas de los textos legales. Por tanto la profesión de auxiliar de servicios no puede integrarse dentro de las empresas de seguridad según aparece en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 2364/1994
Solo las empresas de seguridad homologadas por el Ministerio del Interior pueden contratar a profesionales de la seguridad privada. No pueden contratarse directamente. Nunca los auxiliares de servicios pueden formar parte de ello. Para que haya una diferenciación clara, los auxiliares no deben utilizar uniformes para que no puedan confundirse con los vigilantes de seguridad.
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- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
Lun 01 Mayo 2017, 19:58
Los vigilantes de seguridad tenemos unas funciones muy definidas y cada dia somos mas complementarios y colaboradores de la policia, al publico poco a poco hay que irle enseñando que quienes podemos realizar tareas de seguridad privada en sitios privados o publicos solo somos los vigilantes de seguridad y solo podemos realizar registros,de enseres y personas policia y vigilantes, el resto no pueden hacer nada ni las cajeras del mercadona que exigen mostrar el bolso algo que yo aconsejo que nadie haga, aqui solo se enseñan los objetos personales a los profesionales habilitados para ello, policia y vigilantes de seguridad, al personal operativo, por loq eu ningun director de seguridad puede ejercer tambien funciones de vigilante de seguridad ni exigir mostrar ningun enser a nadie y ni mucho menos los detectives cuyas funciones tambien estan definidas y concretadas en nuestra presente ley de seguridad 5/14.
Hablar de los auxiliares y otros es perder el tiempo ya que el intrusismo en este sentido es bestial , solo ver en los hoteles y campings los que hay haciendo funciones que solo podemos hacer los vigilantes, ya hace ver la realidad actual en este sentido.
En fin gracias Valkyria por el tema aqui expuesto.
Saludos
Hablar de los auxiliares y otros es perder el tiempo ya que el intrusismo en este sentido es bestial , solo ver en los hoteles y campings los que hay haciendo funciones que solo podemos hacer los vigilantes, ya hace ver la realidad actual en este sentido.
En fin gracias Valkyria por el tema aqui expuesto.
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- garcianovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
Mar 02 Mayo 2017, 22:40
Buenas el vigilante como decis lleva placa y el auxiliar no pero llevo mucho tiempo trabajando de auxiliar y hago igual que vigilantes pero sin porra ni na deso
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
Miér 03 Mayo 2017, 00:21
Pues haces mal muy mal , si eres auxiliar debes ceñirte al trabajo de auxiliar y no realizar intrusismo profesional.
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- bokeronUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
Miér 03 Mayo 2017, 00:41
y como te pasen una inspección puedes ser sancionado con 6.001 euros.
- ValkyriaMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
Miér 03 Mayo 2017, 02:04
Este tema es de una empresa de seguridad y de auxiliares.
Trespuntouno.
Y a [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] ten mucho cuidado. Estas cometiendo intrusismo en seguridad. Sin tú ser consciente, tal vez. Pero te puede caer una buena sanción, como te han dicho.
Eso pasa, aunque creas que no.
Léete esto:
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Y a [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] ten mucho cuidado. Estas cometiendo intrusismo en seguridad. Sin tú ser consciente, tal vez. Pero te puede caer una buena sanción, como te han dicho.
Eso pasa, aunque creas que no.
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- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Aumentan las sanciones a los “AUXILIARES” por intrusismo
Miér 03 Mayo 2017, 23:14
El tema peina canas pero no veo que aumenten tanto como dicen y menos en mi zona donde incluso un hotel ha contratado una empresa que no tiene ni vigilantes y se llama Sayron , mas pirata imposible, y asi unos cuantos pero no tenemos tanto tiempo para ir por ahí denunciando a diestro y siniestro y mas ahora que en todos los campings ponen personal con la tip de controlador de accesos en la puerta como queriendo decir veis ya tenemos el asunto legal jejejejeej
Aumentan las sanciones a los “AUXILIARES” por intrusismo
Posted By: Sindicato ISPPosted date: 19 junio, 201518 Comments
Las denuncias y sanciones por la contratación de personal no habilitado como vigilantes de seguridad privada, se han multiplicado este año exponencialmente. Desde los 3.001 euros al empleado, esta multa es triple y va dirigida a la empresa, hasta 600.000€ (30.051 Euros en Septiembre a una “empresa” en Jaén), y a la comunidad de propietarios que la contrata, llegando a pedir hasta seiscientos mil euros.
La mayoría de los Auxiliares que están trabajando en la actualidad rebasando los límites de la legalidad, las empresas no les informan de su situación y que multan al empleado también, algunos a los que hemos informado nos contestaban que ellos hacían lo que les mandaba la empresa, delegando la responsabilidad en la misma…gran error: Si una empresa te contrata para que ejerzas de Abogado o de Médico en una clínica, donde no te va a ver nadie…. pero tu ponte la batita blanca… la multa es de 3.000 o más euros dependiendo de la gravedad de la situación en la que te encuentres….se llama INTRUSISMO.
servicios-auxiliares-gsiPues esto es lo mismo, los vigilantes de seguridad hacen cursos que valen un dinerito, y exámenes, y a lo largo del año tienen cursos de reciclaje obligatorios con lo que su formación es continua, además de tener un CONVENIO con unos derechos, que aunque son una mierda…. son nuestra mierda, para que venga un “pirata” a sacar tajada de la decadente situación económica en la que nos encontramos y contraten a estas criaturas por tres perras gordas rozando en algunos casos el esclavismo.
En la provincia de Málaga y en concreto en la Costa del Sol Occidental, sobre todo en Marbella y Estepona, donde se concentra una de las más selectas Millas de Oro de las urbanizaciones de lujo de España, es donde la Policía ha localizado más transgresiones a la ley. En seis meses ya contabiliza 26 propuestas de sanción. Nueve de ellas son graves y 17 son “muy graves”.
El artículo 61 de la ley especifica que las multas a las empresas oscilarán entre 30.001 y 600.000 euros, siempre que la infracción se realice “a sabiendas”. ¿Las consecuencias? La extinción de la autorización, o cierre de la empresa o despacho en los casos de declaración responsable. Todo ello supondrá la prohibición de volver a obtenerla o presentarla por un plazo de entre uno y dos años, además de la cancelación de la inscripción en el registro correspondiente. También se contempla la prohibición para ocupar cargos de representación legal en empresas de seguridad privada por un plazo de entre uno y dos años.
Los problemas aparecen por la vía del desconocimiento. Las macrourbanizaciones suelen contar con un auxiliar en el control de acceso al recinto, pero las funciones de seguridad no las pueden asumir estos mismos empleados. Las funciones de vigilancia resultan competencia exclusiva de una empresa de seguridad homologada. “Muchas comunidades de propietarios quieren ahorrarse el dinero de un vigilante y contratan a un auxiliar de servicios, el fontanero o el jardinero. Eso es ilegal”, explica a este diario el presidente del Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla, Fernando Pastor.
El intrusismo alcanza tal calibre que en una urbanización, relata Pastor, un hombre vestido con un mono azul y una lata de pintura en la mano fue sorprendido por un agente de la Policía que le preguntó cuál era su función. Argumentó que pertenecía al equipo de mantenimiento y que por las noches, para ganar un dinero extra, también vigilaba la propiedad. “El personal auxiliar y los conserjes no pueden realizar en ningún caso una fundación reservada a la seguridad privada, ni pueden pedir el DNI, usar armar o medios de defensa”, resaltan fuentes policiales.
“Basándose en la mala fe” o en la falta de conocimiento de los textos legales de seguridad, determinadas empresas ofrecen sus productos como auxiliares de seguridad. “Nosotros no vamos a la caza y captura. Siempre observamos antes de abrir el procedimiento. En muchas ocasiones son los gremios de vigilantes quienes para proteger su trabajo pueden iniciar una denuncia. Hay una clara competencia desleal”, subraya la Policía.
La ley potencia la figura del vigilante de seguridad y la seguridad privada en general. También matiza aquellas actividades que quedan al margen de la seguridad privada. Con la nueva normativa el vigilante puede también solicitar la entrada a un recinto, como por ejemplo, un campo de fútbol. Los conserjes de las comunidades no han pasado por pruebas habilitadas por el Ministerio del Interior como los profesionales de la seguridad, que además cuentan con una serie de condiciones físicas y psíquicas.
Esta normativa permite que los vigilantes privados actúen en más espacios y aumenten sus oportunidades de negocio. Actualmente hay 1.500 compañías de seguridad inscritas en el registro del Ministerio. Emplean a casi 90.000 personas, una plantilla superior a las que tienen la Policía Nacional y la Guardia Civil por separado. En 2012 facturaron más de 3.200 millones de euros.
Desde el Sindicato de Seguridad Privada ISP seguimos luchando contra el intrusismo, denunciando y actuando en consecuencia contra la explotación laboral. Si tienes algún caso que quieras exponernos estamos a tu disposición en [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo].
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Aumentan las sanciones a los “AUXILIARES” por intrusismo
Posted By: Sindicato ISPPosted date: 19 junio, 201518 Comments
Las denuncias y sanciones por la contratación de personal no habilitado como vigilantes de seguridad privada, se han multiplicado este año exponencialmente. Desde los 3.001 euros al empleado, esta multa es triple y va dirigida a la empresa, hasta 600.000€ (30.051 Euros en Septiembre a una “empresa” en Jaén), y a la comunidad de propietarios que la contrata, llegando a pedir hasta seiscientos mil euros.
La mayoría de los Auxiliares que están trabajando en la actualidad rebasando los límites de la legalidad, las empresas no les informan de su situación y que multan al empleado también, algunos a los que hemos informado nos contestaban que ellos hacían lo que les mandaba la empresa, delegando la responsabilidad en la misma…gran error: Si una empresa te contrata para que ejerzas de Abogado o de Médico en una clínica, donde no te va a ver nadie…. pero tu ponte la batita blanca… la multa es de 3.000 o más euros dependiendo de la gravedad de la situación en la que te encuentres….se llama INTRUSISMO.
servicios-auxiliares-gsiPues esto es lo mismo, los vigilantes de seguridad hacen cursos que valen un dinerito, y exámenes, y a lo largo del año tienen cursos de reciclaje obligatorios con lo que su formación es continua, además de tener un CONVENIO con unos derechos, que aunque son una mierda…. son nuestra mierda, para que venga un “pirata” a sacar tajada de la decadente situación económica en la que nos encontramos y contraten a estas criaturas por tres perras gordas rozando en algunos casos el esclavismo.
En la provincia de Málaga y en concreto en la Costa del Sol Occidental, sobre todo en Marbella y Estepona, donde se concentra una de las más selectas Millas de Oro de las urbanizaciones de lujo de España, es donde la Policía ha localizado más transgresiones a la ley. En seis meses ya contabiliza 26 propuestas de sanción. Nueve de ellas son graves y 17 son “muy graves”.
El artículo 61 de la ley especifica que las multas a las empresas oscilarán entre 30.001 y 600.000 euros, siempre que la infracción se realice “a sabiendas”. ¿Las consecuencias? La extinción de la autorización, o cierre de la empresa o despacho en los casos de declaración responsable. Todo ello supondrá la prohibición de volver a obtenerla o presentarla por un plazo de entre uno y dos años, además de la cancelación de la inscripción en el registro correspondiente. También se contempla la prohibición para ocupar cargos de representación legal en empresas de seguridad privada por un plazo de entre uno y dos años.
Los problemas aparecen por la vía del desconocimiento. Las macrourbanizaciones suelen contar con un auxiliar en el control de acceso al recinto, pero las funciones de seguridad no las pueden asumir estos mismos empleados. Las funciones de vigilancia resultan competencia exclusiva de una empresa de seguridad homologada. “Muchas comunidades de propietarios quieren ahorrarse el dinero de un vigilante y contratan a un auxiliar de servicios, el fontanero o el jardinero. Eso es ilegal”, explica a este diario el presidente del Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla, Fernando Pastor.
El intrusismo alcanza tal calibre que en una urbanización, relata Pastor, un hombre vestido con un mono azul y una lata de pintura en la mano fue sorprendido por un agente de la Policía que le preguntó cuál era su función. Argumentó que pertenecía al equipo de mantenimiento y que por las noches, para ganar un dinero extra, también vigilaba la propiedad. “El personal auxiliar y los conserjes no pueden realizar en ningún caso una fundación reservada a la seguridad privada, ni pueden pedir el DNI, usar armar o medios de defensa”, resaltan fuentes policiales.
“Basándose en la mala fe” o en la falta de conocimiento de los textos legales de seguridad, determinadas empresas ofrecen sus productos como auxiliares de seguridad. “Nosotros no vamos a la caza y captura. Siempre observamos antes de abrir el procedimiento. En muchas ocasiones son los gremios de vigilantes quienes para proteger su trabajo pueden iniciar una denuncia. Hay una clara competencia desleal”, subraya la Policía.
La ley potencia la figura del vigilante de seguridad y la seguridad privada en general. También matiza aquellas actividades que quedan al margen de la seguridad privada. Con la nueva normativa el vigilante puede también solicitar la entrada a un recinto, como por ejemplo, un campo de fútbol. Los conserjes de las comunidades no han pasado por pruebas habilitadas por el Ministerio del Interior como los profesionales de la seguridad, que además cuentan con una serie de condiciones físicas y psíquicas.
Esta normativa permite que los vigilantes privados actúen en más espacios y aumenten sus oportunidades de negocio. Actualmente hay 1.500 compañías de seguridad inscritas en el registro del Ministerio. Emplean a casi 90.000 personas, una plantilla superior a las que tienen la Policía Nacional y la Guardia Civil por separado. En 2012 facturaron más de 3.200 millones de euros.
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- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
Lun 08 Mayo 2017, 14:40
Dime donde , que te mando unos amigos de la Unidad de Seguridad Privada de la Policía Nacional a hacerte una visitagarcia escribió:Buenas el vigilante como decis lleva placa y el auxiliar no pero llevo mucho tiempo trabajando de auxiliar y hago igual que vigilantes pero sin porra ni na deso
- Carlos Samuelnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
Lun 15 Mayo 2017, 00:24
Has abierto la caja de Pandora [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Diferencias entre vigilante de seguridad y auxiliar de servicios
- DIFERENCIAS ENTRE VIGILANTE DE SEGURIDAD Y VIGILANTE MUNICIPAL
- Toma de temperatura de auxiliar de servicios al personal de seguridad
- Funciones del auxiliar de servicios, porteros y Vigilantes de Seguridad.
- “Nos encontramos en un momento clave, en la antesala de la aprobación del nuevo Reglamento de Seguridad Privada”.
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