Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



CURSO DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
«Curso de Formador de Formadores de Seguridad Privada». Este programa ha sido meticulosamente diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel fundamental de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar y guiar eficazmente a futuros profesionales en este dinámico campo.
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
josepmarti
josepmarti
Administrador
Administrador
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 22693
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona

Agencias de colocación Empty Agencias de colocación

Sáb 15 Nov 2014, 20:47
Definición y actuación

Las agencias de colocación, reguladas en el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, son entidades públicas o privadas, que realizan actividades que tienen por finalidad proporcionar un trabajo a las personas desempleadas. Para conseguir este fin valorarán perfiles, aptitudes o conocimientos de las personas desempleadas y también pueden realizar actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como la orientación, información profesional o selección de personal.

Las agencias de colocación son un instrumento tanto del Servicio Público de Empleo Estatal como de los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, que éstos pueden utilizar en la medida que consideren necesario para que las personas que buscan empleo lo encuentren en el menor plazo posible.

Dentro del marco del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo (SISPE) se ha creado un espacio telemático común, al objeto de integrar el conjunto de la información proporcionada por los diferentes Servicios Públicos de Empleo respecto de las agencias de colocación, así como la información que estas agencias suministran.

Si una entidad quiere desarrollar actividades de agencia de colocación a partir del 5 de julio de 2014 ya no será necesaria la previa autorización de ningún Servicio Público de Empleo, en virtud de la modificación operada por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, pero antes de iniciar su actividad deberá presentar una declaración responsable al Servicio Público de Empleo competente. Esta declaración responsable se presentará en el Servicio Público de Empleo Estatal cuando la agencia pretenda desarrollar su actividad desde centros de trabajo establecidos en dos o más Comunidades Autónomas o utilizando exclusivamente medios electrónicos, o en el Servicio equivalente de la respectiva Comunidad Autónoma en otro caso.

Colaboración con los Servicios Públicos de Empleo

La actuación de todas las agencias de colocación estará coordinada por los Servicios Públicos de Empleo, pero no todas las agencias de colocación tendrán la condición de colaboradoras de uno o varios Servicios Públicos de Empleo.

Las agencias de colocación colaboran con los Servicios Públicos de Empleo cuando exista un instrumento jurídico (convenio de colaboración) que regule esta relación. La colaboración con los Servicios Públicos de Empleo se puede desarrollar mediante contratación administrativa, concesión de subvenciones públicas, o cualquier otra forma jurídica ajustada a la normativa estatal y autonómica.

Las agencias de colocación que colaboren con los Servicios Públicos de Empleo prestarán sus servicios de forma gratuita a los trabajadores y a las empresas, ya que sus servicios se remunerarán por los respectivos Servicios Públicos de Empleo, en los términos establecidos en el respectivo convenio de colaboración.

En este sentido el Servicio Público de Empleo Estatal ha finalizado el 17 de junio de 2014 un Acuerdo Marco, que es un procedimiento de selección de agencias de colocación que pueden colaborar con los Servicios Públicos de Empleo, que se hubieran adherido al mismo.

Las Comunidades Autónomas de Aragón, Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja y Valencia se encuentran adheridas al Acuerdo Marco mencionado.

Como resultado de este procedimiento se han seleccionado 80 agencias de colocación, cuya relación se encuentra publicada en el BOE del 24 de junio de 2014.

En el desarrollo del Acuerdo Marco, se permite a estas agencias subcontratar la actividad que vayan a desarrollar, con la modificación operada en el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por la disposición final segunda de la Ley 1/2014, de 28 de febrero.

acceso a las agencias aqui :

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]



Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.