GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
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JOSE MANUEL CORRAL
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- JOSE MANUEL CORRALUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Vie 05 Mayo 2017, 08:39
EL TEMA ES QUE ESTOY SOLO EN EL SERVICIO Y SI TENGO QUE DETENER A DOS O TRES...
- RodmanovicExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Vie 05 Mayo 2017, 09:50
Pues yo sin saber en qué servicio estás y cómo de frecuente podría ser que tengas que detener a más de una persona no puedo opinar.
Yo tengo grilletes de bisagra y van genial.
Un saludo.
Yo tengo grilletes de bisagra y van genial.
Un saludo.
- JOSE MANUEL CORRALUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 02/05/2017
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Vie 05 Mayo 2017, 09:58
Yo tengo los de manilla, los que te da la empresa claro,mi servicio es en un edificio público, estoy en el control de acceso pero tb tengo que esta por si algun ciudadano no es educado y no se quiere ir del edificio por una queja de recibos...a ver...seria rarisimo una intervención pero por si acaso...
- JOSE MANUEL CORRALUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 02/05/2017
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Vie 05 Mayo 2017, 10:07
Sabiendo de más que si llega una inspección y me ve con las bridas podria tener problemas, más que nada os por si alguno quiere contar su experiencia y me aconseje que llevo un mes en esto ejje
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23073
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Vie 05 Mayo 2017, 23:38
Yo llevaria unos buenos grilletes de bisagra que tambien son de manilla como dice nuestra ley y no me complicaria la vida con bridas ni demas artilugios, eso si los grilletes de bisagra que sean de los buenecillos unos 45 euros aproximadamente.
Saludos
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- vigilancia7000Usuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Sáb 06 Mayo 2017, 01:01
Buenas, yo llevo grilletes rígidos de la marca THC.
Saludos.
Saludos.
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Sáb 06 Mayo 2017, 12:27
JOSE MANUEL CORRAL escribió:EL TEMA ES QUE ESTOY SOLO EN EL SERVICIO Y SI TENGO QUE DETENER A DOS O TRES...
De verdad tu solo crees que puedes detener a mas de una persona?
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Sáb 06 Mayo 2017, 14:24
Hay empresas que ni dan grilletes osea que menos detener que puede salir caro como no sea un delito bien justificado.
Saludos
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- RodmanovicExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Sáb 06 Mayo 2017, 15:15
En un edificio público olvídate de estar con bridas.
- ramoncugatMaster Nivel 5RecompensaRecompensa por la aportación al foroPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Dom 07 Mayo 2017, 11:28
Si ya te cuesta detener a un solo individuo vas a detener a tres.
- JOSE MANUEL CORRALUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Lun 08 Mayo 2017, 07:31
Buenos dias, gracias a todos por los comentarios, en cuanto si puedoo no detener a dos o tres personas...cada uno sabéis que cada detención es distinta, no me creo más que nadie, imaginaros que por parte de los trabajadores el edicifio me ayudan y son tres personas las que hay detener...pero bueno..de las bridas me olvido jejej
- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Lun 08 Mayo 2017, 14:32
Lo mejor es usar unos grilletes de bisagras, que cómo bien dice Jose, también están incluidos en los de manilla, quedan excluidos los de dedos, correas, etc . . . , por lo que mejor te olvidas de las bridas , jeje
- JOSE MANUEL CORRALUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Lun 08 Mayo 2017, 14:39
Lo mejor es pensar que no voy a tener que detener a nadie pero....me pasa por hablar..esta mañana casi dentengo a uno pero al final se ha calmado la cosa.Aprovecho para deciros que gracias a este foro estoy aprendiendo bastante de nuestra profesión, en un semana he aprendido más que en los dos meses del curso preparatorio jejej aunque donde se aprende de verdad es con la experiencia,en fin..gracias a todos
- ValkyriaMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Lun 08 Mayo 2017, 15:54
JOSE MANUEL CORRAL escribió:imaginaros que por parte de los trabajadores el edicifio me ayudan y son tres personas las que hay detener...
Ayy, ja jaaaa, te van a ayudar los trabajadores del edificio
Lo que harían en estos tiempos es ir corriendo a por sus teléfonos móviles para grabarlo todo como posesos y después compartirlo con sus amigos diciendo:
"Movida ocurrida hoy en mi trabajo"
O también para subirlo a youtube.
Así es la vida hoy en día, la gente en lugar de correr a ayudar, corre a poner en funcionamiento la cámara de su móvil.
Pero aparte de esto haces muy bien en preguntar lo de los grilletes y en decir que podrías verte en el caso de enfrentarte con 3 individuos, o incluso con más. Eso sucede muchas veces a compañeros. En este caso yo llamaría a la policía, no vaya a ser que salgas agredido. Si es un edificio peligroso y es posible que pueda darse este caso, que pongan más vigilantes.
Que aquí las empresas pretenden que uno sólo luche contra el crimen, como si fuese "supervigi".
Pues no.
Un saludo
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23073
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Lun 08 Mayo 2017, 16:31
Cuanta razon Valkyria, yo he detenido uno la semana pasada y lo primero que he hecho ha sido pasarle su chaqueta de yonkie por la cabeza y llevarmelo a toda leche para el cuarton y zas en toda la boca de los curiosos jajaja
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- regis76Principiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Mar 09 Mayo 2017, 19:00
Vale con el compañero Jose Corral que le van a dar el premio al mayor vigilante con mas detenciones a este paso otra cosa sera si las hace legalmente o ilegalmente pero eso seria su problema.
- Corralejanovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Mar 09 Mayo 2017, 20:42
regis76 , antes de hablar lee bien, no dice que vaya a detener a tres personas, es simplemente una duda, si lo quieres entender a tu manera allá tú, por cierto soy Josemanuel corral
- JOSE MANUEL CORRALUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Mar 09 Mayo 2017, 21:38
a ver....empecemos de nuevo..para los que no los entienden o me he explicado mal...mi pregunta era varios grilletes o bridas,? conozco a gente que lleva un par de grilletes y a otra que llevan bridas, como sabéis o sino os lo digo, soy nuevo en esto y tengo dudas y falta de experiencia sobre todo.En ningún momento he dicho que pudo detener yo solo a tres personas, solo he dicho que a lo mejor la gente no es tan mala como pensáis y los mismo trabajadores del edificio me echan una mano.Solo exponía para ver si alguno me daba consejos, he leído muchas cosas positivas y que me sirven, gracias, otras no, pero admito el debate y la critica.Son dudas solo, el que se lo tome por otro lado, "el mismo"...
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23073
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Localización : Tarragona
Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Mar 09 Mayo 2017, 22:24
Celebro que te hayas podido conectar compi JOSE MANUEL, no te preocupes, las opiniones son libres y cada uno opina como puede o sabe, no le des importancia seguro que no han entendido bien la explicación y exposición del tema.
Yo particularmente creo que a la hora de detener tenemos que tener claro si podemos hacerlo , me explico, una detención si te sale mal puede convertirse en una detención ilegal si no esta entre los supuestos en los que realmente podeos detener y esos supuestos en el principal es cuando sorprendamos a alguien en flagrante delito o en los otros supuestos que dice la lecrim en su articulo 490 o en nuestra ley de seguridad privada.
Imagino que en tu servicio si se trata de un organismo oficial lo que puede llegar a suceder es algún intento de agresión o alguna agresión consumada, este tema de las agresiones en función del tipo que sea y del daño producido
seria Artículo 147
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Artículo 147 redactado por el número ochenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).Vigencia: 1 julio 2015
Artículo 148
Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
1.º Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
2.º Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.
Por lo que de producirse lesiones por una agresión que se convierte en delito podríamos detener instantáneamente y entregarlo a la policía.
el Código Penal, en su artículo 147.1, establece una primera distinción entre aquellas lesiones que tal sólo requieran “de una primera asistencia facultativa” y que por tanto podrían ser consideradas leves, respecto de aquellas otras que, además, precisen de un “tratamiento médico o quirúrgico” observando además que “La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico”. De acuerdo con esta primera diferenciación, en el segundo de los casos la pena general contemplada para el autor responsable de dichas lesiones será de “prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses”, mientras que en el primer caso, tan sólo recaerá una multa de entre uno y tres meses.
También los golpes y/o maltratos a otra persona, aún cuando estos no ocasionen lesión alguna, serán sancionados con multa de uno a dos meses.
Por otro lado cabe destacar que, tanto en el caso de lesiones que sólo precisan de una primera asistencia facultativa, como en el caso de agresiones que no provocan lesión, será condición imprescindible que la víctima o, en su defecto, su representante legal, presente una denuncia.
Ojo aquí, es delito pero si no presenta denuncia ninguna de las partes si detienes la denuncia la tienes que realizar tu.
Bueno me dejo de jurídica y espero haya aclarado algo lo que es una detención por un delito de lesiones o agresión.
Saludos
Yo particularmente creo que a la hora de detener tenemos que tener claro si podemos hacerlo , me explico, una detención si te sale mal puede convertirse en una detención ilegal si no esta entre los supuestos en los que realmente podeos detener y esos supuestos en el principal es cuando sorprendamos a alguien en flagrante delito o en los otros supuestos que dice la lecrim en su articulo 490 o en nuestra ley de seguridad privada.
Imagino que en tu servicio si se trata de un organismo oficial lo que puede llegar a suceder es algún intento de agresión o alguna agresión consumada, este tema de las agresiones en función del tipo que sea y del daño producido
seria Artículo 147
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Artículo 147 redactado por el número ochenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).Vigencia: 1 julio 2015
Artículo 148
Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
1.º Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
2.º Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.
Por lo que de producirse lesiones por una agresión que se convierte en delito podríamos detener instantáneamente y entregarlo a la policía.
el Código Penal, en su artículo 147.1, establece una primera distinción entre aquellas lesiones que tal sólo requieran “de una primera asistencia facultativa” y que por tanto podrían ser consideradas leves, respecto de aquellas otras que, además, precisen de un “tratamiento médico o quirúrgico” observando además que “La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico”. De acuerdo con esta primera diferenciación, en el segundo de los casos la pena general contemplada para el autor responsable de dichas lesiones será de “prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses”, mientras que en el primer caso, tan sólo recaerá una multa de entre uno y tres meses.
También los golpes y/o maltratos a otra persona, aún cuando estos no ocasionen lesión alguna, serán sancionados con multa de uno a dos meses.
Por otro lado cabe destacar que, tanto en el caso de lesiones que sólo precisan de una primera asistencia facultativa, como en el caso de agresiones que no provocan lesión, será condición imprescindible que la víctima o, en su defecto, su representante legal, presente una denuncia.
Ojo aquí, es delito pero si no presenta denuncia ninguna de las partes si detienes la denuncia la tienes que realizar tu.
Bueno me dejo de jurídica y espero haya aclarado algo lo que es una detención por un delito de lesiones o agresión.
Saludos
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- JOSE MANUEL CORRALUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 02/05/2017
Edad : 49
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Mar 09 Mayo 2017, 23:01
Gracias Josep, me lo voy a imprimir para tenerlo siempre a mano y muy clarito. Perfecta explicación que solventa el 99% de mis dudas y mi falta de experiencia.Da gusto leer un comentario así jeje es lo que buscaba jajja, buenas noches
- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Miér 10 Mayo 2017, 12:05
Aquí te dejo un enlace para que le eches un vistazoJOSE MANUEL CORRAL escribió:Gracias Josep, me lo voy a imprimir para tenerlo siempre a mano y muy clarito. Perfecta explicación que solventa el 99% de mis dudas y mi falta de experiencia.Da gusto leer un comentario así jeje es lo que buscaba jajja, buenas noches
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- JOSE MANUEL CORRALUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 02/05/2017
Edad : 49
Localización : Algeciras
Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Miér 10 Mayo 2017, 12:10
GRACIAS DE NUEVO
- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 2316
Fecha de inscripción : 29/05/2015
Localización : Cadiz
Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Miér 10 Mayo 2017, 12:11
Voy a eliminar éste perfil,pues solo se puede tener uno en el foro.Corraleja escribió:regis76 , antes de hablar lee bien, no dice que vaya a detener a tres personas, es simplemente una duda, si lo quieres entender a tu manera allá tú, por cierto soy Josemanuel corral
- JOSE MANUEL CORRALUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Miér 10 Mayo 2017, 12:24
PERFECTO
- vigilantetotalnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 11/05/2017
Localización : Sevilla
Re: GRILLETES DE MANILLAS O BRIDAS? O LAS DOS COSAS?
Jue 11 Mayo 2017, 08:00
Yo tuve un problema por un caso parecido hace cuatro años que me querían meter una cautelar por atar a un delincuente chorizo a una valla fuera del parquing de donde estoy de servicio , lo pase muy mal pues me pusieron de detención ilegal y casi salgo en la cárcel y todo menos mal de mi abogado y testigos mas de 10 que tuve que llevar para que dijeran que el tio era incontrolable y no se podía esposar si no era atándolo a un lugar de donde no se pudiera mover la poli llego a la media hora y no me dijeron nada pero escribieron que habían encontrado una persona atada a una valla donde se atan los carros de compra pero a mi ni nada de nada y después me llego una carta del juzgado no veais lo mal que lo pase pero por suerte yatodo paso y aprendi que no se puede hacer lo que uno quiere por mas que te creas que haces bien
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