Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



CURSO DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
«Curso de Formador de Formadores de Seguridad Privada». Este programa ha sido meticulosamente diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel fundamental de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar y guiar eficazmente a futuros profesionales en este dinámico campo.
Últimos temas
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
toctoctoc
toctoctoc
Usuario medio Nivel 3
Usuario medio Nivel 3
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Como nos has conocido? : internet
Masculino Mensajes : 43
Fecha de inscripción : 26/11/2018
Localización : catalunya

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Cuándo se debe entregar un cuadrante

Lun 14 Ene 2019, 06:15
Hola esto como puede pasar en grupos de 8 y 10 o x vigilantes de seguridad
.Cuando debe ser entrego el cuadrante a vigilante /es
.con cuanto tiempo de antelación?
.Si tienen más de 2 años y haun entregando cuadrante al final del mes o 4 o 7 días de margen (es legal o se puede hacer así por que si.)
.Creo que falta profesionalidad en estos lugares de organización y adecuación a lugar
.soluciones;
.Esta bien la entrega de cuadrante o es legal?
.Debe siempre entregar cuadrante al final de mes?
.opciones  al tema de cuadrantes?
toctoctoc
toctoctoc
Usuario medio Nivel 3
Usuario medio Nivel 3
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Como nos has conocido? : internet
Masculino Mensajes : 43
Fecha de inscripción : 26/11/2018
Localización : catalunya

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty cuadrante o cuadrantes debe ser uno o dos

Lun 14 Ene 2019, 10:31
Solución legal en ley,convenio... ;
.Temas de este asunto?
.Pienso que es (una clave de bien estar) sabiendo tu turno horario o tus días de trabajo
.Otra es que te pongan a tres turnos jajaja pero la cuestión es si sabes tu horarios y días. ..
avatar
Valkyria
Experto en Seguridad Nivel 10
Experto en Seguridad Nivel 10
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Recompensa
Recompensa por la aportación al foro
Maxima graduacion
Al mejor A la mejor aportación al foro
Femenino Mensajes : 10674
Fecha de inscripción : 15/03/2016
Localización : España

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Lun 14 Ene 2019, 18:50
Te voy a poner aqui el trozo de convenio de seguridad sobre cuadrantes, y después te explico algo debajo:

Convenio de Seguridad escribió:
Artículo 52. Jornada de trabajo.

1. Régimen general del cómputo de jornada.

La jornada de trabajo será de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual, a razón de 162 horas.

Asimismo, si un trabajador por las necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes.

Se entenderá como trabajo nocturno el que se realice entre las veintidós horas y las seis horas.

Entre la jornada terminada y el inicio de la siguiente, deberá mediar un mínimo de trece horas, salvo en los casos siguientes: a) por especial urgencia o perentoria necesidad y b) en el trabajo a turnos.

Los trabajadores de vigilancia que prestan sus servicios en Cajas de ahorro y Bancos, durante el horario de atención al público, en jornada continuada, durante el horario de 8,30 a 16,45 horas, como mínimo, tendrán derecho por día trabajado en ese horario a una ayuda alimenticia que deberá ser pactada entre la Dirección de cada Empresa y los Representantes de los Trabajadores, no pudiendo pactar, en ningún caso, cantidades inferiores a cinco euros. Para dichos trabajadores, la jornada será de 1.782 horas.

Si la jornada de trabajo fuera partida, el trabajador tendrá derecho, al menos, a dos horas y media de descanso entre la jornada de la mañana y de la tarde, salvo pacto en contrario.

Para el personal no operativo, el descanso será de hora y media entre jornada y jornada, salvo pacto en contrario.

Las empresas someterán a la aprobación de la representación de los trabajadores el correspondiente horario de trabajo de su personal y lo coordinarán en los distintos servicios para el más eficaz rendimiento. La representación de los trabajadores será informada igualmente de la organización de los turnos y relevos.

Con el fin de conciliar la vida laboral y familiar, las empresas facilitarán a los trabajadores la libranza de al menos, un fin de semana al mes –sábado y domingo– salvo en los siguientes supuestos:

a) Cuando los trabajadores se adscriban voluntariamente a prestar servicios en tales días.

b) Cuando los trabajadores hayan sido contratados expresamente para prestar servicios en dichos días.

c) Cuando el trabajador esté adscrito a un servicio con un sistema pactado de rotación de libranza diferente

d) Cuando, excepcionalmente, se requiera por los clientes a los que se prestan servicios obligatorios en los fines de semana un incremento imprevisto de plantilla que pueda impedir a la empresa facilitar puntualmente dicha libranza. En este último caso, podrá disfrutarse la libranza del fin de semana en una fecha posterior de mutuo acuerdo con la empresa.

El trabajador librará, al menos, uno de las dos siguientes noches: 24 de diciembre o 31 de diciembre.

Los trabajadores podrán intercambiarse los turnos de trabajo entre ellos, previa comunicación a la empresa con veinticuatro horas de antelación.

2. Servicios fijos y estables.

Con el mismo fin de conciliar la vida laboral y familiar, se establecerá un sistema de cuadrantes anuales respecto de los servicios fijos y estables sobre la base de los criterios que más abajo se establecen, quedando por tanto al margen los servicios de naturaleza esporádica, aquéllos cuya concreción horaria sea de imposible determinación o aquellos otros cuya implantación y desaparición están ligados a la existencia de determinadas causas tales como incrementos de nivel de seguridad en atención a circunstancias específicas. Además de tener en cuenta lo anterior, se entenderá que un servicio es fijo o estable, cuando su duración prevista sea igual o superior a un año.


Criterios:

a) El cuadrante será entregado a los trabajadores afectados y a la representación legal de los trabajadores. Dicha entrega se hará efectiva un mes antes de que el mismo surta efecto.

b) Con el objeto de ajustar eficientemente el volumen necesario de plantilla a las especificidades estructurales de este tipo de cuadrantes, el mismo se confeccionará partiendo de garantizar una jornada anual de 1782 horas efectivas de trabajo en los supuestos de jornada a tiempo completo o del número de horas de contrato en los supuestos de contratación parcial.

Para dotar de la flexibilidad necesaria, únicamente en casos de servicios fijos o estables, la empresa confeccionará un cuadrante anual, cuyo cómputo en jornada mensual, a tiempo completo, oscilará en una horquilla de 144 a 176 horas, excepto en el mes de febrero que será de 134 a 162 horas. En caso de contratación a tiempo parcial, esta horquilla se ajustará proporcionalmente a la jornada laboral contratada. En dicho cuadrante se recogerán los días de servicio, los descansos y el/los periodo/s de vacaciones correspondientes, manteniéndose en el mismo una frecuencia de trabajo, descanso y turnos equilibrada entre todos los trabajadores que realicen el servicio, teniendo siempre como horizonte la garantía de las 1782 horas de trabajo efectivo en cómputo anual, o la cantidad de horas resultante en los contratos a tiempo parcial, todo ello sin perjuicio de las horas extraordinarias que el trabajador pudiera realizar de forma voluntaria.

La aplicación de esta forma de distribución irregular de la jornada mensual no implicará variación alguna respecto de la forma en que se devengan y abonan las remuneraciones ordinarias pactadas en el convenio, debiendo percibirse la remuneración de las tablas salariales fijadas en el convenio, con independencia del número de horas efectivamente realizadas.

c) Se respetará de forma mensual, en dicho cuadrante, la libranza de un fin de semana ininterrumpido, siendo este fin de semana de 48 horas de duración, e iniciándose el cómputo de éstas desde la hora de finalización del servicio realizado el viernes. Esto no será de aplicación a los trabajadores adscritos voluntariamente a servicios de fin de semana, a los contratados expresamente para estos días, a aquellos que estén adscritos a un servicio con un sistema pactado de rotación de libranza diferente, y cuando, excepcionalmente, se requiera por los clientes a los que se prestan servicios obligatorios en los fines de semana un incremento imprevisto de plantilla, que pueda impedir a la empresa facilitar puntualmente dicha libranza. En este último caso, podrá disfrutarse la libranza del fin de semana en una fecha posterior de mutuo acuerdo con la empresa.

d) El trabajador librará, al menos, uno de las dos siguientes noches: 24 de diciembre o 31 de diciembre.

...... etc
Continúa ésto, pero no interesa para tu pregunta.

Ahora te explico en otro mensaje porque se me va el internet en el móvil, ahora va.
avatar
Valkyria
Experto en Seguridad Nivel 10
Experto en Seguridad Nivel 10
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Recompensa
Recompensa por la aportación al foro
Maxima graduacion
Al mejor A la mejor aportación al foro
Femenino Mensajes : 10674
Fecha de inscripción : 15/03/2016
Localización : España

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Lun 14 Ene 2019, 19:40
Fijémonos en los CRITERIOS.
la palabra criterios está debajo de la explicación de los cuadrantes, o de los puntos 1 y 2.

El apartado CRITERIOS no es solo para cuadrantes anuales, sino que los CRITERIOS son para ambos cuadrantes, tanto para el anual como para el mensual.

El punto 1 se titula REGIMEN GENERAL DEL CÓMPUTO DE JORNADA.

Éste punto NO se titula "cuadrantes mensuales". Por lo tanto NO habla de cuadrantes mensuales, como siempre todos creemos.
Habla de la cuestión GENERAL de la jornada, como su título dice.
Es un pequeño resumen de cómo va la cosa de la jornada en vigilancia, en general. Lo dice el título, analizadlo.

Luego tenemos el punto 2, que se titula "Servicios fijos y estables" y empieza así:

"Con el mismo fin de conciliar la vida laboral y familiar, se establecerá un sistema de cuadrantes anuales respecto de los servicios fijos y estables sobre la base de los criterios que más abajo se establecen"...

Es decir que "más abajo" hay unos CRITERIOS que son una base para todo. No son solo puntos de los cuadrantes anuales estos CRITERIOS.
Lo que dice la frase que acabo de citar en violeta es esto (en idioma de persona normal, y no enrevesado):

El cuadrante anual CUMPLIRÁ los criterios generales, que son los que se citan en el apartado CRITERIOS.
Es decir, que no por ser anual el cuadrante no los va a cumplir. No por ser anual va a tener otros criterios distintos que los generales para cuadrantes.


Nadie ha mencionado aún, hasta aqui en el convenio los cuadrantes MENSUALES. Ni ha dado normas que sean solo para cuadrantes mensuales.

Las normas o CRITERIOS para cuadrantes en general (tanto mensuales como anuales) vienen en el apartado CRITERIOS.
Y los cuadrantes anuales se basarán TAMBIEN en esos criterios. Como leimos en la frase violeta.

Continúa ahora mismo, voy a plazos por mi internet que se va yendo.
avatar
Valkyria
Experto en Seguridad Nivel 10
Experto en Seguridad Nivel 10
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Recompensa
Recompensa por la aportación al foro
Maxima graduacion
Al mejor A la mejor aportación al foro
Femenino Mensajes : 10674
Fecha de inscripción : 15/03/2016
Localización : España

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Lun 14 Ene 2019, 20:36
Vamos a analizar los CRITERIOS, que ya hablan de CUADRANTES EN GENERAL.

El a)
Nos dice que el CUADRANTE (en general) se entregará UN MES ANTES.
Todo cuadrante, no solo el anual. Recordemos que este apartado "criterios" es una BASE general.
En este apartado a) no se menciona ni la palabra ANUAL ni la palabra MENSUAL.
Por lo tanto es un criterio GENERAL.
De hecho cuando los sindicatos denuncian en la inspección de trabajo la entrega tardía de cuadrantes MENSUALES, las actas de la inspección SIEMPRE dicen que el cuadrante MENSUAL se entregará CON UN MES DE ANTELACIÓN. Y obligan a la empresa denunciada a cumplir ésto.
Lo han sacado de aquí, del a). No se lo inventan.

El apartado b):

Dice: que éste tipo de cuadrantes garantizará 1782 horas anuales. Es decir, que debe plasmar 1782 horas. Pues igual que TODOS los cuadrantes, como decía en el apartado 1 que se titulaba "régimen GENERAL del cómputo de jornada" y NO se titulaba "cuadrantes mensuales".
El anual NO es distinto, y por ello también debe asegurar 1782 horas en el año, igual que los mensuales.

Luego tenemos en b) un segundo párrafo que ahora SI MENCIONA que ese párrafo que vamos a leer es únicamente para servicios fijos y estables, y para CUADRANTE ANUAL. Ahora lo menciona y por tanto este párrafo es para cuadrantes anuales.
Si todos los criterios fuesen solo para cuadrante anual, no habría necesidad de mencionar nada de "anual" ahora, porque ya se sabría, y además el apartado CRITERIOS se titularía CRITERIOS PARA CUADRANTE ANUAL, y no es asi.

En este segundo párrafo de b) dice que sólo el cuadrante anual podrá tener HORQUILLA, que es el poder ponerte más horas, o menos horas en cada mes.

Si solo el anual puede tener horquilla, significa que el CUADRANTE MENSUAL no puede tenerla.

Por ello este párrafo nos aclara además, entre líneas, que en los cuadrantes MENSUALES en los que nos hayan puesto menos jornada de 162 horas NO hay que recuperar horas en los meses siguientes. Porque si hubiese que recuperarlas en el cuadrante MENSUAL se podrían hacer horquillas y NO se puede según este párrafo segundo de b).
Mandarte recuperar horas en cuadrante mensual sería estar haciendo una HORQUILLA ENCUBIERTA e ilegal.
Las horas sólo se recuperan en cuadrantes mensuales cuando ERES TÚ el que no has podido cumplir TODA tu jornada ya puesta en tu cuadrante mensual por cualquier razón. Pero jamás cuando NO te hayan puesto todas las 162 horas. Esto lo dice en el punto 1 de "regimen general del cómputo de jornada". Habla de:
si un trabajador NO PUDIESE realizar SU JORNADA por NECESIDADES DEL SERVICIO...
Y ahi está ya todo dicho sobre recuperar o no horas en cuadrantes mensuales e incluso anuales, ya que este apartado 1 es GENERAL como dice su título.

Seguimos con el segundo párrafo de b) en CRITERIOS que habla únicamente de cuadrante ANUAL:
Ahora continúa diciendo que un cuadrante anual debe tener las vacaciones puestas, y los dias libres... etc, cosas obvias.
Y que además cuando te pongan HORQUILLAS DE POCAS HORAS cobrarás tu sueldo completo, igual que cuando te pongan HORQUILLAS DE MÁS HORAS. Porque unas y otras horquillas se van compensando.
A no ser que tengas además de más horas de horquilla, horas extra, que esto es otro tema y ya lo comentaremos.
En caso de horas extra cobrarás esas horas, faltaría más.

Los apartados c) y d) ya dicen cosas vistas en el punto 1.


Conclusión:
Todo cuadrante hay que darlo con un mes de antelación, (anual o mensual).

La horquilla se aplica SOLO a cuadrantes anuales.

No se recuperan horas en cuadrantes mensuales si NO te las han puesto, pues sería una horquilla encubierta.

Pd: he explicado todo esto para que veamos cuánto pueden confundirnos los textos si no los analizamos.
Y aquí hay mucho más para decir. Se irá diciendo poco a poco.[/b]

A Lfiguer le gusta esta publicaciòn

toctoctoc
toctoctoc
Usuario medio Nivel 3
Usuario medio Nivel 3
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Como nos has conocido? : internet
Masculino Mensajes : 43
Fecha de inscripción : 26/11/2018
Localización : catalunya

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Miér 23 Ene 2019, 11:21
Bien entiendo ,pero lo que no es propio;
.Hacen tantas sentencias y inspecciones de trabajo...
y haun van haciendo los cuadrantes a finales de mes o los días 25 al 29 entrega o sabes tus días festivos y turnos jajajaja
.increíble unos tienen horarios fijos alguno no por un decir hablan entre 3 o 4 vigilantes y los dos como no hay influencia, ni familiar o amigo etc ni los quiere por ser pobres o familia de nivel bajo ; no fastidia,nos odia ,nos ignora incluso desprecio para que nos vallamos ...
.lo dicho eso de Jefe de equipo,valla invento que nos quiere que seamos subordinados o mandados y que nos ponga normas y obedecerle
Los vigilante a mirar......................... es eso actual
Los responsables a hablar y dirigir....
.Excepción( en furboneta blindada eso es normal hay dinero o valor y debe ser un vigilante con una buena responsablidad... en esos "valores")
.pero ahora quien hacer( jefes de equipo) casi en todos lados de 4 o 6 vigilante para que nos fastidien en turnos diferentes,días festivos,findes, insinuaciones que samos tontos,burlas yo cobro más, mira en whasapp lo va enseñando a todos vigilantes y gente o terceras personas como se demuestra estas cosas absurdas y más esto no es todo jajaja increíble vamos a más. ..
PericoPérez
PericoPérez
novato Nivel 1
novato Nivel 1
Como nos has conocido? : google
Masculino Mensajes : 6
Fecha de inscripción : 13/03/2022
Localización : Valladolid

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Miér 09 Nov 2022, 12:30
Hablando de los cuadrantes, hay obligatoriedad de entregarlo en físico?
O pueden mandarlo por e-mail y que ese hecho suponga que lo has recibido aunque no consultes esa dirección?
A mí a veces me lo mandan por e-mail (o peor, por whatsapp) y tanto por comodidad como por legibilidad, me gustaría solicitar que solo se me entreguen en físico.
Pero no sé si la empresa tiene que pasar por el aro o pueden seguir con sus costumbres (Reclamando el derecho a la desconexión digital me puedo librar de la versión Whatsapp pero la versión Email no lo sé. Porque el Email lo quiero usar para consultas con la empresa que queden por escrito. Pero no para otros menesteres)
Gaby
Gaby
Colaborador
Colaborador
Como nos has conocido? : Internet
Masculino Mensajes : 79
Fecha de inscripción : 24/05/2021
Localización : Madrid

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Jue 10 Nov 2022, 12:01
Ya .. pero compañero no se yo.. vivimos en la era de la digitalización,como para volver al papel, que mas te da recibirlo en Pdf ??
Bonhafent
Bonhafent
novato Nivel 1
novato Nivel 1
Como nos has conocido? : por casualidad
Masculino Mensajes : 4
Fecha de inscripción : 02/12/2022
Localización : pais vasco

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Miér 01 Feb 2023, 20:30
Buenas tardes, como veréis soy nuevo en esto del foro,tengo un par de dudas referente al cuadrante pues tengo un compañero ""supersindicalista"" que dice que el cuadrante general del servicio no se pone a la vista porque hay 5 vigilantes que no quieren que se ponga, entre ellos un jefe de equipo que es el que hace el cuadrante (a mi deducir para que no se vea el exceso de horas que hacen ,pero sumando dos mas dos sale todo) y que habiendo un solo vigilante que se niegue no tiene que ponerse.Yo creo que nos toma el pelo ,por favor aclararme la duda
VS76
VS76
Colaborador
Colaborador
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 686
Fecha de inscripción : 13/02/2018
Localización : Zaragoza

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Jue 02 Feb 2023, 20:58
Hola el cuadrante de trabajo general debe ser público, en el sentido de que cualquier vigilante que aparezca en el pueda consultarlo para confirmar sus turnos o poder hacer cambios. No se puede decir que va en contra de la protección de datos porque es una herramienta de trabajo y los datos que aparecen son mínimos. Nombre y número de empleado como mucho. Es como el listado de pacientes que tiene un médico. Otra cosa poner ese cuadrante en redes sociales y cosas así.
Lfiguer
Lfiguer
novato Nivel 1
novato Nivel 1
Como nos has conocido? : Vía online consultando cuestiones laborales como Vigilante de Seguridad
Masculino Mensajes : 4
Fecha de inscripción : 11/02/2023
Localización : Madrid

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Sáb 11 Feb 2023, 16:52
Bonhafent escribió:Buenas tardes, como veréis soy nuevo en esto del foro,tengo un par de dudas referente al cuadrante pues tengo un compañero ""supersindicalista"" que dice que el cuadrante general del servicio no se pone a la vista porque hay 5 vigilantes que no quieren que se ponga, entre ellos un jefe de equipo que es el que hace el cuadrante (a mi deducir para que no se vea el exceso de horas que hacen ,pero sumando dos mas dos sale todo) y que habiendo un solo vigilante que se niegue no tiene que ponerse.Yo creo que nos toma el pelo ,por favor aclararme la duda
Buenas tardes compañero, tal y como dicta el Convenio, el cuadrante debe ser presentado al trabajador con un mes de antelación para conciliar vida familiar es decir, por ejemplo el cuadrante de marzo ya lo tienes que conocer el 1 de febrero, si se tratara de cuadrante anual, debe ser presentado al trabajador el 1 de diciembre del año del inicio de dicho cuadrante anual y además, debe estar publicado en un cuadrante general con los turnos de todos los VVSS de dicho servicio para poder realizar cambios entre VVSS, días No Disponibles por la causa justificada que sea, etc., conocer personal de relevos, etc.
Contenido patrocinado

Cuándo se debe entregar un cuadrante Empty Re: Cuándo se debe entregar un cuadrante

Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.