- EleazarPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 01/11/2014
Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Sáb 01 Nov 2014, 13:38
Normas:
- Código de Seguridad Privada
SUMARIO
NORMAS GENERALES
§ 1. Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada
§ 2. Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada
§ 3. Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada
EMPRESAS DE SEGURIDAD
§ 4. Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada
§ 5. Resolución de 16 de noviembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se
aprueban los modelos oficiales de los Libros-Registro que se establecen en el Reglamento de
Seguridad Privada
PERSONAL DE SEGURIDAD
§ 6. Orden INT/2850/2011, de 11 de octubre, por la que se regula el reconocimiento de las
cualificaciones profesionales para el ejercicio de las profesiones y actividades relativas al sector de
seguridad privada a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea
§ 7. Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada
§ 8. Resolución de 6 de junio de 2012, de la Dirección General de la Policía, por la que se constituye la
comisión de valoración del profesorado de los centros de formación y se regulan aspectos relativos
a la autorización e inspección de los mismos
§ 9. Resolución de 18 de octubre de 2007, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil,
por la que se designa la unidad administrativa que desarrollará determinadas competencias en
materia de seguridad privada, y se reestructura la comisión de valoración del profesorado de los
centros de formación y actualización para guardas particulares del campo y sus especialidades
§ 10. Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se
determinan los programas de formación del personal de seguridad privada
§ 11. Orden de 24 de febrero de 1994 por la que se aprueban los modelos de licencias, autorizaciones,
tarjetas y guías de pertenencia que serán utilizados para documentar las diversas clases de armas 233
§ 12. Orden DEF/467/2011, de 2 de marzo, por la que se aprueban las Normas para la colaboración del
Ministerio de Defensa en la formación de los vigilantes de seguridad privada encargados de la
prestación del servicio de seguridad en buques que naveguen bajo bandera española y para el
apoyo logístico en el transporte del material imprescindible empleado en su servicio
CÓDIGO DE SEGURIDAD PRIVADA
– III –§ 13. Orden PRE/2914/2009, de 30 de octubre, que desarrolla lo dispuesto en el Real Decreto
1628/2009, de 30 de octubre, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de
Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y del Reglamento de
Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero
§ 14. Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud
psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada
§ 15. Orden de 15 de febrero de 1997 por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los
Guardas particulares del Campo para desempeñar funciones de vigilancia y guardería
§ 16. Orden de 14 de enero de 1999 por la que se aprueban los modelos de informes de aptitud
psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada
§ 17. Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se
aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de seguridad
privada
§ 18. Real Decreto 524/2002, de 14 de junio, por el que se garantiza la prestación de servicios
esenciales en el ámbito de la seguridad privada en situaciones de huelga
MEDIDAS DE SEGURIDAD
§ 19. Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito
de la seguridad privada
§ 20. Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada
COMISIONES MIXTAS DE COORDINACIÓN
§ 21. Orden INT/315/2011, de 1 de febrero, por la que se regulan las Comisiones Mixtas de Coordinación
de la Seguridad Privada
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Constitución Española
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Audio: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Código Penal
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Audio: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Ley de Enjuiciamiento Criminal
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Audio: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Comentarios: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Estatuto de los trabajadores
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Sentencias de interés:
- Consideración de funcionario a vigilante de seguridad a efectos de aplicación del derecho penal
SAP de Tenerife: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
STS: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Apreciación de la eximente de cumplimiento de un deber o el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo a un Vigilante de Seguridad
SAP de Tarragona: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Código de Seguridad Privada
SUMARIO
NORMAS GENERALES
§ 1. Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada
§ 2. Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada
§ 3. Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada
EMPRESAS DE SEGURIDAD
§ 4. Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada
§ 5. Resolución de 16 de noviembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se
aprueban los modelos oficiales de los Libros-Registro que se establecen en el Reglamento de
Seguridad Privada
PERSONAL DE SEGURIDAD
§ 6. Orden INT/2850/2011, de 11 de octubre, por la que se regula el reconocimiento de las
cualificaciones profesionales para el ejercicio de las profesiones y actividades relativas al sector de
seguridad privada a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea
§ 7. Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada
§ 8. Resolución de 6 de junio de 2012, de la Dirección General de la Policía, por la que se constituye la
comisión de valoración del profesorado de los centros de formación y se regulan aspectos relativos
a la autorización e inspección de los mismos
§ 9. Resolución de 18 de octubre de 2007, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil,
por la que se designa la unidad administrativa que desarrollará determinadas competencias en
materia de seguridad privada, y se reestructura la comisión de valoración del profesorado de los
centros de formación y actualización para guardas particulares del campo y sus especialidades
§ 10. Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se
determinan los programas de formación del personal de seguridad privada
§ 11. Orden de 24 de febrero de 1994 por la que se aprueban los modelos de licencias, autorizaciones,
tarjetas y guías de pertenencia que serán utilizados para documentar las diversas clases de armas 233
§ 12. Orden DEF/467/2011, de 2 de marzo, por la que se aprueban las Normas para la colaboración del
Ministerio de Defensa en la formación de los vigilantes de seguridad privada encargados de la
prestación del servicio de seguridad en buques que naveguen bajo bandera española y para el
apoyo logístico en el transporte del material imprescindible empleado en su servicio
CÓDIGO DE SEGURIDAD PRIVADA
– III –§ 13. Orden PRE/2914/2009, de 30 de octubre, que desarrolla lo dispuesto en el Real Decreto
1628/2009, de 30 de octubre, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de
Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y del Reglamento de
Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero
§ 14. Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud
psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada
§ 15. Orden de 15 de febrero de 1997 por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los
Guardas particulares del Campo para desempeñar funciones de vigilancia y guardería
§ 16. Orden de 14 de enero de 1999 por la que se aprueban los modelos de informes de aptitud
psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada
§ 17. Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se
aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de seguridad
privada
§ 18. Real Decreto 524/2002, de 14 de junio, por el que se garantiza la prestación de servicios
esenciales en el ámbito de la seguridad privada en situaciones de huelga
MEDIDAS DE SEGURIDAD
§ 19. Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito
de la seguridad privada
§ 20. Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada
COMISIONES MIXTAS DE COORDINACIÓN
§ 21. Orden INT/315/2011, de 1 de febrero, por la que se regulan las Comisiones Mixtas de Coordinación
de la Seguridad Privada
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Constitución Española
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Audio: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Código Penal
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Audio: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Ley de Enjuiciamiento Criminal
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Audio: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Comentarios: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Estatuto de los trabajadores
Consulta online: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Descarga en PDF: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Sentencias de interés:
- Consideración de funcionario a vigilante de seguridad a efectos de aplicación del derecho penal
SAP de Tenerife: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
STS: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Apreciación de la eximente de cumplimiento de un deber o el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo a un Vigilante de Seguridad
SAP de Tarragona: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- EleazarPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 01/11/2014
Re: Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Sáb 01 Nov 2014, 13:39
A partir de ahora id enviando comentarios para añadir nuevas normas, sentencias o actualizaciones de los mismos. ¡Un saludo!
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23175
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Vie 07 Nov 2014, 02:01
Solo somos considerados funcionarios para el código penal?, para lo malo solamente, o es que no he entendido la sentencia.
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- EleazarPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 01/11/2014
Re: Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Vie 07 Nov 2014, 15:46
Hola josepmarti,
Efectivamente el derecho penal hace esto muchas veces y utiliza sus propias reglas para determinados conceptos jurídicos y otras veces se apoya en normas extrapenales (que no altera y utiliza según se entiende en ese sector del ordenamiento jurídico).
En este caso, el concepto de funcionario para el derecho penal lo da el art. 24 CP estableciendo en su apartado segundo prácticamente que cualquier persona que participe en funciones públicas, a efectos del derecho penal, deberá considerarse funcionario y esto se traduce en agravantes y que se le pueda aplicar delitos específicos que sólo pueden cometer funcionarios.
Por lo tanto, ojito que no es lo mismo trabajar en un centro de menores que en un establecimiento comercial.
¡Un saludo!
Efectivamente el derecho penal hace esto muchas veces y utiliza sus propias reglas para determinados conceptos jurídicos y otras veces se apoya en normas extrapenales (que no altera y utiliza según se entiende en ese sector del ordenamiento jurídico).
En este caso, el concepto de funcionario para el derecho penal lo da el art. 24 CP estableciendo en su apartado segundo prácticamente que cualquier persona que participe en funciones públicas, a efectos del derecho penal, deberá considerarse funcionario y esto se traduce en agravantes y que se le pueda aplicar delitos específicos que sólo pueden cometer funcionarios.
Por lo tanto, ojito que no es lo mismo trabajar en un centro de menores que en un establecimiento comercial.
¡Un saludo!
- rhistosUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 57
Fecha de inscripción : 01/07/2014
Re: Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Miér 12 Nov 2014, 23:51
Hola me descargue la app law center y me sirve como una buena guia para cualquier actuacion o simplemente para callarle la voca a algun listo que te viene a enseñarte cosas que ni el mismo sabe y las ha oido pero mal, gracias compañeros por hacer posible que podamos estar informados de estas cosas tan importantes para nosotros.
un saludo
un saludo
- vs33Experto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 594
Fecha de inscripción : 07/04/2014
Edad : 44
Localización : FRAGA
Re: Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Jue 13 Nov 2014, 14:35
Yo simplemente no me planteo tanto funcionario para nada, me limito a hacer mi servicio lo mejor que se y no me complico la vida ante algun evento improviso, llamo a la policia y que se busquen la vida que para eso cobran mas que nosotros.
Despues si trabajamos en un lugar publico como funcionario caso de los centros de menores, cualquier inconveniente, al director del centro y que se moje el, otra cosa ya llega un momento en que trabajar equivale casi a complicarte la vida tuya y la de tu familia, si eso es vida que venga dios y lo vea, asi no podemos seguir.Nosotros como vigilantes no tenemos mas obligacion que la que nos manda nuestra ley de seguridad que por otro lado no se porque tenemos que ser los unicos que la cumplen porque la inmensa mayoria no lo hace , como las empresas de seguridad y sus colegas de la usp, hoy no estoy por la labor de aprenderme normas juridicas disculpenme.
Despues si trabajamos en un lugar publico como funcionario caso de los centros de menores, cualquier inconveniente, al director del centro y que se moje el, otra cosa ya llega un momento en que trabajar equivale casi a complicarte la vida tuya y la de tu familia, si eso es vida que venga dios y lo vea, asi no podemos seguir.Nosotros como vigilantes no tenemos mas obligacion que la que nos manda nuestra ley de seguridad que por otro lado no se porque tenemos que ser los unicos que la cumplen porque la inmensa mayoria no lo hace , como las empresas de seguridad y sus colegas de la usp, hoy no estoy por la labor de aprenderme normas juridicas disculpenme.
- rhistosUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 57
Fecha de inscripción : 01/07/2014
Re: Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Jue 13 Nov 2014, 14:44
Hola vss, creo que esa conducta ¡¡pasota ¡¡, esta equivocada, para mi opinion , cuanta mas informacion tienes mejor te puedes defender ante una incidencia, por suerte otros vigilantes no pensamos igual que tu.
suerte en lo que hagas en la vida , si no estas bien en nuestra profesion otros querran tu sitio.
suerte en lo que hagas en la vida , si no estas bien en nuestra profesion otros querran tu sitio.
- EleazarPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 01/11/2014
Re: Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Jue 13 Nov 2014, 15:08
Rhistos: Me alegro que te guste la aplicación pronto tendrá nuevas funcionalidades muy chulas.
Vs33: Claro está que no se necesita dominar todas las normas relacionadas con la seguridad privada para desempeñar bien las labores que se encomiendan en el trabajo, pero es innegable que la formación es una parte esencial para poder actuar bien y con seguridad y nunca está de más tenerlas "a mano" por si surge alguna duda que requiere consultar alguna norma en concreto :-)
¡Un saludo!
Vs33: Claro está que no se necesita dominar todas las normas relacionadas con la seguridad privada para desempeñar bien las labores que se encomiendan en el trabajo, pero es innegable que la formación es una parte esencial para poder actuar bien y con seguridad y nunca está de más tenerlas "a mano" por si surge alguna duda que requiere consultar alguna norma en concreto :-)
¡Un saludo!
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23175
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Jue 13 Nov 2014, 21:20
De acuerdo contigo Eleazar, además yo estaría agradecido que alguien nos de la oportunidad de estar mas formados y encima no nos cueste un duro , valorando asi el esfuerzo en este caso el tuyo por ayudar a los demás en estos temas.
Yo también me descargue la App y también te digo , gracias compañero por tan buena aportación a nuestro sector.
Quien no sepa apreciarlo pues que le haremos, tampoco vamos a estar intentando convencer a nadie que saber un poco de jurídica es lo mas mejor, pero si que nos puede sacar de mas de un apuro.
saludos
Yo también me descargue la App y también te digo , gracias compañero por tan buena aportación a nuestro sector.
Quien no sepa apreciarlo pues que le haremos, tampoco vamos a estar intentando convencer a nadie que saber un poco de jurídica es lo mas mejor, pero si que nos puede sacar de mas de un apuro.
saludos
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- rex33Usuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 118
Fecha de inscripción : 06/03/2014
Re: Legislación relacionada con la actividad de Seguridad Privada
Vie 21 Nov 2014, 16:45
Yo tambien llevo la aplicacion el movil, solo queria que lo supieran y de momento ninguna queja,gracias a los creadores, esto es algo que no se paga con dinero.
- Legislacion seguridad privada
- La seguridad privada francesa termina su legislación para poder armarse
- LA SEGURIDAD PRIVADA FRANCESA TERMINA SU LEGISLACIÓN PARA PODER ARMARSE
- La seguridad privada emplea a 2.400 personas en Aragón, pero ha perdido el 25% de su actividad por la crisis
- La Audiencia Nacional rechaza paralizar la actividad de una empresa de seguridad privada por la pandemia
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.