Tipos de contratos
3 participantes
- InvitadoInvitadoPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
Tipos de contratos
Sáb 14 Abr 2018, 21:25
Buenas,
He empezado a trabajar está semana, sin embargo aún no he firmado contrato (Lo haré está próxima semana). No me han dicho que contrato iban a hacerme, (sólo sé que a jornada completa en el servicio asignado es imposible). Este mes 130 h.
¿Qué tipos de contratos hay? además de obra y servicio, por horas, jornada parcial , completa. (me han avisado que tenga cuidado ya que si es a jornada completa, al no llegar a las 162 horas, me podrían mandar a cualquier lado). ¿Me puedo negar a ello?... Ay que cuidadín hay que tener...
He empezado a trabajar está semana, sin embargo aún no he firmado contrato (Lo haré está próxima semana). No me han dicho que contrato iban a hacerme, (sólo sé que a jornada completa en el servicio asignado es imposible). Este mes 130 h.
¿Qué tipos de contratos hay? además de obra y servicio, por horas, jornada parcial , completa. (me han avisado que tenga cuidado ya que si es a jornada completa, al no llegar a las 162 horas, me podrían mandar a cualquier lado). ¿Me puedo negar a ello?... Ay que cuidadín hay que tener...
- trown57Principiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 19
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Localización : Madrid
Re: Tipos de contratos
Dom 15 Abr 2018, 08:40
Vamos a ver es que lo que no tiene lógica es que te pongas a trabajar sin contrato. Empezando por ahí.
Supuestamente antes de iniciar un servicio tú hay gran cantidad de papeleo detrás para respaldarte un poco legalmente. Y hasta la policía nacional debe saber que tú estas prestando dicho servicio en ese momento, si ni siquiera tienes contrato como aseguras que te paguen y que no te venga una inspección y te comas una sanción como una casa?
No sé yo de lo que menos me preocuparía es del tipo de contrato que te pueden hacer dado que hay varios y hoy día usan obra y servicio o eventual, que son bastante... inseguros mirando a un futuro.
Bueno volviendo a tu consulta. Si tú no haces tus 162h al mes, las horas que te falten si no puedes hacerlas en tu servicio tendrás que ir a otro para llegar al cómputo. Tienes una vez trascurrido este mes dos meses más para realizar las que debas a la empresa.
Un saludo.
Supuestamente antes de iniciar un servicio tú hay gran cantidad de papeleo detrás para respaldarte un poco legalmente. Y hasta la policía nacional debe saber que tú estas prestando dicho servicio en ese momento, si ni siquiera tienes contrato como aseguras que te paguen y que no te venga una inspección y te comas una sanción como una casa?
No sé yo de lo que menos me preocuparía es del tipo de contrato que te pueden hacer dado que hay varios y hoy día usan obra y servicio o eventual, que son bastante... inseguros mirando a un futuro.
Bueno volviendo a tu consulta. Si tú no haces tus 162h al mes, las horas que te falten si no puedes hacerlas en tu servicio tendrás que ir a otro para llegar al cómputo. Tienes una vez trascurrido este mes dos meses más para realizar las que debas a la empresa.
Un saludo.
- InvitadoInvitadoPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
Re: Tipos de contratos
Dom 15 Abr 2018, 09:06
trown57 escribió:Vamos a ver es que lo que no tiene lógica es que te pongas a trabajar sin contrato. Empezando por ahí.
Supuestamente antes de iniciar un servicio tú hay gran cantidad de papeleo detrás para respaldarte un poco legalmente. Y hasta la policía nacional debe saber que tú estas prestando dicho servicio en ese momento, si ni siquiera tienes contrato como aseguras que te paguen y que no te venga una inspección y te comas una sanción como una casa?
No sé yo de lo que menos me preocuparía es del tipo de contrato que te pueden hacer dado que hay varios y hoy día usan obra y servicio o eventual, que son bastante... inseguros mirando a un futuro.
Bueno volviendo a tu consulta. Si tú no haces tus 162h al mes, las horas que te falten si no puedes hacerlas en tu servicio tendrás que ir a otro para llegar al cómputo. Tienes una vez trascurrido este mes dos meses más para realizar las que debas a la empresa.
Un saludo.
Te comento compi, contrato hay, porque me ha llegado el sms de la tesorería general de la seguridad social, y es "supuestamente" una "buena" empresa (prosegur).
Lo que no me comentaron es el tipo de contrato a hacerme, simplemente que me querían probar en ese servicio, y haber si dicho servicio era de "mi agrado"... nosé más. Fallo mío no preguntar el tipo de contrato...
Lo que no me comentaron es el tipo de contrato a hacerme, simplemente que me querían probar en ese servicio, y haber si dicho servicio era de "mi agrado"... nosé más. Fallo mío no preguntar el tipo de contrato...
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Tipos de contratos
Dom 15 Abr 2018, 14:38
Hola, si tienes un contrato de 130 h, 130 horas son las que tienes que hacer, y comento hasta donde imagino que te han cogido ya que ahora prosegur en su division de transporte de fondos ha hecho otra empresa y hacen estos contratos, con contratos por debajo de las 162 horas esta prohibido hacer horas extras.
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Localización : España
Re: Tipos de contratos
Dom 15 Abr 2018, 16:13
En esta web tienes los tipos de contrato:
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Aquí le das a cada enlace y te salen otro millón de contratos más :drunken:
Luego tienes una web del sepe en la que puedes consultar todos los contratos que hayas tenido y los que tengas en la actualidad, y mirar a ver qué contrato es el que te han hecho y lo que pone en él. Pero necesitas hacerte "el certificado digital" o tener DNI electrónico. Tú verás a ver si te sirve
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Y aquí está la "zona" donde te explica cómo gestionar tu certificado electrónico en caso de no tener el DNI electrónico. Por si no la encontrases, pero está abajo del todo de la web anterior, en el último enlace. Y desde allí entras en otro enlace :drunken:
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Luego, según mi opinión y lo que pueda saber sobre contratos, que igual me puedo confundir:
Si te hiciesen un contrato indefinido es cuando tal vez pudiesen mandarte a otros servicios para completar jornadas. Si este contrato indefinido fuese a jornada completa, claro.
Pero como no creo yo que tengas tanta suerte, pues seguramente te hagan alguno de obra o servicio, o si no uno eventual. Yo me huelo un obra o servicio. Pero claro, pudiera ser eventual.
No creo que te hagan todo el resto de contratos que pone en la web que te dije al principio: que si de interinidad, que si de formación, que si de... Esos no creo. A no ser que te hubiesen contratado para SUSTITUIR a alguien que se haya ido del servicio temporalmente por excedencias, jubilación parcial...
Si no, ya te digo que seguro te harán un obra o servicio, o un eventual.
Pero si te hacen alguno de estos dos contratos no podrás salir del servicio para el que has sido contratado.
Porque estos contratos deben llevar descrita cuál es esa obra o servicio determinado, o esa causa de temporalidad. Y como para hacer estos dos contratos debe reflejarse dónde, cómo, cuándo... pues no podrás salir por ahí a otros sitios.
Creo según mis poquillos conocimientos que sólo podrías salir si te hacen indefinido.
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Si te hacen un contrato de 130 horas, por ejemplo, sea del tipo que sea, y luego quieren que hagas más horas, donde corresponda según lo que te he dicho y según qué contrato tengas, las horas que vayan de esas 130 hasta 162, en este caso 32 horas, se llamarían HORAS COMPLEMENTARIAS. Y no son obligatorias salvo que se hayan PACTADO por escrito.
Te puedes leer este post sobre horas complementarias que hice yo "cuando era joven"
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Como tú dices que no has firmado el contrato aunque te lo hayan mandado ya a la Seguridad Social, lo más seguro es que si fuese un contrato con jornada reducida NO TENGAS QUE HACER HORAS COMPLEMENTARIAS porque que yo sepa NO HAS CELEBRADO NINGÚN PACTO con el señor empresario sobre la realización de las mismas.
Resumen: a mi entender, seguramente no tengas que salir de tu servicio para ir a otros a rellenar jornadas, porque ésto sólo podría ser si tuvieses contrato indefinido, que no creo.
Todo dicho por la que suscribe, que no es abogada y puede equivocarse.
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Aquí le das a cada enlace y te salen otro millón de contratos más :drunken:
Luego tienes una web del sepe en la que puedes consultar todos los contratos que hayas tenido y los que tengas en la actualidad, y mirar a ver qué contrato es el que te han hecho y lo que pone en él. Pero necesitas hacerte "el certificado digital" o tener DNI electrónico. Tú verás a ver si te sirve
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Y aquí está la "zona" donde te explica cómo gestionar tu certificado electrónico en caso de no tener el DNI electrónico. Por si no la encontrases, pero está abajo del todo de la web anterior, en el último enlace. Y desde allí entras en otro enlace :drunken:
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Luego, según mi opinión y lo que pueda saber sobre contratos, que igual me puedo confundir:
Si te hiciesen un contrato indefinido es cuando tal vez pudiesen mandarte a otros servicios para completar jornadas. Si este contrato indefinido fuese a jornada completa, claro.
Pero como no creo yo que tengas tanta suerte, pues seguramente te hagan alguno de obra o servicio, o si no uno eventual. Yo me huelo un obra o servicio. Pero claro, pudiera ser eventual.
No creo que te hagan todo el resto de contratos que pone en la web que te dije al principio: que si de interinidad, que si de formación, que si de... Esos no creo. A no ser que te hubiesen contratado para SUSTITUIR a alguien que se haya ido del servicio temporalmente por excedencias, jubilación parcial...
Si no, ya te digo que seguro te harán un obra o servicio, o un eventual.
Pero si te hacen alguno de estos dos contratos no podrás salir del servicio para el que has sido contratado.
Porque estos contratos deben llevar descrita cuál es esa obra o servicio determinado, o esa causa de temporalidad. Y como para hacer estos dos contratos debe reflejarse dónde, cómo, cuándo... pues no podrás salir por ahí a otros sitios.
Creo según mis poquillos conocimientos que sólo podrías salir si te hacen indefinido.
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Si te hacen un contrato de 130 horas, por ejemplo, sea del tipo que sea, y luego quieren que hagas más horas, donde corresponda según lo que te he dicho y según qué contrato tengas, las horas que vayan de esas 130 hasta 162, en este caso 32 horas, se llamarían HORAS COMPLEMENTARIAS. Y no son obligatorias salvo que se hayan PACTADO por escrito.
Te puedes leer este post sobre horas complementarias que hice yo "cuando era joven"
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Como tú dices que no has firmado el contrato aunque te lo hayan mandado ya a la Seguridad Social, lo más seguro es que si fuese un contrato con jornada reducida NO TENGAS QUE HACER HORAS COMPLEMENTARIAS porque que yo sepa NO HAS CELEBRADO NINGÚN PACTO con el señor empresario sobre la realización de las mismas.
Resumen: a mi entender, seguramente no tengas que salir de tu servicio para ir a otros a rellenar jornadas, porque ésto sólo podría ser si tuvieses contrato indefinido, que no creo.
Todo dicho por la que suscribe, que no es abogada y puede equivocarse.
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Localización : España
Re: Tipos de contratos
Dom 15 Abr 2018, 16:23
Se me ha olvidado decirte que algunos contratos no hace falta firmarlos y se pueden mandar sin firmar a la Seguridad Social.
Ésto debe ser la moda de hoy en día. Pero otros tipos de contrato deben ser firmados.
Si lo han mandado sin tu firma significa que es del tipo de contrato que no es necesario firmar, que ahora mismo tendría que buscar a ver cuáles son.
Ésto debe ser la moda de hoy en día. Pero otros tipos de contrato deben ser firmados.
Si lo han mandado sin tu firma significa que es del tipo de contrato que no es necesario firmar, que ahora mismo tendría que buscar a ver cuáles son.
- trown57Principiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Localización : Madrid
Re: Tipos de contratos
Dom 15 Abr 2018, 21:13
Linkoln escribió:Te comento compi, contrato hay, porque me ha llegado el sms de la tesorería general de la seguridad social, y es "supuestamente" una "buena" empresa (prosegur).
Lo que no me comentaron es el tipo de contrato a hacerme, simplemente que me querían probar en ese servicio, y haber si dicho servicio era de "mi agrado"... nosé más. Fallo mío no preguntar el tipo de contrato...
Nada entonces háblalo con la empresa para que te informen un poquito y te aconsejaría pedir una copia del contrato para que puedas verlo tú claramente y dejar todo atado.
No sabía que existían contratos que no hacía falta firmar. Si además se trata de Prosegur imagino que no debes tener problema.
Ya solo te queda mirar los tipos de contratos que hay que ya te han pasado unos enlaces los otros usuarios y despejar tus dudas.
Un saludo
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Re: Tipos de contratos
Dom 15 Abr 2018, 22:09
Aquí he puesto una guía buenísima de contratos.
Habla de cada uno. Del millón de contratos que existen
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Y acabo de comprobar leyendo por internet que algunos no hace falta firmarlos y sólo deben ser obligatoriamente comunicados por la empresa al Sepe, vía telemática en el plazo de 10 días.
Así que parece que incluso se puede empezar a trabajar en pañales y todo. Claro, que la fecha de inicio del currele debe venir puesta. No es que vayan a poner la fecha de dentro de 10 días.
Lo que sí es obligatorio también es que la empresa te de una copia del contenido de tu contrato SI SE LA PIDES.
Oséase que si no se la pides, pues ni eso.
Y no se pueden negar a dártela. También se puede ir al SEPE a por tu copia.
Habla de cada uno. Del millón de contratos que existen
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Y acabo de comprobar leyendo por internet que algunos no hace falta firmarlos y sólo deben ser obligatoriamente comunicados por la empresa al Sepe, vía telemática en el plazo de 10 días.
Así que parece que incluso se puede empezar a trabajar en pañales y todo. Claro, que la fecha de inicio del currele debe venir puesta. No es que vayan a poner la fecha de dentro de 10 días.
Lo que sí es obligatorio también es que la empresa te de una copia del contenido de tu contrato SI SE LA PIDES.
Oséase que si no se la pides, pues ni eso.
Y no se pueden negar a dártela. También se puede ir al SEPE a por tu copia.
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