- TorcuatosUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 13:31
Buenas, realizaré la consulta en el sindicato pero siempre me gusta escuchar varias opiniones, tengo el bautizo de mi hijo y ese día lo tengo de descanso en el cuadrante y me dicen que como lo tengo libre no se me pueden computar las horas del permiso según convenio , sabéis si es así ? Se os ha dado el caso ,
Espero respuestas , gracias y saludos
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- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 14:23
Tienes estos 10 permisos retribuidos por ley , da igual si tienes o no fiesta ese dia.
Matrimonio: Independientemente de que te cases por lo civil o por la iglesia te corresponden 15 días de permiso.
2.Embarazo: En caso de estar embarazada podrás faltar todas las veces que sean necesarias por exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.
3.Nacimiento de un hijo: En este caso los padres tendrán 2 días libres más 13 de permiso.
4.Además se tendrá derecho a una hora diaria por nacimiento de un hijo prematuro o que por cualquier causa deba permanecer hospitalizado tras el parto.
5.Lactancia: Se puede disfrutar por jornada, saliendo antes, o bien acumulando y sumando días completos que se añaden a la baja por maternidad.
6.Enfermedad, accidente, hospitalización o fallecimiento de familiares: de hasta segundo grado de parentesco (padres, hermanos, abuelos, hijos, nietos, suegros, nueras, yernos y cónyuge). Tenemos derecho a 2 días naturales, pero si en caso de fallecimiento tuviéramos que viajar esos días pasan a ser 4 naturales.
7.Cambio de domicilio: En caso de mudanza podrás disfrutar 1 día libre.
8.Despido de causas objetivas: Si tu empresa va a despedirte tienes derecho durante el periodo de preaviso a cogernos 6 horas libres a la semana para que puedas buscar un nuevo empleo.
9.Labores sindicales: Te puedes ausentar de tu puesto de trabajo si tienes que realizar cualquier tipo de acción o labor sindical durante el tiempo que sea necesario.
10. Deber inexcusable: Si tienes que ser jurado o miembro de una mesa electoral, ambos considerados deberes inexcusables podrás ausentarte de tu trabajo el tiempo que la situación lo exija.
Matrimonio: Independientemente de que te cases por lo civil o por la iglesia te corresponden 15 días de permiso.
2.Embarazo: En caso de estar embarazada podrás faltar todas las veces que sean necesarias por exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.
3.Nacimiento de un hijo: En este caso los padres tendrán 2 días libres más 13 de permiso.
4.Además se tendrá derecho a una hora diaria por nacimiento de un hijo prematuro o que por cualquier causa deba permanecer hospitalizado tras el parto.
5.Lactancia: Se puede disfrutar por jornada, saliendo antes, o bien acumulando y sumando días completos que se añaden a la baja por maternidad.
6.Enfermedad, accidente, hospitalización o fallecimiento de familiares: de hasta segundo grado de parentesco (padres, hermanos, abuelos, hijos, nietos, suegros, nueras, yernos y cónyuge). Tenemos derecho a 2 días naturales, pero si en caso de fallecimiento tuviéramos que viajar esos días pasan a ser 4 naturales.
7.Cambio de domicilio: En caso de mudanza podrás disfrutar 1 día libre.
8.Despido de causas objetivas: Si tu empresa va a despedirte tienes derecho durante el periodo de preaviso a cogernos 6 horas libres a la semana para que puedas buscar un nuevo empleo.
9.Labores sindicales: Te puedes ausentar de tu puesto de trabajo si tienes que realizar cualquier tipo de acción o labor sindical durante el tiempo que sea necesario.
10. Deber inexcusable: Si tienes que ser jurado o miembro de una mesa electoral, ambos considerados deberes inexcusables podrás ausentarte de tu trabajo el tiempo que la situación lo exija.
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- VS76ColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 14:42
Hola, si por bautizo de hijo tienes 1 día de permiso pero como ese día lo tienes libre te lo computarán a 0 horas.
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 14:55
Al ser el bautizo en un dia de descanso se traslada el permiso a tu primer día laborable, y punto. En marzo de 2018 creo, salió la sentencia. En sentencias del foro podrás verlo.
Por lo tanto disfrutarás de tu permiso el primer día que curres tras ese bautizo. No irás a currar y te computarán las horas como marca el convenio con sus fórmulas mágicas para matemáticos tontos.
Pero haz el escrito de comunicacion del permiso ¿eh? nada de palabra. Pon: el dia (laborable) ejerceré mi derecho al permiso retribuido por bautizo de hijo que me otorga el convenio en su art 56 (creo es el 56 compruebalo). Si no vas a convenio nacional nos lo dices y te pongo otro articulo de tu convenio o del Estatuto de trabajadores.
Veo, o creo, que no estás disfrutando del permiso de paternidad de 5 semanas, que es para los padres hombres. Si tu hijo nació a partir de julio, son 5 semanas, si nació antes es de 4 semanas. Con el salario al 100% estás en tu casita 5 semanas.
Aqui verás sobre ese permiso y habla un poco tambien de lo del traslado del permiso retribuido al primer dia laborable.
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Por lo tanto disfrutarás de tu permiso el primer día que curres tras ese bautizo. No irás a currar y te computarán las horas como marca el convenio con sus fórmulas mágicas para matemáticos tontos.
Pero haz el escrito de comunicacion del permiso ¿eh? nada de palabra. Pon: el dia (laborable) ejerceré mi derecho al permiso retribuido por bautizo de hijo que me otorga el convenio en su art 56 (creo es el 56 compruebalo). Si no vas a convenio nacional nos lo dices y te pongo otro articulo de tu convenio o del Estatuto de trabajadores.
Veo, o creo, que no estás disfrutando del permiso de paternidad de 5 semanas, que es para los padres hombres. Si tu hijo nació a partir de julio, son 5 semanas, si nació antes es de 4 semanas. Con el salario al 100% estás en tu casita 5 semanas.
Aqui verás sobre ese permiso y habla un poco tambien de lo del traslado del permiso retribuido al primer dia laborable.
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- TorcuatosUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 15:48
Hola Valkyria pero eso es una sentencia, el convenio no lo recoge aún , el convenio dice que si cae en descanso no se computan las horas , se agarran a eso
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 16:05
Pero es una sentencia que causa jurisprudencia para todos los sectores.
Como ha salido en marzo no lo recoge el convenio, pero hay que respetarla. Estaría bueno que hubiese que esperar a aplicarla hasta que todos los convenios españoles lo reflejaran Seguro que ninguno lo refleja.
Las sentencias aclaran temas y hay que aplicarlas.
Bueno, ya sabes que no lo harán, pero si por ejemplo alguien denunciase que no se le aplica lo del permiso en dia laborable ganaría el juicio. Se lleva la sentencia al juicio y se gana. Aunque los jueces ya la conocerán de sobra.
Pero es como todo. Si te dice la empresa que no te lo aplica, pues no te lo aplica hasta que no denuncies tu reclamación de cantidades por unas horillas.
Pero existir existe y hay que aplicarlo aunque no esté en ningún convenio.
Además no es necesario que esté en convenio porque lo que ha aclarado la sentencia es la frase como está redactado lo de los permisos. Que todo el mundo empresarial la interpretaba como le daba la gana pero se interpreta de otra forma. Es decir, la frase está ya puesta en estatuto y convenios pero han aclarado lo que significa. Por lo tanto sí que está en los convenios.
Ahora la busco y pongo aqui.
Tampoco recoge el convenio lo del permiso de paternidad y existe.
Como ha salido en marzo no lo recoge el convenio, pero hay que respetarla. Estaría bueno que hubiese que esperar a aplicarla hasta que todos los convenios españoles lo reflejaran Seguro que ninguno lo refleja.
Las sentencias aclaran temas y hay que aplicarlas.
Bueno, ya sabes que no lo harán, pero si por ejemplo alguien denunciase que no se le aplica lo del permiso en dia laborable ganaría el juicio. Se lleva la sentencia al juicio y se gana. Aunque los jueces ya la conocerán de sobra.
Pero es como todo. Si te dice la empresa que no te lo aplica, pues no te lo aplica hasta que no denuncies tu reclamación de cantidades por unas horillas.
Pero existir existe y hay que aplicarlo aunque no esté en ningún convenio.
Además no es necesario que esté en convenio porque lo que ha aclarado la sentencia es la frase como está redactado lo de los permisos. Que todo el mundo empresarial la interpretaba como le daba la gana pero se interpreta de otra forma. Es decir, la frase está ya puesta en estatuto y convenios pero han aclarado lo que significa. Por lo tanto sí que está en los convenios.
Ahora la busco y pongo aqui.
Tampoco recoge el convenio lo del permiso de paternidad y existe.
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 16:15
Art 37 del Estatuto de los Trabajadores:
3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Esta es la frase. Y la sentencia dice algo como ésto:
Si el trabajador "podrá AUSENTARSE DEL TRABAJO" es porque tiene que estar trabajando para disfrutar del permiso. Y como todos los currantes tienen derecho a éstos permisos pues hay que aplicarlos cuando se esté currando. Porque si te lo aplicaran en dia libre ya no estarias teniendo derecho a nada.
Además no dice el ET nada sobre que el permiso deba aplicarse en el exacto día del hecho. ¿Donde pone que el permiso tendrá que ser obligatoriamente en ese día exacto libres o no?
Lee esto, que aunque ponga 3 permisos concretos es para todos, que ya lo han aclarado en otras partes:
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3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Esta es la frase. Y la sentencia dice algo como ésto:
Si el trabajador "podrá AUSENTARSE DEL TRABAJO" es porque tiene que estar trabajando para disfrutar del permiso. Y como todos los currantes tienen derecho a éstos permisos pues hay que aplicarlos cuando se esté currando. Porque si te lo aplicaran en dia libre ya no estarias teniendo derecho a nada.
Además no dice el ET nada sobre que el permiso deba aplicarse en el exacto día del hecho. ¿Donde pone que el permiso tendrá que ser obligatoriamente en ese día exacto libres o no?
Lee esto, que aunque ponga 3 permisos concretos es para todos, que ya lo han aclarado en otras partes:
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 16:17
Bueno, para todos menos para los de citas al médico, denuncias y cosas que sean en el momento.
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 16:53
Muchas gracias Valkyria tan eficaz como siempre y al resto también muchas gracias
Saludos
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Vie 19 Oct 2018, 16:59
Pa eso estamos. Aunque tu empresa ya sabes que hará lo que le de la gana.
Por fi, solo me gustaria saber qué te han dicho en el sindicato cuando vayas. No hace falta que digas qué sindi es, solo lo que te digan, para comprobar si van con el currante o con la empresa. Y que todos podamos ver las respuestas que nos dan los sindis.
Suerte.
Por fi, solo me gustaria saber qué te han dicho en el sindicato cuando vayas. No hace falta que digas qué sindi es, solo lo que te digan, para comprobar si van con el currante o con la empresa. Y que todos podamos ver las respuestas que nos dan los sindis.
Suerte.
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Re: Permiso retribuido Bautizo
Sáb 20 Oct 2018, 10:54
Como para abrir un tema con las informaciones que facilitan.
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