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josepmarti
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Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas  anuales y no a las 15  y me explico. Empty Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas anuales y no a las 15 y me explico.

Mar 09 Jul 2019, 17:11
Casos como los de Ombuds demuestran que para los trabajadores en general y para los vigilantes de seguridad en particular es mucho mas rentable y acertado pujar por tener 12 pagas anuales que no las 15 que también podemos elegir, entiéndase la de beneficios mas las dos extras prorrateadas , lo que nos da una cifra mensual a nuestro favor, impuestos aparte de 241.13 € según convenio de empresas de seguridad vigente  que podemos incluir en nuestra bolsa de la compra cada mes y que ademas tiene una ventaja sustancial en cuanto a estos casos como el que tenemos ahora mismo con la empresa Ombuds que no se sabe ni como acabara ni que solución tendrá y que tiene en vilo a muchos empleados de dicha compañía y que ademas nos da la ventaja y la libertad de abandonar una empresa sabiendo que el dinero o gran parte del mismo ya lo tenemos abonado y no tenemos que esperar esa gran liquidación que a veces tarda en llegar si llega y no hay que recurrir a otros estamentos para poderla percibir.

El caso de Ombuds nos daría una buena reseña de lo que significa percibir las pagas incluidas mensualmente , a la hora de haber morosidad por parte de la empresa hacia sus empleados y lo que significa tener ese emolumento en nuestro haber.

Dejo el tema aquí para su debate sabedor de que habrá discrepancias algo lógico en un foro de debate , faltaría plus.
Solo plantearos esta pregunta , ¿Porque tiene que tener la empresa nuestro dinero pudiéndolo tener nosotros cada mes?

Saludos

josepmarti


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Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas  anuales y no a las 15  y me explico. Empty Re: Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas anuales y no a las 15 y me explico.

Mar 09 Jul 2019, 17:51
josepmarti escribió:Solo plantearos esta pregunta , ¿Porque tiene que tener la empresa nuestro dinero pudiéndolo tener nosotros cada mes?

Pues por ningún motivo, ahora, el que prefiera dejar que su empresa se dediqué a jugar en bolsa con su sueldo, allá el.

"Yo untare mis versos con tocino, Gongorilla, porqué nos lo muerdas..."
josepmarti
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Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas  anuales y no a las 15  y me explico. Empty Re: Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas anuales y no a las 15 y me explico.

Mar 09 Jul 2019, 18:37
Pues es lo que hacen compañero, solo tienes que ver la cantidad de dinero que disponen segun la cifra que se calcula del prorrateo


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josepmarti
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Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas  anuales y no a las 15  y me explico. Empty Re: Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas anuales y no a las 15 y me explico.

Mar 09 Jul 2019, 18:48
El prorratearse las pagas es tener ese dinero en tu bolsillo y disfrutarlo tu y no que lo utilice la empresa por ti, pero en este pais algunos creen que si lo tiene la empresa y te lo da de golpe 2 veces al sño es mas dinero y sigue siendo el mismo


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cuarentaconseis
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Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas  anuales y no a las 15  y me explico. Empty Re: Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas anuales y no a las 15 y me explico.

Mar 09 Jul 2019, 18:53
Pues más matemáticas y menos furbo'.
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Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas  anuales y no a las 15  y me explico. Empty Re: Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas anuales y no a las 15 y me explico.

Mar 09 Jul 2019, 19:08
Legalmente puede hacerse, a nivel individual o colectivo.

Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad 2017 - 2020.
Artículo 45. Complemento de vencimiento superior al mes.
1. Gratificación de Julio y Navidad.
2. Gratificación de Marzo.

3. Prorrateo de Pagas: Las anteriores gratificaciones extraordinarias se podrán prorratear en doce mensualidades, previo acuerdo del trabajador y la empresa.


.
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Mar 09 Jul 2019, 23:44
Hablando del convenio, el año que viene caduca 2017-2020... alguien sabe algo? o sera como el reglamento que tardaran siglos en sacarlo? el convenio tienen que renovarlo si o si y en su caso diría yo que deberían actualizarlo a mejor... alguien sabe si pueden incluir algo nuevo que nos favorezca?

PD: Si alguien tiene información del nuevo reglamento que lo diga o caye para siempre :'(
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Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas  anuales y no a las 15  y me explico. Empty Re: Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas anuales y no a las 15 y me explico.

Miér 10 Jul 2019, 02:12
Yo estoy con Josep , más vale pájaro en mano que ciento volando .

Es verdad que el mes de las pagas te viene muy bien esas ayudas , tanto para el veraneo como para las Navidades , pero también es verdad que según se está poniendo el patio si hay problemas que es muy posible que los haya , lo mejor es llevar cobrado cuanto más mejor .
Cuando una empresa empieza a demorar los pagos un mes tras otro hay que cambiar el chip y como dice el amigo Josep , si puedes empieza a mirar a otra empresa para hacer algunas horas y poder resistir la que se te viene en cima , eso claro está siempre que la antigüedad , plus , servicio y otras razones  obliguen a seguir en esa empresa hasta el final , si nada de esto te sujeta lo mejor es salir como alma que lleva el diablo y buscarte la vida en otra empresa .


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Miér 10 Jul 2019, 07:58
Yo particularmente no las tengo prorrateadas y las cobro en Marzo, Julio y navidad, y sí, pensándolo detalladamente lo mejor y lo mas seguro sería cobrar en 12 pagas en vez de 15. Pero también es verdad que así tengo un dinero que viene genial en esas fechas donde gasto más.

Si lo cobrara todo junto gastaría mucho más mes a mes, es por eso por lo que sigo teniéndolas por separado, eso sí, si estuviera en una empresa "sospechosa" lo intentaría cambiar a toda velocidad.
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Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas  anuales y no a las 15  y me explico. Empty Re: Casos como el de Ombuds demuestran que hay que ir a las 12 pagas anuales y no a las 15 y me explico.

Miér 10 Jul 2019, 16:53
Aenarion escribió:Yo particularmente no las tengo prorrateadas y las cobro en Marzo, Julio y navidad, y sí, pensándolo detalladamente lo mejor y lo mas seguro sería cobrar en 12 pagas en vez de 15. Pero también es verdad que así tengo un dinero que viene genial en esas fechas donde gasto más.

Si lo cobrara todo junto gastaría mucho más mes a mes, es por eso por lo que sigo teniéndolas por separado, eso sí, si estuviera en una empresa "sospechosa" lo intentaría cambiar a toda velocidad.

Si se entiende perfectamente y ademas es respetable, es lo que siempre se ha hecho en este pais , al contraio de la mayoría de paises donde lo que se prima es cobrar cada mes un sueldo que suma todo el año y se tiene por parte del trabajador lo antes posible ya que recordemos los empresarios no son banqueros ni nosotros necesitamos que lo sean y el dinero es nuestro , no lo olvidéis.


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Miér 10 Jul 2019, 16:57
Por otro lado tenemos aquellas empresas que pagan a termino y religiosamente que en general tienden a ofrecer la formula del prorrateo y que curiosamente muchos trabajadores afines a sindicatos no aceptan dichas condiciones supongo que aludiendo a dichos argumentos de que es mas dinero de golpe cuando viene para podernos ir de vacaciones etc


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Miér 10 Jul 2019, 17:14
Trece escribió:Hablando del convenio, el año que viene caduca 2017-2020... alguien sabe algo? o sera como el reglamento que tardaran siglos en sacarlo? el convenio tienen que renovarlo si o si y en su caso diría yo que deberían actualizarlo a mejor... alguien sabe si pueden incluir algo nuevo que nos favorezca?

El convenio va del 1 enero de 2017 al 31 diciembre de 2020. Todavía queda año y medio para que empiecen a negociarlo. Y como hagan la misma cantidad de reuniones y actas que para este que tenemos, con suerte lo publicarán para mediados o finales de 2021 Laughing

El reglamento vaga por los pasillos del Ministerio del Interior, o igual duerme tranquilo en algún cajón del mismo recinto. En mi opinión personal (y haciendo uso de mi neurona de adivinación extrasensorial) pienso que saldrá para 2021. Porque 2021 será año de cambios en general y no van ahora a sacar el reglamento y que no esté actualizado a esos cambios.

Algo nuevo que nos favorezca, ejem, ejem.

Convenio según mi opinión y la misma neurona:
- adiós antigüedad a partir de las nuevas incorporaciones de vigilantes.
- hasta luego lucas a las mejoras en bajas por enfermedad común (y tal vez en bajas por enfermedad o accidente laboral) que actualmente tiene el convenio con respecto a las normas mínimas de las mismas que tiene la propia seguridad social.
- cambios en el artículo 14 y siguientes sobre subrogaciones, debido a la sentencia que salió sobre que la empresa entrante debe hacerse cargo de las deudas que haya generado la saliente Tal vez eliminen la obligación de subrogar, porque con esa sentencia se perjudican las empresas entrantes, y ya sabemos que el convenio se llama: "Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad.".

Cambios del reglamento según mi opinión:
- al dinero en efectivo le quedan 2 telediarios. Cambios en el transporte de fondos, para poder transportar un chino en bicicleta cantidades de hasta x euros, debido a la paulatina desaparición del efectivo (no habrá casi dinero que transportar, o bien, si desaparece más adelante irán metiendo esa norma del chino para cuando suceda, que es inminente).
- Dudo que sigamos en bastantes servicios públicos que actualmente prestamos, debido a las convocatorias de FFCC que ya estàn en marcha, y a las que vendrán. Podrían poner, tal vez, que los servicios públicos los hagan los militares "mayores", que también vendrán al sector, aunque esto lo dudo un poco.
- Supresión de la convocatoria a examen ante la policía. Quedará el certificado porque es más rentable a las academias y por ende al Estado.
- Protección de autoridad como ahora, ningún cambio a mejor.
- Acceso al sector de discapacitados.

No se me ocurre más ahora, si se me ocurre lo pondré.

Respecto a prorratear o no las pagas extra:
Jamás entenderé a los que opinan que prefieren cobrar las pagas extra enteras en su fecha de cobro (marzo, julio y Navidad) porque así tienen un dinero repentino que les viene muy bien para los gastos de esas fechas.
No lo entiendo porque si uno quiere ahorrar puede meter su dinero (o prorrata de paga extra mensual) en un gorrino hucha, o simplemente no sacarlo del banco, ya que el dinero "que sobra" solo se gasta si uno quiere (por algún capricho), o si lo necesita por algún gasto imprevisto (taller del coche, diente roto...).
Además, si necesitas de verdad dinero "extra" en cualquier mes por algún imprevisto, no podrás afrontar ese imprevisto por tener tu dinero la empresa hasta que lleguen las fechas de cobro de extras. Y tendrás que pedir un adelanto, o pedírselo a alguien para poder afrontar ese imprevisto. Y entonces cuando te llegue la extra la vas a gastar en devoluciones.

Me parece absurdo el pensar que una empresa es como un banco que guarda tu dinero y te asegura liquidez en fechas señaladas (marzo, julio y Navidad).
Aparte de que pienso que los adultos hemos de tener cabeza para ahorrar, si es nuestro deseo u obligación el hacerlo.
Que el dinero no se gasta solito en caprichos, cubatas, fiestas... si uno no quiere. Se gasta si quieres darte ese capricho.
Aunque solo es mi opinión, que cualquiera ya sabe cómo debe o quiere actuar con su pastita, jejeee.

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