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Lun 03 Sep 2018, 15:51
Hola a tod@s.
A ver si alguien puede resolverme una duda.
Por razones de servicio, utilizamos vehículos para realizar rondas en el interior del recinto, por lo que hay que repostar los, para ello tenemos que salir a carretera y la gasolinera está a Vario kms. Podemos abandonar el servicio para ir a la gasolinera? Y si en el trayecto tenemos un percance, que puede suponer la oralmente?
La empresa tomar medidas contra nosotros?
Gracias por vuestro tiempo
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Repostar vehículos  Empty Re: Repostar vehículos

Lun 03 Sep 2018, 16:00
A ver .te contesto , se supone que la empresa os da permiso para ir a repostar durante el servicio,en todo caso lo correcto es informar a la empresa de dicha circunstancia si no os queda gasoil para realizar las rondas. Si lo haces así no tienes que tener ningun problema.


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Lun 03 Sep 2018, 16:01
Gracias josep
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Repostar vehículos  Empty Re: Repostar vehículos

Lun 03 Sep 2018, 16:16
Pues yo pienso que debe ser la empresa la que se encargue de rellenar el depósito de gasolina.
A mi no me parece normal que los vigilantes abandoneis el servicio para ir a una gasolinera.
Coche de empresa, lo rellena de combustible la empresa.

Y si abandonais el servicio para repostar, aseguraos de tener pruebas que acrediten que os encargáis vosotros de eso, porque como pase algo... a ver cómo demostráis que no estábais porque teníais que echar chofa a un vehículo de empresa.

rimuho escribió:Si en el trayecto tenemos un percance, que puede suponer la oralmente?
La empresa tomar medidas contra nosotros?

Shocked

No entiendo ésto.
¿Por qué dices que si la empresa puede tomar represalias por ir a echar chofa si os pasa algo?
Encima de que le haceis el "favor" de rellenar su coche...

¿De quién son los vehículos de las rondas, vuestros particulares o de empresa?

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Repostar vehículos  Empty Re: Repostar vehículos

Lun 03 Sep 2018, 16:18
josepmarti escribió:se supone que la empresa os da permiso para ir a repostar durante el servicio

En este mundillo laboral nunca "se supone nada". Todo debe constar por escrito, porque si luego pasa algo, el currante no podría demostrar nada sin una orden expresa y firmada.
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Lun 03 Sep 2018, 16:22
Muy de acuerdo con ello, las palabras se las lleva el viento
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Repostar vehículos  Empty Re: Repostar vehículos

Lun 03 Sep 2018, 16:41
¿Has leído mi mensaje anterior sobre la chofa y los vehículos?
Como no has contestado de quién son los vehículos... creo que no lo has leído.
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Lun 03 Sep 2018, 16:43
Yo he estado en una empresa realizando servicios en urbanizacion y la gasolinera quedaba a 5 km y repostabamos nosotros, que vamos a llamar cada vez a la empresa para repostar? y esperar que vengan ellos, asi esta en el protocolo y la operativa se reposta, el cliente y la empresa lo saben y asi esta escrito que problema hay?, ostras que creo que buscamos problemas donde no los hay


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Repostar vehículos  Empty Re: Repostar vehículos

Lun 03 Sep 2018, 16:44
Se supone que el vehiculo es de la empresa vamos es loq ue debe ser, lo demas es ilegal y no se debe hacer.


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Lun 03 Sep 2018, 16:47
Uy, con todo lo que se lee últimamente, de vigilantes que hacían los acudas con su propio vehículo... ya nada se puede dar por sentado. Laughing
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Lun 03 Sep 2018, 16:51
Efectivamente, nunca se sabe y quiero saber que se puede y que no se puede, nunca pasa nada hasta que pasa y luego vienen los problemas
Mejor creo yo, prevenir que curar
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Lun 03 Sep 2018, 17:00
rimuho escribió:Efectivamente, nunca se sabe y quiero saber que se puede y que no se puede, nunca pasa nada hasta que pasa y luego vienen los problemas
Mejor creo yo, prevenir que curar

Pues si no estas tranquilo te vas a la delegacion de la empresa y les dices que en la operativa no figura eso de desplazarse a repostar y por tanto quieres que te hagan una autorizacion para poder repostar el vehiculo por escrito y ya esta, asi mas tranquilo creo yo.


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Lun 03 Sep 2018, 17:19
Gracias a tod@s
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Mar 04 Sep 2018, 18:54
Hombre yo aqui estoy con Josep, los servicios con coche de empresa si los repostamos los v.s de turno, la empresa sabe que se repostan y no podria alegar nada en contra, ya que se da por su puesto que los coche se repostan, solos no lo hacen, abandono de servicio tampoco, porque por la misma si tienes que hacer rondas y dejas de hacerlas por no tener gasofa se podria decir que estas haciendo una dejación de funciones, y joe que a nadie nos cuesta ir 10 minutos y hacerlo, o incluso es cuando se suele aprovechar avisando para darle un chapuzon en la maquina, o ahora ningun v.s metio el coche en la maquina de lavar? yo personalmente ir en un coche lleno de mierda me niego, por mi salud y por la imagen que refleja hacia fuera a la gente, y si tengo que pasar 10 minutos limpiandolo un poco lo hago, siempre en momentos que se puede claro, o que tiene un coche que no tiene una garita?
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Repostar vehículos  Empty Re: Repostar vehículos

Mar 04 Sep 2018, 20:26
Buenas.
En las rondas que se realizan en las vías férreas que son de unos cuantos kilómetros, porque en ocho horas haces kilómetros y aveces tienes que salirte de la ruta unos kilómetros para poder repostar . El cliente lo sabe y la empresa también. Yo entiendo que aunque no tengamos nada por escrito, las dos partes están enteradas y de acuerdo.
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Repostar vehículos  Empty Re: Repostar vehículos

Mar 04 Sep 2018, 20:54
Pues yo si no está por escrito no iría a repostar nada.
Las palabras se las lleva la ventolera.

Si se tiene un accidente al ir o volver de echar chofa, y nos pasa algo grave, nos tendrían que pagar el seguro por accidente del convenio, sobre unos 38.000 euros, no lo he mirado ahora. E igual alguna indemnización más.
Incluso la "simple" baja por accidente laboral del 100% o lo que sea que haya que pagar.

Si no está por escrito y tenemos que denunciar los impagos o la falta de baja por accidente... etc, a ver cómo demostramos en ese juicio que teníamos que ir a repostar. No tendríamos órden escrita de nadie, con lo cual el juez, que sólo se atendría a las pruebas, no nos daría una sentencia correcta.

Lo mismo si pasa algo en el servicio cuando lo abandonas para repostar. Puede haber un delincuente fijándose que los vigilantes se largan 10 min a la gasolinera de vez en cuando, y son capaces de espiarnos día tras día hasta que nos larguemos. Y aprovechar a mangar o liarla entonces.

Y ¿cómo nos defenderemos ante eso si nos echa la culpa la empresa? ¿Qué pruebas tendremos de la orden de repostar?
Si por ejemplo tu empresa quiere buscarte las vueltas porque tienes antigüedad y les haces mucho gasto... ahí se lo has puesto a huevo. Sin posibilidad de alegar o probar nada en un posible juicio por despido por abandono del puesto.

Yo jamás me iria a repostar sin orden escrita.
Por muy de acuerdo que estemos todos con cliente y empresa las palabras se las lleva el viento cuando sucede "algo".
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Mar 04 Sep 2018, 21:24
En las rondas que se hacen en este servicio, el recorrido algunas veces nos tenemos que salir del trazado habitual, por obras ,etc, se comunica a la central y se sigue.
Para repostar pasa lo mismo se comunica a la central que en el km tal se sale y después seguimos con el itinerario. Hay constancia tanto verbal como por escrito porque queda reflejado en el parte y es algo habitual que se viene haciendo muchos años.
Si hay un accidente y la empresa no se hace responsable, denuncia y el juez investigara que paso, hay testigos que es una práctica habitual y pruebas que lo confirman.
Que puedo estar equivocado .. También .. Jajajaj
Un saludo Valkyria.
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Mar 04 Sep 2018, 22:27
Jejeee, si dejas constancia en los informes claro que el juez puede ver que se suele hacer, ya que el informe lo leen cliente y empresa.

Asi si.

Pero sin dejar constancia en ningún lado no.
La manda lerenda de estrangis no va a ningún lado  Laughing
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Miér 05 Sep 2018, 02:18
El repostar el vehículo e incluso lavarlo entra dentro de las funciones de un VVSS , como herramienta de trabajo , al igual que limpiar un arma si vas armado y la empresa correrá " mejor dicho la mutua correrá con todos los gastos que se deriven de algún incidente que haya con el vehículo fuera y dentro del servicio "" eceptuando el que sea por negligencia del VVSS , ejemplo multa de tráfico por exceso de velocidad , conducir mamado o cualquier otro incidente del cual se pueda achacar mala praxis al VVSS .

En lo que no estoy de acuerdo es en servicios que los hay en los que el VVSS , tiene que entrar media o un cuarto de hora antes para realizar esos trabajos , poner gasolina , lavar , arreglar un pinchazo y o cambiar una bombilla de un faro .
Ahora sí es dentro de la jornada laboral se sobre entiende que el vehículo tiene unas necesidades y son de cajón , y si son fuera de hora la empresa tendrá que abonar ese cuarto o media hora que tú tienes que venir antes a repostar el vehículo , si no en horas de trabajo .


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Miér 05 Sep 2018, 13:37
¿Que el vigilante se encarga de arreglar pinchazos, cambiar bombillas y lavar el coche de empresa?

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Miér 05 Sep 2018, 14:56
Ley Prevención Riesgos Laborales

Artículo 17. Equipos de trabajo y medios de protección.

1. El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos.

Cuando la utilización de un equipo de trabajo pueda presentar un riesgo específico para la seguridad y la salud de los trabajadores, el empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que:

a) La utilización del equipo de trabajo quede reservada a los encargados de dicha utilización.

b) Los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación sean realizados por los trabajadores específicamente capacitados para ello.

Me falta buscar en la otra "ley" de prevención que se llama de distinta manera pero que se me ha ido el nombre.
Ahí vendrá más claro.

Pero aqui se ve que el que realice el mantenimiento debe estar ESPECÍFICAMENTE CAPACITADO y no sólo "tener conocimientos ligeros de mecánica".
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Miér 05 Sep 2018, 15:32
Buenas.
En esto le doy la razón a walkyria , averías al taller.
Otra cosa es si pinchas cuando estas haciendo la ronda, yo cambio la rueda .
Un saludo.
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Miér 05 Sep 2018, 15:50
Pues yo pienso según lo visto en la ley de prevención que si pinchas debes llamar a la grúa que para eso tienen el seguro y el gruero te cambiará la rueda.
O llamas a la empresa y vendrá un mecánico o lo que sea, cualificado.

La seguridad vial es muy importante, y no tenemos porqué saber cambiar una rueda y dejarla perfecta para la seguridad vial. Si, ya se que cambiar una rueda es fácil supuestamente, pero eso no quita que el mantenimiento lo haga personal cualificado. Digo en el mundo laboral, porque en el personal es diferente, no hay responsabilidades de empresarios.

Yo solo comento lo que dicen las leyes, no entro a valorar si sabemos cambiar ruedas o no.
Sepas o no sepas la ley de prevención es la ley de prevención de riesgos LABORALES. Y por ello corresponde al empresario garantizar el correcto mantenimiento del vehículo de empresa pir personal ESPECÍFICAMENTE cualificado.

Otra cosa es que arreglemos nosotros la rueda y luego pase algo por un deficiente arreglo.
Aquí ya no se qué responsabilidad tendríamos por meternos donde no debemos, aunque hayamos querido.
Si se tiene un accidente imagina que muy grave donde alguien fallezca en otro vehículo, o en un atropello pir reventón de rueda mal arreglada o algo asi.

Yo no lo haría, pero cada uno por supuesto es libre.
El mantenimiento del vehículo es siempre, y no a veces, o solo cuando interese... SIEMPRE debe ser responsabilidad del empresario. Y para eso está el seguro,o los talleres que a veces desplazan al mecánico al sitio si se le pide o paga.


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Miér 05 Sep 2018, 16:07
Un ejemplo similar al del mantenimiento del coche, pero en éste caso el CCTV:

Se te estropean las cámaras de vigilancia.

¿Un vigilante debe sacar destornillador, cinta aislante... etc y ponerse a desmontar los monitores para ver cuál es el problema?

¿A que aquí se ve claro que no?

¿Por qué no se ve claro cuando hablamos de un coche de empresa? Es lo mismo, ambos son material de trabajo y deben arreglarse pir personal ESPECÍFICAMENTE CUALIFICADO.

No puede tampoco venir un jefe normal y corriente y ponerse él a arreglar la rueda o los monitores, debe ser personal cualificado y no solo "que entienda un poco sobre el tema".
J. J.
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Repostar vehículos  Empty Re: Repostar vehículos

Jue 06 Sep 2018, 02:42
No por qué tú no lo vas arreglar nada pero si salta el automático tú no lo levantas por qué no eres electricista y estás toda la noche aoscuras ?
Vamos haber , una cosa es cambiar el aceite al coche y otra muy diferente es mirarlo y si le hace falta rellenarlo .
No juntemos las churras con las merinas ya somos mayorcitos y sabemos lo que sí y lo que no se debe hacer .
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