- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 22986
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Diferencia entre seguridad publica y privada
Miér 27 Feb 2019, 14:09
DIFERENCIAS ENTRE LA SEGURIDAD PRIVADA Y LA PUBLICA
Hola, queridos lectores, hoy y en este escrito voy a dejar clarito las principales diferencias entre la seguridad privada y publica, siendo obvio en algunos casos y no tanto en otros,el objetivo principal
es que todo el mundo llegue a entender en que radican las principales diferencias de nuestro sector con el publico, y sobre todo los propios vigilantes de seguridad, que para mi entender son o somos
ya que yo también pertenezco a esta noble profesión, los que tenemos que tenerlo mas claro si cabe
a fin de no traspasar la fina línea que hay entre una y otra seguridad a veces y que por algún motivo unos y otros aun no distinguimos.
primero empezare explicando el concepto de seguridad privada :
concepto de seguridad publica
De esta forma, las fuerzas de seguridad del Estado se encargan de prevenir la comisión de delitos y de perseguir a los delincuentes, con la misión de entregarlos al Poder Judicial.
Mientras que la seguridad privada esta formada por empresas privadas habilitadas para tal fin por
el ministerio del interior y a su vez las empresas de seguridad, deben tener en sus nominas a personal habilitado también por el mir con el nombre de vigilantes de seguridad.
Pero si todo esta tan definido y claro donde radica la duda
286
Hola, queridos lectores, hoy y en este escrito voy a dejar clarito las principales diferencias entre la seguridad privada y publica, siendo obvio en algunos casos y no tanto en otros,el objetivo principal
es que todo el mundo llegue a entender en que radican las principales diferencias de nuestro sector con el publico, y sobre todo los propios vigilantes de seguridad, que para mi entender son o somos
ya que yo también pertenezco a esta noble profesión, los que tenemos que tenerlo mas claro si cabe
a fin de no traspasar la fina línea que hay entre una y otra seguridad a veces y que por algún motivo unos y otros aun no distinguimos.
primero empezare explicando el concepto de seguridad privada :
Con origen en el término latino securĭtas, el concepto de [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] hace referencia a aquello que tiene la cualidad de seguro o que está exento de peligro, daño o riesgo.
Por su parte, la palabra privada, que se establece como la segunda mitad del término que ahora vamos a analizar, tiene su origen etimológico en el latín. Más concretamente podemos determinar que procede del vocablo privatus, que a su vez emana del verbo privare que puede traducirse como sinónimo de “privar”.
Quiero entender entonces que tenemos claro lo que significa seguridad privada y de donde viene su nombre
concepto de seguridad publica
La [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] es un servicio que debe brindar el [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] para garantizar la integridad física de los ciudadanos y sus bienes.
De esta forma, las fuerzas de seguridad del Estado se encargan de prevenir la comisión de delitos y de perseguir a los delincuentes, con la misión de entregarlos al Poder Judicial.
Mientras que la seguridad privada esta formada por empresas privadas habilitadas para tal fin por
el ministerio del interior y a su vez las empresas de seguridad, deben tener en sus nominas a personal habilitado también por el mir con el nombre de vigilantes de seguridad.
Pero si todo esta tan definido y claro donde radica la duda
Hoy las amenazas y los bienes a proteger en el ámbito público y privado obliga a desarrollar metodologías que integren todas las disciplinas de la seguridad de un modo realmente convergente, tratando de considerar de forma real y efectiva a la seguridad como un todo y superando la conocida coordinación, buena pero insuficiente, de diferentes formas de trabajar.
Pero insisto donde radica la duda.
La duda radica en que una inmensa mayoría de vigilantes de seguridad , bien por falta de reciclaje y apalancamiento en determinados servicios comodos y de buen hacer, no saben donde esta su limite
el limite que hace que te vayas a casa feliz y contento de haber realizado tus funciones de manera
reglamentaria, a tener que pasar por comisaria a declarar por haberte extralimitado en tus funciones.
Ejemplos... El vigilante de seguridad podrá detener en los supuestos que todos los vss sabemos y no ale la pena repetirnos a nosotros mismos por activa y pasiva y no podrá interrogar al detenido y deberá ponerlo
de inmediato a disposición de las ffccss, que claro esta el texto, pues bien todavía hoy en dia hay vigilantes de seguridad que no se han enterado e interrogan al detenido, además de retenerle la documentación o peor aun
atándolos a elementos fijos, cosa que esta totalmente prohibido.
Que tiene esto que ver con la publica, muy fácil , ellos , las ffccss si pueden interrogar y si pueden llear ante el juez a los delincuentes.
Ellos si pueden pedir documentaciones por la calle , nosotros no
ellos tienen presunción de veracidad, nosotros los vigilantes de seguridad no
ellos son agentes de la autoridad , nosotros los vigilantes de seguridad no, mas que en el supuesto que actuemos en auxilio o en colaboración con la policía, solo ahí seriamos considerados agentes de la autoridad
Bueno, he querido dejar claro las principales diferencias y supongo que se me ha quedado algo importante en el tintero, pero de momento me doy por satisfecho.
saludos
286
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Mensajes : 9769
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia
Re: Diferencia entre seguridad publica y privada
Miér 27 Feb 2019, 14:51
¡Aprendamos! Diferencia entre Seguridad Pública y Seguridad Privada.
emprendeseguridad.com
Antonio Cambronero Ibañez.
04.01.2018
En este artículo, nos quedará muy claro que tanto la seguridad pública como la privada son imprescindibles en un país. No se contraponen, por el contrario, se complementan. Es muy importante en estos dos ámbitos, la preparación del profesional para garantizar la seguridad y protección de la ciudadanía.
Seguridad Pública y Seguridad Privada: Imprescindibles.
La sociedad actual cada vez más dinámica, cambiante y complicada requiere cada vez más de nuevos servicios policiales y de nuevas soluciones de seguridad, por lo que si hay algo claro es que hay demanda para todos, lejos de entrar en debates a los que algunas veces estamos acostumbrados sobre si se privatiza la seguridad, como el reciente caso del aeropuerto del Prat o anteriores, con la entrada de seguridad privada en los centros de internamiento y seguridad.
Pero si algo debemos de tener claro es que la seguridad pública y la seguridad privada no son excluyentes, sino que juntas suman más.
La seguridad privada no puede entrar en áreas de la seguridad pública, ni está en ámbitos de la seguridad privada, pero vayamos por partes.
Funciones de la Seguridad Pública.
La libertad personal, la libre circulación, los derechos fundamentales, el cumplimiento de las normas, son funciones que por su carácter de públicas deben ser ejercidas en exclusiva por las fuerzas y cuerpos de seguridad , aunque dentro de éstas existe un reparto de competencias y materias, sin que ello suponga una merma al principio de colaboración recíproca entre todos los cuerpos policiales dependientes de las diferentes administraciones públicas que componen el organigrama de la administración española.
Aunando todavía más, cada cuerpo policial dispone de sus propias estructuras para hacerse cargo de las diferentes materias que deben abordar, violencia de género y familiar, tráfico de estupefacientes, cibercrimen, medio ambiente, etc., ya que es necesario cada vez más de una formación más especializada para abordar los diferentes tipos delictivos que van surgiendo.
Funciones de la Seguridad Privada.
La seguridad privada por otro lado debe atender otras necesidades enmarcadas dentro del ámbito privado, es decir actividades que no pueden ser encomendadas a la seguridad pública, pues suponen una necesidad de alguien que está en su derecho de garantizar sus bienes, propiedades, negocios etc. con la contratación de servicios de seguridad privada, pero cuyo coste no puede ser soportado por la administración pública, lo que seria igual que por todos los ciudadanos. Excepción a este caso seria cuando la administración es la que contrata servicios privados para la vigilancia de edificios públicos, en estos casos lo que se pretende es no restar de la seguridad ciudadana efectivos policiales para funciones que el personal de seguridad privada puede ejercer con total garantías.
Pero cuando hablamos de seguridad privada no solo nos referimos a los vigilantes de seguridad, quizás la cara más visible del sector, sino a los escoltas, guardas de campo y pesca, jefes de seguridad, directores de seguridad, y todo el personal instalador de sistemas de seguridad, operadores de centrales receptoras de alarma y también los detectives privados, por lo que el abanico de competencias de este sector es suficientemente amplio, necesario y que no se inmiscuyen en los ámbitos de la seguridad pública, sino que son colaboradores necesarios.
Seguridad pública y privada: Juntas es más.
De hecho hoy día asistimos a una colaboración cada vez más evidente de la seguridad pública y la seguridad privada, los casos expuestos más arriba, los eventos deportivos, grandes eventos donde confluyen necesidades públicas de seguridad ante las grandes afluencias de público que se generan y que se complementan con seguridad privada, ya que nos encontramos en muchas ocasiones con eventos organizados por empresas privadas con fines lucrativos a los que se les exigen colaborar con la seguridad , puesto que de tener que ser costeados por las administraciones públicas seria un agravio comparativo, que para el beneficio de unos, sean otros los que deban costear el gasto que lleva involucrado un dispositivo de seguridad de eventos de grandes masas, eso si siempre bajo la supervisión de los cuerpos policiales.
Otro ejemplo más, cualquier persona en nuestro estado puede contratar un servicio de escoltas si cree que su persona pueda correr algún tipo de peligro, esto fuera de los cargos públicos, es evidente que no puede ser cubierto por la seguridad pública, también las corporaciones empresariales necesitan disponer de personal que se encargue de gestionar los departamentos de seguridad, a cuyo cargo se encuentran los directores de seguridad.
También la instalación de sistemas de seguridad servicios de centralización de alarmas, servicio de ayudas, vigilancia de fincas mediante guardas etc.
Por tanto, no podemos entrar en conflictos que no llevan a ningún lugar, entre sí la seguridad debe ser ejercida sólo por agentes policiales y no por personal de seguridad privada, sino que debemos de fomentar que ambas dispongan de los medios y recursos necesarios para un trabajo eficaz y profesional, proporcionando una formación continua de calidad.
Queda claro que hay demanda para todos , que no se invaden competencias puesto que todos los casos en los que interviene la seguridad privada vienen reflejados en la normativa y además está subordinada a la seguridad pública, y que la especialización es un factor determinante en todos los ámbitos de la seguridad.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
emprendeseguridad.com
Antonio Cambronero Ibañez.
04.01.2018
En este artículo, nos quedará muy claro que tanto la seguridad pública como la privada son imprescindibles en un país. No se contraponen, por el contrario, se complementan. Es muy importante en estos dos ámbitos, la preparación del profesional para garantizar la seguridad y protección de la ciudadanía.
Seguridad Pública y Seguridad Privada: Imprescindibles.
La sociedad actual cada vez más dinámica, cambiante y complicada requiere cada vez más de nuevos servicios policiales y de nuevas soluciones de seguridad, por lo que si hay algo claro es que hay demanda para todos, lejos de entrar en debates a los que algunas veces estamos acostumbrados sobre si se privatiza la seguridad, como el reciente caso del aeropuerto del Prat o anteriores, con la entrada de seguridad privada en los centros de internamiento y seguridad.
Pero si algo debemos de tener claro es que la seguridad pública y la seguridad privada no son excluyentes, sino que juntas suman más.
La seguridad privada no puede entrar en áreas de la seguridad pública, ni está en ámbitos de la seguridad privada, pero vayamos por partes.
Funciones de la Seguridad Pública.
La libertad personal, la libre circulación, los derechos fundamentales, el cumplimiento de las normas, son funciones que por su carácter de públicas deben ser ejercidas en exclusiva por las fuerzas y cuerpos de seguridad , aunque dentro de éstas existe un reparto de competencias y materias, sin que ello suponga una merma al principio de colaboración recíproca entre todos los cuerpos policiales dependientes de las diferentes administraciones públicas que componen el organigrama de la administración española.
Aunando todavía más, cada cuerpo policial dispone de sus propias estructuras para hacerse cargo de las diferentes materias que deben abordar, violencia de género y familiar, tráfico de estupefacientes, cibercrimen, medio ambiente, etc., ya que es necesario cada vez más de una formación más especializada para abordar los diferentes tipos delictivos que van surgiendo.
Funciones de la Seguridad Privada.
La seguridad privada por otro lado debe atender otras necesidades enmarcadas dentro del ámbito privado, es decir actividades que no pueden ser encomendadas a la seguridad pública, pues suponen una necesidad de alguien que está en su derecho de garantizar sus bienes, propiedades, negocios etc. con la contratación de servicios de seguridad privada, pero cuyo coste no puede ser soportado por la administración pública, lo que seria igual que por todos los ciudadanos. Excepción a este caso seria cuando la administración es la que contrata servicios privados para la vigilancia de edificios públicos, en estos casos lo que se pretende es no restar de la seguridad ciudadana efectivos policiales para funciones que el personal de seguridad privada puede ejercer con total garantías.
Pero cuando hablamos de seguridad privada no solo nos referimos a los vigilantes de seguridad, quizás la cara más visible del sector, sino a los escoltas, guardas de campo y pesca, jefes de seguridad, directores de seguridad, y todo el personal instalador de sistemas de seguridad, operadores de centrales receptoras de alarma y también los detectives privados, por lo que el abanico de competencias de este sector es suficientemente amplio, necesario y que no se inmiscuyen en los ámbitos de la seguridad pública, sino que son colaboradores necesarios.
Seguridad pública y privada: Juntas es más.
De hecho hoy día asistimos a una colaboración cada vez más evidente de la seguridad pública y la seguridad privada, los casos expuestos más arriba, los eventos deportivos, grandes eventos donde confluyen necesidades públicas de seguridad ante las grandes afluencias de público que se generan y que se complementan con seguridad privada, ya que nos encontramos en muchas ocasiones con eventos organizados por empresas privadas con fines lucrativos a los que se les exigen colaborar con la seguridad , puesto que de tener que ser costeados por las administraciones públicas seria un agravio comparativo, que para el beneficio de unos, sean otros los que deban costear el gasto que lleva involucrado un dispositivo de seguridad de eventos de grandes masas, eso si siempre bajo la supervisión de los cuerpos policiales.
Otro ejemplo más, cualquier persona en nuestro estado puede contratar un servicio de escoltas si cree que su persona pueda correr algún tipo de peligro, esto fuera de los cargos públicos, es evidente que no puede ser cubierto por la seguridad pública, también las corporaciones empresariales necesitan disponer de personal que se encargue de gestionar los departamentos de seguridad, a cuyo cargo se encuentran los directores de seguridad.
También la instalación de sistemas de seguridad servicios de centralización de alarmas, servicio de ayudas, vigilancia de fincas mediante guardas etc.
Por tanto, no podemos entrar en conflictos que no llevan a ningún lugar, entre sí la seguridad debe ser ejercida sólo por agentes policiales y no por personal de seguridad privada, sino que debemos de fomentar que ambas dispongan de los medios y recursos necesarios para un trabajo eficaz y profesional, proporcionando una formación continua de calidad.
Queda claro que hay demanda para todos , que no se invaden competencias puesto que todos los casos en los que interviene la seguridad privada vienen reflejados en la normativa y además está subordinada a la seguridad pública, y que la especialización es un factor determinante en todos los ámbitos de la seguridad.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- ECOColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foro
- Como nos has conocido? : mirando por internet.
Mensajes : 715
Fecha de inscripción : 17/05/2018
Localización : España
Re: Diferencia entre seguridad publica y privada
Miér 27 Feb 2019, 23:43
Buenas.
Las diferencias son muchas y notabes; partiendo de que unos son funcionarios públicos y otros trabajadores de una empresa privada, la formación de unos y otros es incomparable y la legislación de cada grupo deja claro las funciones y competencias de la seguridad privada respecto de la pública.
Creo que es un error estar todo el día (por nuestra parte) comparandonos o buscando similitudes con las FCS así como querer tener sus cometidos en vez de mirar hacia nuestro futuro en las empresas privadas, que es donde debemos desarrollar y potenciar nuestras capacidades.
La siguiente afirmación escrita por Antonio Cambronero es errónea.
"Otro ejemplo más, cualquier persona en nuestro estado puede contratar un servicio de escoltas si cree que su persona pueda correr algún tipo de peligro, esto fuera de los cargos públicos,"
No cualquier persona puede contratar un servicio de escoltas por mucho dinero que tenga o por que él se sienta amenazado o similares. Los servicios de protección personal tienen que tener una autorización expresa del Ministerio de Interior y tienen que estar muy motivados para que sean autorizados.
Un saludo.
Las diferencias son muchas y notabes; partiendo de que unos son funcionarios públicos y otros trabajadores de una empresa privada, la formación de unos y otros es incomparable y la legislación de cada grupo deja claro las funciones y competencias de la seguridad privada respecto de la pública.
Creo que es un error estar todo el día (por nuestra parte) comparandonos o buscando similitudes con las FCS así como querer tener sus cometidos en vez de mirar hacia nuestro futuro en las empresas privadas, que es donde debemos desarrollar y potenciar nuestras capacidades.
La siguiente afirmación escrita por Antonio Cambronero es errónea.
"Otro ejemplo más, cualquier persona en nuestro estado puede contratar un servicio de escoltas si cree que su persona pueda correr algún tipo de peligro, esto fuera de los cargos públicos,"
No cualquier persona puede contratar un servicio de escoltas por mucho dinero que tenga o por que él se sienta amenazado o similares. Los servicios de protección personal tienen que tener una autorización expresa del Ministerio de Interior y tienen que estar muy motivados para que sean autorizados.
Un saludo.
- SEGURIDAD PRIVADA EN EUROPA. Hacia la integración operativa con la Seguridad Pública(1)
- Castellano asegura que el trabajo conjunto entre seguridad privada y pública "redunda en mayor protección ciudadana"
- «El fin último de la seguridad privada es contribuir a garantizar la seguridad pública», Óscar Merino Reboll
- Libros de seguridad privada y publica
- Seguridad publica vs Seguridad privada, teoria de la eficacia.-VIDEO
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.
|
|