Reciclaje obligatorio 20h
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Re: Reciclaje obligatorio 20h
Mar 03 Mar 2020, 18:50
Si, tienes derecho a cobrar las horas de formación como HORAS EXTRA, y si es fuera de tu localidad a cobrar dietas de comida y kilometraje.
Allá van los artículos del Convenio de Seguridad:
Artículo 21. Formación.
a) La formación de carácter obligatorio, incluidos los ejercicios de tiro, se retribuirá en los términos que se recogen en este artículo.
b) Las partes firmantes se someten al subsistema de formación profesional continua regulado en los términos previstos en la legislación vigente así como el desarrollo que se efectúe de los planes de formación sectoriales para la formación de los trabajadores, comprometiéndose a realizar los actos necesarios para el fiel cumplimiento de ambos acuerdos.
Queda facultada la Comisión Mixta o Paritaria sobre Formación Profesional Continua del Sector de Seguridad Privada, para desarrollar cuantas iniciativas sean necesarias y conducentes a la aplicación, de la normativa legal vigente en el ámbito temporal del Convenio.
Cuando se efectúe la actividad formativa obligatoria, en cualquiera de sus modalidades, fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de su hora extraordinaria.
Cuando, en este caso, deba el trabajador desplazarse por sus propios medios, dicho desplazamiento será abonado en la forma prevista en los artículos 58 y 59.
Las empresas, en virtud de la referida normativa, se someten al procedimiento en ella establecido, y deberán informar a los Representantes de los trabajadores de los planes de formación profesional a realizar, bajo el objetivo general de la mejor adaptación de la empresa a las circunstancias del mercado.
Art 58:
Aquí habla de lo que es estar fuera de tu localidad. Osea de cuando se considera que estás en otra localidad.
Artículo 59. Desplazamientos.
Cuando un trabajador tenga que desplazarse por necesidad del servicio fuera de la localidad, entendida en los términos del Artículo 58 donde habitualmente presta sus servicios o cuando salga de la localidad para la que haya sido contratado, tendrá derecho al percibo de dietas salvo que dicho desplazamiento no tenga perjuicios económicos para el trabajador. En el caso de que no se desplace en vehículo de la Empresa, tendrá derecho a que se le abone, además el importe del billete en medio de transporte idóneo.
Si el desplazamiento se realizase en un vehículo particular del trabajador, se abonará, a razón de 0,26 euros el kilómetro el año 2017, 0,27 euros el kilómetro el año 2018, 0,28 euros el kilómetro el año 2019 y 0,29 euros el kilómetro el año 2020.
Art 60 sobre dietas:
Importe de dietas 2020
Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad 10 euros
--------------------------------------------------------
Resumen:
Cada día de formación:
-Cobrar las horas de formación a precio de hora extra.
Solo las de formación, las de descanso para comer no.
- Cobrar 0,29 euros por cada km si vas en tu coche. Y esto es desde tu casa, no desde la frontera de la localidad, ni desde x km de tu casa, ni nada así.
- Cobrar 10 eurillos de dieta por comer.
Cuestiones a realizar por tí para tener pruebas por si acaso:
- pedir el ticket del bar donde comas, o del chopped y la barra pan que compres en un súper. Que se vea bien el ticket.
Sin tickets no hay dietas porque no habrías justificado el gasto, y podrías haberte llevado un bocata calamares de casa.
Haces copia del ticket, y esa copia se la das a la empresa, y tú te quedas con el original (esto me lo invento, pero es que si no te quedas sin ticket para un posible juicio).
- Echar gasofa (aunque sean 5 eurillos) cerca de la academia del curso en una hora que sea cercana a la del curso, para que tengas prueba de haber ido con tu coche por si acaso, no vayan a decir que te llevó Juanito.
Ejemplo:
Si empieza a las 9 el curso echas chofa a las 8,40 por decir algo.
Si termina a las 21:00 la echas nada más salir.
La cuestión es que se vea que estabas cerca de la academia con tu coche.
Eliges una de las dos opciones anteriores, aunque si quieres puedes echar chofa en los 2 horarios.
Y si la echas pagando con tu tarjeta bancaria igual es hasta mejor, no vaya a ser que digan que el ticket es de Juana Rodríguez.
O pregunta al de la gasolinera cómo hacen para justificar que el ticket es tuyo.
Guardar todos los tickets originales en un sobre donde no se borre la tinta.
Creo que no se me olvida nada, si ves algo pregunta.
Allá van los artículos del Convenio de Seguridad:
Artículo 21. Formación.
a) La formación de carácter obligatorio, incluidos los ejercicios de tiro, se retribuirá en los términos que se recogen en este artículo.
b) Las partes firmantes se someten al subsistema de formación profesional continua regulado en los términos previstos en la legislación vigente así como el desarrollo que se efectúe de los planes de formación sectoriales para la formación de los trabajadores, comprometiéndose a realizar los actos necesarios para el fiel cumplimiento de ambos acuerdos.
Queda facultada la Comisión Mixta o Paritaria sobre Formación Profesional Continua del Sector de Seguridad Privada, para desarrollar cuantas iniciativas sean necesarias y conducentes a la aplicación, de la normativa legal vigente en el ámbito temporal del Convenio.
Cuando se efectúe la actividad formativa obligatoria, en cualquiera de sus modalidades, fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de su hora extraordinaria.
Cuando, en este caso, deba el trabajador desplazarse por sus propios medios, dicho desplazamiento será abonado en la forma prevista en los artículos 58 y 59.
Las empresas, en virtud de la referida normativa, se someten al procedimiento en ella establecido, y deberán informar a los Representantes de los trabajadores de los planes de formación profesional a realizar, bajo el objetivo general de la mejor adaptación de la empresa a las circunstancias del mercado.
Art 58:
Aquí habla de lo que es estar fuera de tu localidad. Osea de cuando se considera que estás en otra localidad.
Artículo 59. Desplazamientos.
Cuando un trabajador tenga que desplazarse por necesidad del servicio fuera de la localidad, entendida en los términos del Artículo 58 donde habitualmente presta sus servicios o cuando salga de la localidad para la que haya sido contratado, tendrá derecho al percibo de dietas salvo que dicho desplazamiento no tenga perjuicios económicos para el trabajador. En el caso de que no se desplace en vehículo de la Empresa, tendrá derecho a que se le abone, además el importe del billete en medio de transporte idóneo.
Si el desplazamiento se realizase en un vehículo particular del trabajador, se abonará, a razón de 0,26 euros el kilómetro el año 2017, 0,27 euros el kilómetro el año 2018, 0,28 euros el kilómetro el año 2019 y 0,29 euros el kilómetro el año 2020.
Art 60 sobre dietas:
Importe de dietas 2020
Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad 10 euros
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Resumen:
Cada día de formación:
-Cobrar las horas de formación a precio de hora extra.
Solo las de formación, las de descanso para comer no.
- Cobrar 0,29 euros por cada km si vas en tu coche. Y esto es desde tu casa, no desde la frontera de la localidad, ni desde x km de tu casa, ni nada así.
- Cobrar 10 eurillos de dieta por comer.
Cuestiones a realizar por tí para tener pruebas por si acaso:
- pedir el ticket del bar donde comas, o del chopped y la barra pan que compres en un súper. Que se vea bien el ticket.
Sin tickets no hay dietas porque no habrías justificado el gasto, y podrías haberte llevado un bocata calamares de casa.
Haces copia del ticket, y esa copia se la das a la empresa, y tú te quedas con el original (esto me lo invento, pero es que si no te quedas sin ticket para un posible juicio).
- Echar gasofa (aunque sean 5 eurillos) cerca de la academia del curso en una hora que sea cercana a la del curso, para que tengas prueba de haber ido con tu coche por si acaso, no vayan a decir que te llevó Juanito.
Ejemplo:
Si empieza a las 9 el curso echas chofa a las 8,40 por decir algo.
Si termina a las 21:00 la echas nada más salir.
La cuestión es que se vea que estabas cerca de la academia con tu coche.
Eliges una de las dos opciones anteriores, aunque si quieres puedes echar chofa en los 2 horarios.
Y si la echas pagando con tu tarjeta bancaria igual es hasta mejor, no vaya a ser que digan que el ticket es de Juana Rodríguez.
O pregunta al de la gasolinera cómo hacen para justificar que el ticket es tuyo.
Guardar todos los tickets originales en un sobre donde no se borre la tinta.
Creo que no se me olvida nada, si ves algo pregunta.
- ValkyriaExperto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Reciclaje obligatorio 20h
Mar 03 Mar 2020, 19:11
Ah si, hacer un escrito a la empresa, al menos yo lo haría, pero no se si la gente suele hacerlo. Pero lo que haga la gente no importa, pues es una prueba para tí:
En Cádiz a 15 de marzo de 2020
A la atención del sr Pepe Pérez (jefe de seguridad de la empresa Juanasegur)
Yo Cantabdobajito Suárez Suárez, con DNI xxxxxx, he asistido al curso de formación obligatoria anual para vigilantes de seguridad, "Primeros auxilios", impartido en la academia Juani, sita en la localidad de Villamelón, C/ del alerón, n° 7, 4° A, en las fechas y horarios siguientes:
- dia 9 de marzo, de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 21:00.
- día 10 de marzo, de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 21:00
Villamelón está fuera de mi localidad de contrato, que es Cádiz. En concreto dista de mi domicilio 50 km:
-El desplazamiento ha tenido lugar con mi vehículo particular, por lo que deben abonárseme 0,29 euros por km como marca el Convenio Nacional de Seguridad Privada.
- He realizado una comida en Villamelón por cada día de la formación. Por lo que deben abonárseme las dietas correspondientes, que según el Convenio de seguridad son de 10 euros por cada comida.
Hago entrega al jefe de seguridad, sr Pepe Pérez, de las copias de ambos tickets de comida para la correspondiente justificación.
Sin más asuntos que tratar se despide atentamente Cantandobajito Apellidos.
Firma del trabajador. Firma y sello de la empresa
Esto por duplicado, firmados ambos, y una copia para tí.
Le das la copia de los tickets de comidas.
No le des el de la chofa. Ese te lo guardas, que los km ya se ven en un mapa.
Creo que ya está todo.
Yo haría este escrito, si no a ver qué te van a pagar, no van a inventar km, o inventar comidas que hicieses, y más que nada, para justificar QUE LE HAS ENTREGADO LOS TICKETS DE COMIDAS. Porque si dice que no se los entregaste, no podrías probar nada.
En Cádiz a 15 de marzo de 2020
A la atención del sr Pepe Pérez (jefe de seguridad de la empresa Juanasegur)
Yo Cantabdobajito Suárez Suárez, con DNI xxxxxx, he asistido al curso de formación obligatoria anual para vigilantes de seguridad, "Primeros auxilios", impartido en la academia Juani, sita en la localidad de Villamelón, C/ del alerón, n° 7, 4° A, en las fechas y horarios siguientes:
- dia 9 de marzo, de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 21:00.
- día 10 de marzo, de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 21:00
Villamelón está fuera de mi localidad de contrato, que es Cádiz. En concreto dista de mi domicilio 50 km:
-El desplazamiento ha tenido lugar con mi vehículo particular, por lo que deben abonárseme 0,29 euros por km como marca el Convenio Nacional de Seguridad Privada.
- He realizado una comida en Villamelón por cada día de la formación. Por lo que deben abonárseme las dietas correspondientes, que según el Convenio de seguridad son de 10 euros por cada comida.
Hago entrega al jefe de seguridad, sr Pepe Pérez, de las copias de ambos tickets de comida para la correspondiente justificación.
Sin más asuntos que tratar se despide atentamente Cantandobajito Apellidos.
Firma del trabajador. Firma y sello de la empresa
Esto por duplicado, firmados ambos, y una copia para tí.
Le das la copia de los tickets de comidas.
No le des el de la chofa. Ese te lo guardas, que los km ya se ven en un mapa.
Creo que ya está todo.
Yo haría este escrito, si no a ver qué te van a pagar, no van a inventar km, o inventar comidas que hicieses, y más que nada, para justificar QUE LE HAS ENTREGADO LOS TICKETS DE COMIDAS. Porque si dice que no se los entregaste, no podrías probar nada.
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Fecha de inscripción : 03/03/2020
Localización : Cadiz
Re: Reciclaje obligatorio 20h
Mar 03 Mar 2020, 19:14
Perfecto mil gracias de verdad
- RafaVsModerador globalPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Mensajes : 9762
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Re: Reciclaje obligatorio 20h
Jue 05 Mar 2020, 00:17
Cantandobajito escribió:Perfecto mil gracias de verdad
El tema de la "reducción de jornada", puedes seguirlo aquí en este enlace:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
.
Grano a grano, se levanta la montaña.
- Almube69novato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Localización : Mérida
Re: Reciclaje obligatorio 20h
Jue 31 Mar 2022, 10:57
Una consulta respecto a este tema de los cursos de reciclaje, si el curso se realiza fuera de la jornada de trabajo, existe desplazamiento fuera del lugar de trabajo, teniendo que comer en el lugar donde se imparte, deben de pagarte la dieta??
- RafaVsModerador globalPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Mensajes : 9762
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia
Re: Reciclaje obligatorio 20h
Jue 31 Mar 2022, 11:27
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2022.
Artículo 21. Formación.
a. La formación de carácter obligatorio, incluidos los ejercicios de tiro, se retribuirá en los términos que se recogen en este artículo.
......
Cuando se efectúe la actividad formativa obligatoria, en cualquiera de sus modalidades, fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de su hora extraordinaria.
Cuando, en este caso, deba el trabajador desplazarse por sus propios medios, dicho desplazamiento será abonado en la forma prevista en los artículos 58 y 59.
/
Con el actual Convenio vigente, así es.
El procedimiento a seguir, lo explica Valkyria en mensajes anteriores en este tema.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
Artículo 21. Formación.
a. La formación de carácter obligatorio, incluidos los ejercicios de tiro, se retribuirá en los términos que se recogen en este artículo.
......
Cuando se efectúe la actividad formativa obligatoria, en cualquiera de sus modalidades, fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de su hora extraordinaria.
Cuando, en este caso, deba el trabajador desplazarse por sus propios medios, dicho desplazamiento será abonado en la forma prevista en los artículos 58 y 59.
/
Con el actual Convenio vigente, así es.
El procedimiento a seguir, lo explica Valkyria en mensajes anteriores en este tema.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
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Grano a grano, se levanta la montaña.
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