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¿Te envía emails o WhatsApps tu jefe por la noche? Ya le puedes denunciar (y vas a ganar).
Jue 28 Feb 2019, 19:35
elconfidencial.com
28.02.2019
M.A.MÉNDEZ
La nueva LOPD ampara el derecho de los empleados a no recibir comunicaciones de trabajo fuera de su horario laboral. Las empresas deben elaborar un protocolo. El problema: casi todas lo incumplen.
Si eres de los que trabaja demasiado fuera de horario laboral, recibiendo emails, WhatsApps o llamadas de tu jefe o jefa, y estás cansado de ello, esto te interesa. La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que entró en vigor el pasado 7 de diciembre, ha dado entrada a "aberraciones" como la posibilidad de que te envíen 'spam' electoral sin tu permiso, pero también a medidas totalmente opuestas, como el derecho a la desconexión digital. Su artículo 88 ampara por ley el derecho de los trabajadores a no recibir comunicaciones de trabajo fuera de su horario laboral y, más importante y menos conocido, obliga a las empresas a elaborar un protocolo de desconexión digital. El problema: el 99,99% de las compañías incumple la ley.
La nueva Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos no solo va a suponer un cambio radical en cuanto a nuestra privacidad y a lo que compañías y organismos pueden hacer con nuestros datos. También supondrá (o debería) un vuelco en las relaciones laborales y en la gestión del tiempo. Su artículo 88.1 es muy claro: "Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal, el respeto de su tiempo de descanso". Pero, como señala el abogado Fabian Valero, socio director del despacho laboral Zeres, el punto realmente importante es el 88.3.
Este señala que todas las empresas deberán elaborar una "política interna" para establecer las reglas de "desconexión digital". Es decir, una especie de protocolo que ponga por escrito qué se puede hacer y qué no fuera de horario laboral. "Hay un matiz importante. La ley no prohíbe a las empresas o jefes enviar emails a sus empleados a las dos de la mañana, sino que ampara el derecho de estos a no responder. Si esa empresa o jefes luego recriminan al trabajador que no responde, o le meten presión de algún tipo, ahí es cuando se estaría vulnerando la ley", explica Valero a Teknautas.
La realidad es que los trabajadores en la gran mayoría de empresas siguen recibiendo comunicaciones fuera de su horario laboral, sigue existiendo la presión a responder y, peor aún, prácticamente ninguna empresa ha elaborado ese protocolo interno de actuación como le exige la ley. "Se trata de un documento que especifique horarios de trabajo y qué estaría permitido y qué no. Por ejemplo, debería reflejar excepciones, situaciones en las que, por fuerza mayor, los empleados sí deben responder. Imagina una fábrica de coches que tiene un problema técnico de madrugada. Si te llaman con la emergencia, en ese caso sí estarías obligado a responder", explica Valero.
Todas las empresas, incluso autónomos que tengan personal a su cargo, como el dueño de un bar o un restaurante, están obligados a cumplir esta exigencia. Pero, dado el incumplimiento masivo, la nueva LOPD abre la puerta a demandas laborales de los trabajadores que se encuentren sometidos a presión para trabajar fuera de su horario. "Si tu jefe te recrimina que no le respondes a los emails fuera de tu jornada y la empresa no tiene establecido un protocolo de desconexión, automáticamente se daría por hecho que está incurriendo en un abuso laboral".
Si ese empleado demandara a su jefe y a la empresa por no poner las medidas suficientes para evitar el incumplimiento, ganaría. "Sin ninguna duda. Con la nueva LOPD en la mano, tanto Inspección de Trabajo como cualquier juez de lo social le daría la razón", señala Valero. Esto habilita una posible avalancha de denuncias laborales de trabajadores 'quemados' con su compañía y que ya habían decidido dar un cambio laboral. Ahora, pueden quejarse a Inspección de Trabajo o ante un juzgado por incumplimiento de la "desconexión digital". Y la ley les va a dar la razón.
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28.02.2019
M.A.MÉNDEZ
La nueva LOPD ampara el derecho de los empleados a no recibir comunicaciones de trabajo fuera de su horario laboral. Las empresas deben elaborar un protocolo. El problema: casi todas lo incumplen.
Si eres de los que trabaja demasiado fuera de horario laboral, recibiendo emails, WhatsApps o llamadas de tu jefe o jefa, y estás cansado de ello, esto te interesa. La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que entró en vigor el pasado 7 de diciembre, ha dado entrada a "aberraciones" como la posibilidad de que te envíen 'spam' electoral sin tu permiso, pero también a medidas totalmente opuestas, como el derecho a la desconexión digital. Su artículo 88 ampara por ley el derecho de los trabajadores a no recibir comunicaciones de trabajo fuera de su horario laboral y, más importante y menos conocido, obliga a las empresas a elaborar un protocolo de desconexión digital. El problema: el 99,99% de las compañías incumple la ley.
La nueva Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos no solo va a suponer un cambio radical en cuanto a nuestra privacidad y a lo que compañías y organismos pueden hacer con nuestros datos. También supondrá (o debería) un vuelco en las relaciones laborales y en la gestión del tiempo. Su artículo 88.1 es muy claro: "Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal, el respeto de su tiempo de descanso". Pero, como señala el abogado Fabian Valero, socio director del despacho laboral Zeres, el punto realmente importante es el 88.3.
Este señala que todas las empresas deberán elaborar una "política interna" para establecer las reglas de "desconexión digital". Es decir, una especie de protocolo que ponga por escrito qué se puede hacer y qué no fuera de horario laboral. "Hay un matiz importante. La ley no prohíbe a las empresas o jefes enviar emails a sus empleados a las dos de la mañana, sino que ampara el derecho de estos a no responder. Si esa empresa o jefes luego recriminan al trabajador que no responde, o le meten presión de algún tipo, ahí es cuando se estaría vulnerando la ley", explica Valero a Teknautas.
La realidad es que los trabajadores en la gran mayoría de empresas siguen recibiendo comunicaciones fuera de su horario laboral, sigue existiendo la presión a responder y, peor aún, prácticamente ninguna empresa ha elaborado ese protocolo interno de actuación como le exige la ley. "Se trata de un documento que especifique horarios de trabajo y qué estaría permitido y qué no. Por ejemplo, debería reflejar excepciones, situaciones en las que, por fuerza mayor, los empleados sí deben responder. Imagina una fábrica de coches que tiene un problema técnico de madrugada. Si te llaman con la emergencia, en ese caso sí estarías obligado a responder", explica Valero.
Todas las empresas, incluso autónomos que tengan personal a su cargo, como el dueño de un bar o un restaurante, están obligados a cumplir esta exigencia. Pero, dado el incumplimiento masivo, la nueva LOPD abre la puerta a demandas laborales de los trabajadores que se encuentren sometidos a presión para trabajar fuera de su horario. "Si tu jefe te recrimina que no le respondes a los emails fuera de tu jornada y la empresa no tiene establecido un protocolo de desconexión, automáticamente se daría por hecho que está incurriendo en un abuso laboral".
Si ese empleado demandara a su jefe y a la empresa por no poner las medidas suficientes para evitar el incumplimiento, ganaría. "Sin ninguna duda. Con la nueva LOPD en la mano, tanto Inspección de Trabajo como cualquier juez de lo social le daría la razón", señala Valero. Esto habilita una posible avalancha de denuncias laborales de trabajadores 'quemados' con su compañía y que ya habían decidido dar un cambio laboral. Ahora, pueden quejarse a Inspección de Trabajo o ante un juzgado por incumplimiento de la "desconexión digital". Y la ley les va a dar la razón.
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TU TRABAJO CUESTA ESFUERZO Y DEDICACION
Un trabajo de fin de curso de director de seguridad es complejo puesto que hay que adaptar los conocimientos a los de la universidad donde se realiza, hay que seguir su índice y además su ambientación para demostrar los conocimientos adquiridos durante el curso, conocimientos de normativa, conocimientos de medios técnicos, conocimientos del departamento de seguridad, de la figura del director de seguridad , sus funciones dentro de la organización, la dispensa de vigilantes de seguridad, que numero de ellos será el adecuado y que puestos cubriremos , que puntos serán mas vulnerables de la empresa, como los protegeremos, que metodología de análisis de riesgo utilizaremos, que medidas correctoras aplicaremos una vez realizado el análisis y vistas las conclusiones de este, que partes del proyecto desarrollaremos mas que otras, que modelo de planimetría utilizaremos, que simbología será la apropiada para representar los distintos subsistemas en los planos, que presupuesto saldrá de los gastos que apliquemos al proyecto, muchas veces estarán limitados y no podremos excedernos de lo pactado con gerencia o dirección.En resumen, un proyecto de seguridad integral TFC del curso de director de seguridad cuesta mucho tiempo , esfuerzo y dedicación. Nosotros se lo dedicamos, nos esforzamos y conseguimos resultados excelentes.