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Una juez admite el derecho de los auxiliares de Policía Local a jubilarse anticipadamente.
Lun 02 Nov 2020, 11:39
informacion.es
J.A.Rico.
01/11/2020.
La sentencia, pionera en la Comunidad y la segunda en España, da la razón a un funcionario de Busot al que la Seguridad Social le denegó anticipar su jubilación por considerar que no hizo funciones de agente local durante sus 26 años de servicio.
Una sentencia pionera en la Comunidad Valenciana reconoce el derecho de los auxiliares de Policía Local a jubilarse anticipadamente al igual que los policías locales. El fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Alicante se refiere al caso de un funcionario de Busot al que la Seguridad Social le denegó la jubilación anticipada al considerar que no había ejercido funciones de Policía Local al menos 15 años, pese a que acreditaba 26 años de servicio, al tratarse de un auxiliar de Policía Local.
Se trata del segundo fallo en España al respecto, por lo que el Sindicato Profesionales de Policías Locales y Bomberos (SPPLB) va a solicitar una reunión con el Ministerio de Trabajo para que regularice esta situación y no sea necesario que otros auxiliares tengan que recurrir a los tribunales para que se les reconozca este derecho. La figura auxiliar de policía local ha sido habitual en municipios de menos de 5.000 habitantes, sobre todo donde no se dispone de un cuerpo como tal.
Los servicios jurídicos del SPPLB de Alicante, dirigidos por el letrado Luis Santamaría Ortiz, han conseguido que la magistrada estime íntegramente la demanda presentada por un auxiliar de Policía Local del Ayuntamiento de Busot, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), por denegar el derecho a la jubilación anticipada de dicho auxiliar.
El auxiliar de Policía Local, F.V.A.C., conocido por Kiko, de 61 años y muy popular en el pueblo, pedía igualdad de trato con los policías locales y poder jubilarse anticipadamente antes de los 65 años, presento escrito ante el INSS en el mes de febrero de 2019, al reunir los requisitos del Real Decreto 1449/2018.
Sin embargo, el INSS se opuso a reconocer dicho derecho amparándose en que no realizaba las mismas funciones que la Policía Local, y que el decreto establece la necesidad de haber ejercido al menos 15 años como tal para acogerse a la jubilación anticipada.
Ahora con esta sentencia «queda claro que los auxiliares de Policía Local, en los municipios de menos de 5.000 habitantes, en ausencia de Policía Local, durante muchos años han venido realizando las funciones que la ley recoge para los Policías Locales, y por tanto, sí les corresponde el acceso a esta jubilación anticipada», celebran desde el SPPLB. Este sindicato recuerda que a través de su plataforma nacional, la PSL, ya pidió en las enmiendas presentadas al Real Decreto de 2018 que permite las jubilaciones anticipadas de policías locales que «se recogiera expresamente la inclusión de los auxiliares de Policía Local en el citado decreto, por ser de justicia y evitar, como está sucediendo, interpretaciones erróneas del INSS».
Por todo ello, «y al ser ya dos las sentencias favorables a los auxiliares de Policía Local, la primera de Extremadura y esta de Alicante , el SPPLB ha pedido reunión al Ministro de Trabajo para solucionar de una vez este tema, sin tener que llegar a los juzgados».
El fallo recuerda que «la Policía Local sólo existirá en los municipios con población superior a 5.000 habitantes, salvo que el Ministerio de Administración Territorial autorice su creación en los de censo inferior. Donde no existan, su misión se llevará a cabo por los auxiliares de la Policía Local, que comprenderá el personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones, con la denominación de guardas, vigilantes, agentes, alguaciles o análogas…».
Y la sentencia corrobora que este funcionario de Busot «se integró en el cuerpo de Policía Local como auxiliar de Policía Local el 1 de agosto de 2006, tras prestar servicios continuados para la entidad local desde el 11 de enero de 1989 como guarda rural y desde el 22 de enero de 1990 como auxiliar vigilante, totalizando 26 años, 1 mes y 2 días de servicios como auxiliar de Policía Local, guarda rural y auxiliar vigilante, en una población con menos de 5000 habitantes y, por tanto, integrado como auxiliar de Policía Local durante todos esos años».
J.A.Rico.
01/11/2020.
La sentencia, pionera en la Comunidad y la segunda en España, da la razón a un funcionario de Busot al que la Seguridad Social le denegó anticipar su jubilación por considerar que no hizo funciones de agente local durante sus 26 años de servicio.
Una sentencia pionera en la Comunidad Valenciana reconoce el derecho de los auxiliares de Policía Local a jubilarse anticipadamente al igual que los policías locales. El fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Alicante se refiere al caso de un funcionario de Busot al que la Seguridad Social le denegó la jubilación anticipada al considerar que no había ejercido funciones de Policía Local al menos 15 años, pese a que acreditaba 26 años de servicio, al tratarse de un auxiliar de Policía Local.
Se trata del segundo fallo en España al respecto, por lo que el Sindicato Profesionales de Policías Locales y Bomberos (SPPLB) va a solicitar una reunión con el Ministerio de Trabajo para que regularice esta situación y no sea necesario que otros auxiliares tengan que recurrir a los tribunales para que se les reconozca este derecho. La figura auxiliar de policía local ha sido habitual en municipios de menos de 5.000 habitantes, sobre todo donde no se dispone de un cuerpo como tal.
Los servicios jurídicos del SPPLB de Alicante, dirigidos por el letrado Luis Santamaría Ortiz, han conseguido que la magistrada estime íntegramente la demanda presentada por un auxiliar de Policía Local del Ayuntamiento de Busot, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), por denegar el derecho a la jubilación anticipada de dicho auxiliar.
El auxiliar de Policía Local, F.V.A.C., conocido por Kiko, de 61 años y muy popular en el pueblo, pedía igualdad de trato con los policías locales y poder jubilarse anticipadamente antes de los 65 años, presento escrito ante el INSS en el mes de febrero de 2019, al reunir los requisitos del Real Decreto 1449/2018.
Sin embargo, el INSS se opuso a reconocer dicho derecho amparándose en que no realizaba las mismas funciones que la Policía Local, y que el decreto establece la necesidad de haber ejercido al menos 15 años como tal para acogerse a la jubilación anticipada.
Ahora con esta sentencia «queda claro que los auxiliares de Policía Local, en los municipios de menos de 5.000 habitantes, en ausencia de Policía Local, durante muchos años han venido realizando las funciones que la ley recoge para los Policías Locales, y por tanto, sí les corresponde el acceso a esta jubilación anticipada», celebran desde el SPPLB. Este sindicato recuerda que a través de su plataforma nacional, la PSL, ya pidió en las enmiendas presentadas al Real Decreto de 2018 que permite las jubilaciones anticipadas de policías locales que «se recogiera expresamente la inclusión de los auxiliares de Policía Local en el citado decreto, por ser de justicia y evitar, como está sucediendo, interpretaciones erróneas del INSS».
Por todo ello, «y al ser ya dos las sentencias favorables a los auxiliares de Policía Local, la primera de Extremadura y esta de Alicante , el SPPLB ha pedido reunión al Ministro de Trabajo para solucionar de una vez este tema, sin tener que llegar a los juzgados».
El fallo recuerda que «la Policía Local sólo existirá en los municipios con población superior a 5.000 habitantes, salvo que el Ministerio de Administración Territorial autorice su creación en los de censo inferior. Donde no existan, su misión se llevará a cabo por los auxiliares de la Policía Local, que comprenderá el personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones, con la denominación de guardas, vigilantes, agentes, alguaciles o análogas…».
Y la sentencia corrobora que este funcionario de Busot «se integró en el cuerpo de Policía Local como auxiliar de Policía Local el 1 de agosto de 2006, tras prestar servicios continuados para la entidad local desde el 11 de enero de 1989 como guarda rural y desde el 22 de enero de 1990 como auxiliar vigilante, totalizando 26 años, 1 mes y 2 días de servicios como auxiliar de Policía Local, guarda rural y auxiliar vigilante, en una población con menos de 5000 habitantes y, por tanto, integrado como auxiliar de Policía Local durante todos esos años».
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Re: Una juez admite el derecho de los auxiliares de Policía Local a jubilarse anticipadamente.
Lun 02 Nov 2020, 11:42
Para cuando será la jubilación anticipada del personal operativo de Seguridad Privada.
Y no será porque no se cansan de repetir desde la patronal
la carga que les supone la antiguedad del personal en sus empresas.
No se soluciona porque no se quiere.
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Re: Una juez admite el derecho de los auxiliares de Policía Local a jubilarse anticipadamente.
Mar 03 Nov 2020, 04:28
Yo se de un montón de vigilantes que ya están en los sesenta. Que pretenden, que salgan corriendo detrás del delincuente de 25 años para detenerlo?. Espera hijo, que te lanzó la porra. Hay profesiones que por lógica no deben de ir más lejos de una edad y está es una de ellas.
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Re: Una juez admite el derecho de los auxiliares de Policía Local a jubilarse anticipadamente.
Mar 03 Nov 2020, 05:00
El Señor te escuche compañero Karliño , pero me da a mí que según esta el tema el INSS , no está para jubilar a nadie y menos antes de tiempo .
Como decía el otro Virgencita Virgencita que me quede como estaba , y no se les ocurra retrasar más la jubilación .
Si lo pensamos bien sería un buen sistema el que te jubilaras a los desde los 60 en adelante siempre que tuvieras los 25 años cotizados , pero me da que no , y encima sería un sistema cojonudo para que el puesto que deja un jubilado lo ocupará un joven .
Como decía el otro Virgencita Virgencita que me quede como estaba , y no se les ocurra retrasar más la jubilación .
Si lo pensamos bien sería un buen sistema el que te jubilaras a los desde los 60 en adelante siempre que tuvieras los 25 años cotizados , pero me da que no , y encima sería un sistema cojonudo para que el puesto que deja un jubilado lo ocupará un joven .
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Re: Una juez admite el derecho de los auxiliares de Policía Local a jubilarse anticipadamente.
Mar 03 Nov 2020, 05:19
Que vayan preparándose las empresas porque encima de tener que pagar gran cantidad de antigüedad tendrán que pagar una cantidad ingente de bajas médicas debido a los achaques de la edad. Y ya no se puede despedir por acumular bajas.
Hay compañeros que no llegan a esa edad de sesenta y debido a la gran cantidad de años de plantón están cada poco de baja médica por problemas de espalda, rodillas etc. Se de casos.
La carga para la Seguridad Social será la misma. O paga jubilaciones o bajas médicas. Que es lo más ventajoso?
Hay compañeros que no llegan a esa edad de sesenta y debido a la gran cantidad de años de plantón están cada poco de baja médica por problemas de espalda, rodillas etc. Se de casos.
La carga para la Seguridad Social será la misma. O paga jubilaciones o bajas médicas. Que es lo más ventajoso?
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Re: Una juez admite el derecho de los auxiliares de Policía Local a jubilarse anticipadamente.
Mar 03 Nov 2020, 09:13
Me temo que el problema es sencillo, y no propio de nuestro sector si no de todos... Durante años y años se han usado las prejubilaciones en condiciones ventajosas para que la patronal se deshiciese de trabajadores caros para sustituirlos por jóvenes inexpertos, pero baratos. Y por el lado de la administración, aparte de para contentar a sus amos patronales, para quitarse de encima conflictividad y huelgas en los sectores que dieron guerra, como siderurgia o minería. ¿Problema? Pues que tras años y años de usar y abusar de ese sistema nos encontramos con una población con déficit abrumador de natalidad, con altas tasas de paro juvenil y salarios de miseria, contra una problación creciente de jubilados que viven mucho mas que hace 20 años y que tienen que seguir cobrando. Y 2+2 son 4 y por muchas vueltas que se le dé nunca van a ser 5... Luego se paga con dinero que no se tiene, y mientras esto pasa vamos por la segunda gran crisis económica en apenas 10 años. Ergo el sueño dorado de muchos de prejubilarse a los 55 con el 100% del sueldo se va a quedar para cuatro jefazos de empresas públicas y de la banca, y pocos casos mas. La burra no puede con mas carga...
- ramoncugatColaboradorRecompensaRecompensa por la aportación al foroPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Una juez admite el derecho de los auxiliares de Policía Local a jubilarse anticipadamente.
Dom 08 Nov 2020, 22:50
Los vigilantes de seguridad estaremos hasta los 70 con una gayata y un cencerro y aguantando como heroes porque no nos podremos jubilar ni a la fuerza
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