Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada
Nuevo Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada Autor: José Martín Sosa Precio: 9,90 € (Disponible en PDF y EPUB)
Clica en la imagen para descargar el manual
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



Manual practico del vigilante de seguridad

MANUAL PRACTICO DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD

Este Manual Práctico del Vigilante de Seguridad está pensado para ofrecerte una guía completa sobre el trabajo de los vigilantes de seguridad, basado en más de 20 años de experiencia en el sector por solo 9.90 €. Clica en la imagen de arriba para redirigirte a la descarga.
MANUAL DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
Este programa ha sido diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar a futuros profesionales en este dinámico campo.
Precio 9,90€
MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD

MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD
Con más de 90 Páginas de Contenido. Nuestro Manual Práctico del Director de Seguridad es una guía completa y detallada diseñada para proporcionar los conocimientos necesarios para el rol de Director de Seguridad.
CLICA SOBRE LA IMAGEN DEL MANUAL Y TE REDIRIGE AL PORTAL DE COMPRA.
Precio 9,90€
DESCARGA PLANOS PARA TU TFC CON SIMBOLOGIA

Si te encuentras realizando el TFC para director de seguridad y tienes que realizar los planos tu mismo aquí tienes una variedad de todos los gremios de planos completos con simbología realizada sobre estos.
Clica sobre el siguiente enlace
Clica aquí para la descarga
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
vscapi
vscapi
Experto Nivel 6
Experto Nivel 6
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 3489
Fecha de inscripción : 19/06/2015
Localización : Tierra de España

Certificadas 71 empresas de seguridad privada Empty Certificadas 71 empresas de seguridad privada

Mar 28 Jul 2015, 22:42
28 de julio de 2015.

Xalapa, Veracruz.- En lo que va del año, 71 empresas de seguridad privada que brindan sus servicios en el estado Veracruz están plenamente certificadas por la Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad Pública (Sescesp), número que puede variar dependiendo del refrendo de sus permisos o la apertura de nuevas corporaciones.

Lo anterior fue dado a conocer por el titular del organismo, Juan Antonio Nemi Dib, al señalar que la dependencia es la encargada de regular esta actividad comercial en la entidad, para lo cual desarrollan un promedio de 15 visitas mensuales de supervisión y entrega de notificaciones en diversos puntos, a fin de garantizar que las compañías laboren bajo los lineamientos que marca la Ley.

Durante las inspecciones, los integrantes de la Coordinación de los Servicios de Seguridad Privada han encontrado que la mayoría de los negocios cumplen con los lineamientos y términos de sus licencias; sin embargo, han detectado y penado a siete de ellos por irregularidades en el número de elementos, falta de licencias de portación de armas y armamento que usan en Veracruz, pero que ha sido autorizado para su uso en otras entidades, entre otras razones.
Las sanciones aplicables en la entidad van de 10 hasta 30 mil salarios mínimos, lo que depende del tipo de empresa de seguridad, ya que existen las que portan o no portan armamento, por poner un ejemplo.

En ese sentido, Nemi Dib reiteró que serán estrictos en la aplicación de la Ley 553 del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, donde se enumeran las directrices que norman a este tipo de corporaciones, entre ellas la obligación de tener autorización para laborar en la entidad, como marca el Artículo 140, aunque cuenten con un permiso federal.

Por tal motivo, durante la Primera Sesión Ordinaria del Consejo Estatal de Seguridad Pública, se anunció la solicitud que se formulará al gobernador Javier Duarte de Ochoa para que se realice una reforma legal que permita conglomerar en una sola ley lo relativo con la regulación a empresas de seguridad privada en la entidad.

Para mayor información acerca de los requisitos para la apertura o refrendo de las licencias para este tipo de servicios, los interesados pueden marcar al (228) 841-80-48 extensión 11048; visitar la página [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] o acudir a las instalaciones de la Sescesp ubicadas en el boulevard Rafael Guízar y Valencia de la colonia Reserva Territorial, de esta ciudad capital.

Ley 553 del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Artículo 140. Para la prestación de servicios de seguridad privada, por personas físicas o morales, así como la capacitación y certificación técnica, se requiere de la autorización del titular de la Secretaría de Seguridad Pública, la cual se tramitará por conducto del Secretario Ejecutivo del Consejo.

Artículo 141. La autorización a que se refiere el Artículo anterior es intransferible y sólo tendrá efecto para las actividades que expresamente se especifican en ella. Tendrá vigencia por un año y podrá renovarse previa verificación y supervisión que se haga sobre el cumplimiento de las obligaciones y requisitos a los que se encuentre sujeta.

Los interesados deberán solicitar la renovación de que se trata por lo menos con 30 días de anticipación a su vencimiento, y cumplir con los requisitos que señale la autoridad competente, así como el pago de los derechos correspondientes.


[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.