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El Senado aprueba la Ley de Subcontratas que protege los convenios de empresa
FORO DE VIGILANTES DE SEGURIDAD Y NOTICIAS www.forodevigilantes.com :: SEGURIDAD PRIVADA :: DEBATE GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
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El Senado aprueba la Ley de Subcontratas que protege los convenios de empresa
El Senado aprueba la Ley de Subcontratas que protege los convenios de empresa
viernes 29 sept 2017
Se aceptan las enmiendas del PP que relegan los convenios colectivos
El pleno del Senado aprobó este miércoles las enmiendas que el PP ha incluido en la Ley de Contratos del Sector Público y que establece como prioritarios los convenios de empresa frente a los sectoriales, siempre que se haga referencia a lo pactado en convenio colectivo, por lo que vuelve al Congreso.
El pleno del Senado, con mayoría del PP, ha ratificado el dictamen que procedía de la comisión de Hacienda de la Cámara Alta y que aprobó incluir tres enmiendas del grupo parlamentario popular. De esta forma los grupos políticos en el Congreso deberán volver a debatir en el pleno estos cambios, que persiguen que los convenios de empresa pactados estén por encima de los convenios sectoriales.
Las iniciativas afirman que la ley no puede hacer que una empresa cumpla con lo establecido en el convenio sectorial si cuenta con un convenio colectivo propio, ya que podrían cambiar las condiciones salariales e incluso las que marca el sectorial ser inferiores a las que marca el convenio de empresa aplicable.
Los senadores Guillermo Martínez y Javier Fernández defendieron durante su debate en la Cámara Alta que no se pretende "prejuzgar la bonanza del convenio de empresa o del sectorial, sino que, a las empresas contratadas, se les exija el convenio que legalmente sea aplicable".
Martínez ha destacado el amplio consenso que ha alcanzado esta Ley a su paso por el Congreso, donde fue votada a favor por todos los grupos parlamentarios a excepción de las abstenciones del PSOE y de Unidos Podemos.
Fernández, ha insistido en que es una de las leyes más importantes que se tramitan en la legislatura y ha explicado que los cambios son por "razones de seguridad jurídica, para que el texto no entre en contradicción con la actual legislación".
La senadora socialista Matilde Valentín ha acusado al Gobierno y al PP de "clavar la bandera de la reforma laboral" en la Ley de Contratos Públicos, ya que confirma la supremacía de los convenios de empresa y supone abundar en la transferencia de rentas salariales al capital "a costa de seguir incrementando la precariedad laboral".
La senadora ha advertido de que estas iniciativas son un "trágala que no estamos dispuestos a apoyar" y ha recordado que la línea roja por la que el PSOE no puede votar a favor de esta Ley es la supresión del Contrato de gestión de Servicios Públicos.
La nueva ley de contratación del sector público incorporó en el Congreso 975 enmiendas de las 1.081 que había registrado, protegerá a los subcontratistas y permitirá que la Administración pueda pagarles directamente, al tiempo que elimina la cláusula del pacto entre las partes en los plazos de pago. También establecerá la obligación de la factura electrónica y una Oficina Independiente que supervise los contratos y garantice la libre concurrencia.
Pondrá un límite a los modificados en los contratos firmados en los pliegos con las empresas privadas, para que no superen el 20 % del importe contratado y obligará a las empresas concesionarias a asumir los riesgos económicos de la construcción y explotación de las obras o servicios que prestan a la Administración.
Las cláusulas sociales y medioambientales estarán presentes en toda la ley, al tiempo que se reservará un porcentaje de contratos para empresas de inserción laboral y discapacidad.
Otro de los puntos de la nueva ley es que obligará a trocear en lotes los contratos susceptibles de fraccionamiento para que las pymes puedan acceder a la contratación pública y las empresas de nueva creación no tengan que acreditar trabajos anteriores con la administración para poder acceder a ella.
Además, garantizará la posibilidad de rescindir los contratos por impago de salario a los trabajadores y dará mayor transparencia a la publicidad de los contratos menores que rebajan su cuantía.
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viernes 29 sept 2017
Se aceptan las enmiendas del PP que relegan los convenios colectivos
El pleno del Senado aprobó este miércoles las enmiendas que el PP ha incluido en la Ley de Contratos del Sector Público y que establece como prioritarios los convenios de empresa frente a los sectoriales, siempre que se haga referencia a lo pactado en convenio colectivo, por lo que vuelve al Congreso.
El pleno del Senado, con mayoría del PP, ha ratificado el dictamen que procedía de la comisión de Hacienda de la Cámara Alta y que aprobó incluir tres enmiendas del grupo parlamentario popular. De esta forma los grupos políticos en el Congreso deberán volver a debatir en el pleno estos cambios, que persiguen que los convenios de empresa pactados estén por encima de los convenios sectoriales.
Las iniciativas afirman que la ley no puede hacer que una empresa cumpla con lo establecido en el convenio sectorial si cuenta con un convenio colectivo propio, ya que podrían cambiar las condiciones salariales e incluso las que marca el sectorial ser inferiores a las que marca el convenio de empresa aplicable.
Los senadores Guillermo Martínez y Javier Fernández defendieron durante su debate en la Cámara Alta que no se pretende "prejuzgar la bonanza del convenio de empresa o del sectorial, sino que, a las empresas contratadas, se les exija el convenio que legalmente sea aplicable".
Martínez ha destacado el amplio consenso que ha alcanzado esta Ley a su paso por el Congreso, donde fue votada a favor por todos los grupos parlamentarios a excepción de las abstenciones del PSOE y de Unidos Podemos.
Fernández, ha insistido en que es una de las leyes más importantes que se tramitan en la legislatura y ha explicado que los cambios son por "razones de seguridad jurídica, para que el texto no entre en contradicción con la actual legislación".
La senadora socialista Matilde Valentín ha acusado al Gobierno y al PP de "clavar la bandera de la reforma laboral" en la Ley de Contratos Públicos, ya que confirma la supremacía de los convenios de empresa y supone abundar en la transferencia de rentas salariales al capital "a costa de seguir incrementando la precariedad laboral".
La senadora ha advertido de que estas iniciativas son un "trágala que no estamos dispuestos a apoyar" y ha recordado que la línea roja por la que el PSOE no puede votar a favor de esta Ley es la supresión del Contrato de gestión de Servicios Públicos.
La nueva ley de contratación del sector público incorporó en el Congreso 975 enmiendas de las 1.081 que había registrado, protegerá a los subcontratistas y permitirá que la Administración pueda pagarles directamente, al tiempo que elimina la cláusula del pacto entre las partes en los plazos de pago. También establecerá la obligación de la factura electrónica y una Oficina Independiente que supervise los contratos y garantice la libre concurrencia.
Pondrá un límite a los modificados en los contratos firmados en los pliegos con las empresas privadas, para que no superen el 20 % del importe contratado y obligará a las empresas concesionarias a asumir los riesgos económicos de la construcción y explotación de las obras o servicios que prestan a la Administración.
Las cláusulas sociales y medioambientales estarán presentes en toda la ley, al tiempo que se reservará un porcentaje de contratos para empresas de inserción laboral y discapacidad.
Otro de los puntos de la nueva ley es que obligará a trocear en lotes los contratos susceptibles de fraccionamiento para que las pymes puedan acceder a la contratación pública y las empresas de nueva creación no tengan que acreditar trabajos anteriores con la administración para poder acceder a ella.
Además, garantizará la posibilidad de rescindir los contratos por impago de salario a los trabajadores y dará mayor transparencia a la publicidad de los contratos menores que rebajan su cuantía.
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Localización : España
Re: El Senado aprueba la Ley de Subcontratas que protege los convenios de empresa
Estatuto trabajadores a cambiar
Artículo 42. Subcontratación de obras y servicios.
1. Los empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquellos deberán comprobar que dichos contratistas están al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. Al efecto, recabarán por escrito, con identificación de la empresa afectada, certificación negativa por descubiertos en la Tesorería General de la Seguridad Social, que deberá librar inexcusablemente dicha certificación en el término de treinta días improrrogables y en los términos que reglamentariamente se establezcan. Transcurrido este plazo, quedará exonerado de responsabilidad el empresario solicitante
----------------------------
Presentada la Proposición de Ley de modificación del art. 42.1 del E.T. sobre trabajadores subcontratados
Mayo 2017 .
El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado en el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley por la cual se pretende la modificación del artículo 42.1 del Estatuto de los Trabajadores con el fin de garantizar la igualdad en las condiciones laborales de los trabajadores subcontratados.
El texto de la nueva redacción del art. 42 apartado 1 sería el siguiente:
«Se entenderá que el objeto de contratación o subcontratación supone la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad del empresario contratante cuando se corresponda con todas o alguna de las actividades principales o nucleares del mismo y suponga, por parte del contratista o subcontratista, la aportación de mano de obra que desarrolla funciones profesionales que tienen relación directa con dichas actividades principales o nucleares. En estos casos, las empresas contratistas y subcontratistas deberán garantizar a los trabajadores afectados por la contrata o subcontrata, durante el tiempo en que presten servicios adscritos a la misma, las condiciones laborales y de empleo esenciales previstas en el convenio colectivo que fuese de aplicación en la empresa principal o, en su caso, las que tendrían si fueran trabajadores contratados directamente por dicho empresario principal.
A estos efectos se consideran condiciones laborales y de empleo esenciales las referidas a remuneración y cuantía salarial, condiciones de contratación, tiempo de trabajo y descanso, igualdad, protección de la maternidad, lactancia y paternidad y frente a riesgos laborales.»
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Artículo 42. Subcontratación de obras y servicios.
1. Los empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquellos deberán comprobar que dichos contratistas están al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. Al efecto, recabarán por escrito, con identificación de la empresa afectada, certificación negativa por descubiertos en la Tesorería General de la Seguridad Social, que deberá librar inexcusablemente dicha certificación en el término de treinta días improrrogables y en los términos que reglamentariamente se establezcan. Transcurrido este plazo, quedará exonerado de responsabilidad el empresario solicitante
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Presentada la Proposición de Ley de modificación del art. 42.1 del E.T. sobre trabajadores subcontratados
Mayo 2017 .
El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado en el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley por la cual se pretende la modificación del artículo 42.1 del Estatuto de los Trabajadores con el fin de garantizar la igualdad en las condiciones laborales de los trabajadores subcontratados.
El texto de la nueva redacción del art. 42 apartado 1 sería el siguiente:
«Se entenderá que el objeto de contratación o subcontratación supone la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad del empresario contratante cuando se corresponda con todas o alguna de las actividades principales o nucleares del mismo y suponga, por parte del contratista o subcontratista, la aportación de mano de obra que desarrolla funciones profesionales que tienen relación directa con dichas actividades principales o nucleares. En estos casos, las empresas contratistas y subcontratistas deberán garantizar a los trabajadores afectados por la contrata o subcontrata, durante el tiempo en que presten servicios adscritos a la misma, las condiciones laborales y de empleo esenciales previstas en el convenio colectivo que fuese de aplicación en la empresa principal o, en su caso, las que tendrían si fueran trabajadores contratados directamente por dicho empresario principal.
A estos efectos se consideran condiciones laborales y de empleo esenciales las referidas a remuneración y cuantía salarial, condiciones de contratación, tiempo de trabajo y descanso, igualdad, protección de la maternidad, lactancia y paternidad y frente a riesgos laborales.»
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Re: El Senado aprueba la Ley de Subcontratas que protege los convenios de empresa
VARAPALO A UGT, CC.OO Y APROSER EN SUS NEGOCIACIONES CON EL GOBIERNO, DONDE PRETENDÍAN LA DEROGACIÓN DE LA REFORMA LABORAL.
30 septiembre, 2017
El Senado aprueba la Ley de Subcontratas que protege los convenios de empresa
Se aceptan las enmiendas del PP que relegan los convenios colectivos
El pleno del Senado aprobó este miércoles las enmiendas que el PP ha incluido en la Ley de Contratos del Sector Público y que establece como prioritarios los convenios de empresa frente a los sectoriales, siempre que se haga referencia a lo pactado en convenio colectivo, por lo que vuelve al Congreso.
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30 septiembre, 2017
El Senado aprueba la Ley de Subcontratas que protege los convenios de empresa
Se aceptan las enmiendas del PP que relegan los convenios colectivos
El pleno del Senado aprobó este miércoles las enmiendas que el PP ha incluido en la Ley de Contratos del Sector Público y que establece como prioritarios los convenios de empresa frente a los sectoriales, siempre que se haga referencia a lo pactado en convenio colectivo, por lo que vuelve al Congreso.
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