uniforme fuera de servicio
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josepmarti
fernando francisco
6 participantes
- fernando franciscoUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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uniforme fuera de servicio
Lun 17 Sep 2018, 08:49
Hola, me gustaria saber si hay algun articulo, donde este prohibido, una vez terminado mi servicio, no pueda ir con el uniforme en mi coche particular directo a casa
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 22815
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Re: uniforme fuera de servicio
Lun 17 Sep 2018, 10:11
Hola buenos dias, Fernando, si te vas con tu coche particular , dentro del coche nadie te puede decir nada y puedes irte de uniforme, loq ue no puedes hacer es andar por ahi con el uniforme, ni en los bares ni caminando mucho tiempo por la calle con el uniforme a la vista , pero si tienes parking o puedes aparcar cerca de casa no hay problema cuando no tenemos lugar donde cambiarnos en el trabajo.
Lo que dice el reglamento de seguridad privada es que solo se puede ir con el uniforme en el lugar de servicio y a los ejercicios de tiro.
Lo normal es que cuando uno ande por la calle porque va al servicio o vuelve del mismo es ponerse algo por encima o cambiarse simplemente la camisa si es verano y ponerse otra prenda, no es necesario cambiarse todo el uniforme solo la parte de las insignias y la placa y en invierno con una chaqueta tuya que tengas por encima es suficiente.
Pero en el coche puedes irte con tu uniforme puesto para casa sin mayor problema, espero haberte resuelto la duda.
Saludos
Lo que dice el reglamento de seguridad privada es que solo se puede ir con el uniforme en el lugar de servicio y a los ejercicios de tiro.
Lo normal es que cuando uno ande por la calle porque va al servicio o vuelve del mismo es ponerse algo por encima o cambiarse simplemente la camisa si es verano y ponerse otra prenda, no es necesario cambiarse todo el uniforme solo la parte de las insignias y la placa y en invierno con una chaqueta tuya que tengas por encima es suficiente.
Pero en el coche puedes irte con tu uniforme puesto para casa sin mayor problema, espero haberte resuelto la duda.
Saludos
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- chafutinovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: uniforme fuera de servicio
Lun 01 Oct 2018, 20:41
Siento discrepar josepmarti.
Fuera de servicio no puedes ostentar los medios de dotación, placa, ni anagramas de empresa en prendas superiores.
No es que exista un artículo que lo prohíba, es que tenemos regulado en los casos que podemos exhibirlos en vía pública, quedando como comprenderás descartado toda actividad no laboral.
Ley 5/2014
Artículo 58. Infracciones del personal que desempeñe funciones de seguridad privada.
3. Infracciones Leves:
d) En general, el incumplimiento de los trámites, condiciones o formalidades establecidos por esta ley, siempre que no constituya infracción grave o muy grave.
Artículo 62. Sanciones al personal.
3. Por la comisión de infracciones leves:
a) Apercibimiento.
b) Multa de 300 a 1.000 euros.
Añado informe UCSP 2015/041 donde habla de la cuestión planteada por el compañero.
Saludos.-
Fuera de servicio no puedes ostentar los medios de dotación, placa, ni anagramas de empresa en prendas superiores.
No es que exista un artículo que lo prohíba, es que tenemos regulado en los casos que podemos exhibirlos en vía pública, quedando como comprenderás descartado toda actividad no laboral.
Ley 5/2014
Artículo 58. Infracciones del personal que desempeñe funciones de seguridad privada.
3. Infracciones Leves:
d) En general, el incumplimiento de los trámites, condiciones o formalidades establecidos por esta ley, siempre que no constituya infracción grave o muy grave.
Artículo 62. Sanciones al personal.
3. Por la comisión de infracciones leves:
a) Apercibimiento.
b) Multa de 300 a 1.000 euros.
Añado informe UCSP 2015/041 donde habla de la cuestión planteada por el compañero.
Saludos.-
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Re: uniforme fuera de servicio
Jue 06 Jun 2024, 23:29
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Re: uniforme fuera de servicio
Jue 06 Jun 2024, 23:43
chafuti escribió:Siento discrepar josepmarti.
Fuera de servicio no puedes ostentar los medios de dotación, placa, ni anagramas de empresa en prendas superiores.
No es que exista un artículo que lo prohíba, es que tenemos regulado en los casos que podemos exhibirlos en vía pública, quedando como comprenderás descartado toda actividad no laboral.
Ley 5/2014
Artículo 58. Infracciones del personal que desempeñe funciones de seguridad privada.
3. Infracciones Leves:
d) En general, el incumplimiento de los trámites, condiciones o formalidades establecidos por esta ley, siempre que no constituya infracción grave o muy grave.
Artículo 62. Sanciones al personal.
3. Por la comisión de infracciones leves:
a) Apercibimiento.
b) Multa de 300 a 1.000 euros.
Añado informe UCSP 2015/041 donde habla de la cuestión planteada por el compañero.
Saludos.-
ACTUALIZO (08.16)
De momento elimino el contenido de éste mensaje ya que no encuentro la sentencia. Si doy con ella, la subo.
Saludos.
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Re: uniforme fuera de servicio
Vie 07 Jun 2024, 07:31
Gracias por tomarte interés en querer compartirlo
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Re: uniforme fuera de servicio
Vie 07 Jun 2024, 17:37
Yo voy en mi coche al trabajo con mi uniforme a la vista, entre en la empresa y ya estoy vestido, ahi no nos han puesto taquillas y no estoy para cambiarme en el lavabo si alguien no lo entiende que me lo diga y ademas nunca ningun policia en la carretera me ha dicho nada del uniforme asi que creo que debemos centrarnos en otras cosas y dejar estos temas banales en el armario, creo que hay cosas mas importantes para tratar que dedicarnos a mirar si vamos vestidos de romanos o de lagarteranas
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Re: uniforme fuera de servicio
Vie 07 Jun 2024, 18:00
Hola [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo],
Es comprensible que algunos compañeros se muestren cautos, ya que de banalidad tiene poca, pues ciertamente está prohibido y es sancionable. Pero como digo, existe una sentencia (no logro recordar si del TS o del TC) que reconocía que los vigilantes efectivamente pueden ir de casa al trabajo y viceversa con el uniforme; el caso es que no la encuentro por ningún lado y no puedo adjuntarla
Saludos.
Es comprensible que algunos compañeros se muestren cautos, ya que de banalidad tiene poca, pues ciertamente está prohibido y es sancionable. Pero como digo, existe una sentencia (no logro recordar si del TS o del TC) que reconocía que los vigilantes efectivamente pueden ir de casa al trabajo y viceversa con el uniforme; el caso es que no la encuentro por ningún lado y no puedo adjuntarla
Saludos.
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