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Un Vigilante de Seguridad de Córdoba consigue probar que lo insultaron cuando pidió ropa para la lluvia.
Dom 15 Mayo 2022, 12:05
La resolución judicial del alto Tribunal Andaluz considera probados los insultos recibidos por un profesional de la compañía tras solicitar ropa laboral adecuada para la lluvia.
CSIF informa de una sentencia recientemente emitida por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que atiende el recurso presentado por un vigilante de seguridad de Securitas Seguridad España afiliado al sindicato por la vulneración de sus derechos fundamentales al ser insultado por el inspector de servicios de esta compañía tras realizar una petición de material.
El Área de Seguridad Privada de CSIF Córdoba detalla que esta resolución judicial, que deja sin efecto otra publicada por el Juzgado lo Social número 1 de Córdoba y que condena a la empresa al pago de una indemnización al empleado, considera que el demandante, defendido por los servicios jurídicos de esta organización, “ha aportado un indicio suficiente de la existencia de una posible vulneración de su derecho al honor y a su dignidad” al presentar un correo electrónico, en respuesta a la petición por parte de este profesional de ropa de trabajo adecuada para la lluvia, en el inspector de servicios de la citada compañía le insultaba y “se utilizaban palabras malsonantes con una intención absolutamente denigrante para el trabajador”. Concretamente, el contenido del correo electrónico era: “A estos perros hay que darles trajes de agua o capas y que nos firmen el recibo, manda huevos”.
En la sentencia se subraya que “esta conducta debe considerarse constitutiva de una vulneración del derecho al honor y a la dignidad del actor, entendida como el derecho que tiene el ser humano de ser respetado y valorado como ser individual y social, así como el trabajador a nivel profesional, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona”.
Asimismo, el TSJA asegura que “el recurrente tiene derecho a unas determinadas prendas de ropa que deben ser facilitadas por la empresa” y reprueba la actitud del inspector de servicios, que “tiene que cuidar su vocabulario cuando menciona a los vigilantes de servicio que se encuentran bajo sus órdenes, debiendo la empresa adoptar medidas para evitar este tipo de comportamientos y procurando que todos sus trabajadores sean tratados de forma decorosa y no ofensiva como en este caso”. El sindicato reclama a la empresa que dé cumplimiento a la resolución judicial en el plazo de tiempo más breve posible y mantenga una postura de respeto hacia el conjunto de su plantilla para evitar situaciones tan lamentables como esta.
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Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
CSIF informa de una sentencia recientemente emitida por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que atiende el recurso presentado por un vigilante de seguridad de Securitas Seguridad España afiliado al sindicato por la vulneración de sus derechos fundamentales al ser insultado por el inspector de servicios de esta compañía tras realizar una petición de material.
El Área de Seguridad Privada de CSIF Córdoba detalla que esta resolución judicial, que deja sin efecto otra publicada por el Juzgado lo Social número 1 de Córdoba y que condena a la empresa al pago de una indemnización al empleado, considera que el demandante, defendido por los servicios jurídicos de esta organización, “ha aportado un indicio suficiente de la existencia de una posible vulneración de su derecho al honor y a su dignidad” al presentar un correo electrónico, en respuesta a la petición por parte de este profesional de ropa de trabajo adecuada para la lluvia, en el inspector de servicios de la citada compañía le insultaba y “se utilizaban palabras malsonantes con una intención absolutamente denigrante para el trabajador”. Concretamente, el contenido del correo electrónico era: “A estos perros hay que darles trajes de agua o capas y que nos firmen el recibo, manda huevos”.
En la sentencia se subraya que “esta conducta debe considerarse constitutiva de una vulneración del derecho al honor y a la dignidad del actor, entendida como el derecho que tiene el ser humano de ser respetado y valorado como ser individual y social, así como el trabajador a nivel profesional, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona”.
Asimismo, el TSJA asegura que “el recurrente tiene derecho a unas determinadas prendas de ropa que deben ser facilitadas por la empresa” y reprueba la actitud del inspector de servicios, que “tiene que cuidar su vocabulario cuando menciona a los vigilantes de servicio que se encuentran bajo sus órdenes, debiendo la empresa adoptar medidas para evitar este tipo de comportamientos y procurando que todos sus trabajadores sean tratados de forma decorosa y no ofensiva como en este caso”. El sindicato reclama a la empresa que dé cumplimiento a la resolución judicial en el plazo de tiempo más breve posible y mantenga una postura de respeto hacia el conjunto de su plantilla para evitar situaciones tan lamentables como esta.
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Re: Un Vigilante de Seguridad de Córdoba consigue probar que lo insultaron cuando pidió ropa para la lluvia.
Lun 16 Mayo 2022, 12:59
Aquí el porqué tenemos que meternos en la sesera si o si que todas las actuaciones, peticiones o demandas han de ser por escrito y a ser posible con copia sellada... Del "cargo" de Securitas poco que decir. Ni de la deriva de Securitas de unos años a esta parte; pena penita pena.
Ah, por cierto, Securitas ( y dudo que ninguna empresa ) no tiene ropa específica para la lluvia. Uniformidad de invierno y verano y listo. Y la de invierno está mas pensada para el frío que para el agua... Sale mas barato acercarse al chino a por un paraguas. Triste.
Ah, por cierto, Securitas ( y dudo que ninguna empresa ) no tiene ropa específica para la lluvia. Uniformidad de invierno y verano y listo. Y la de invierno está mas pensada para el frío que para el agua... Sale mas barato acercarse al chino a por un paraguas. Triste.
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